Tenencia responsable y legislación: todo lo que hay que saber antes de tener un anfibio como 'mascota'

Adquirir un anfibio no debe hacerse por impulso y requiere conocer la legislación e informarse sobre su origen.

Abr 26, 2025 - 08:25
 0
Tenencia responsable y legislación: todo lo que hay que saber antes de tener un anfibio como 'mascota'

Cuando alguien decide adoptar un perro, rara vez surgen dudas sobre sus necesidades básicas: alimentación adecuada, paseos diarios, socialización y, por supuesto, identificación mediante microchip. Con un ave, como un periquito o un agaporni, es igualmente fácil intuir que necesitará una jaula adecuada, una dieta específica y que llevará una anilla identificativa en la pata siempre que proceda de un criador legal. Sin embargo, al hablar de anfibios, la situación se complica. No siempre resulta evidente qué implica tener una rana o un tritón en casa, ni qué obligaciones legales conlleva, lo que ha facilitado la expansión de un mascotismo desinformado y, en muchos casos, perjudicial.

En un artículo anterior abordamos las consecuencias del tráfico ilegal y el auge de los anfibios como animales de compañía, un fenómeno impulsado por su apariencia exótica y la falsa creencia de que requieren pocos cuidados. El resultado ha sido un aumento en las incautaciones, problemas de salud animal y riesgos para la biodiversidad. Ahora damos un paso más para responder con claridad a una pregunta clave: ¿cómo tener un anfibio de forma responsable y legal en España?

Con la ayuda de Jaime Bosch, investigador del CSIC y miembro de la junta directiva de la Asociación Herpetológica Española (AHE), respondemos a las principales dudas sobre qué se puede tener, cómo debe adquirirse y qué riesgos existen cuando no se siguen las normas.

¿Qué especies de anfibios se pueden tener legalmente?

En España, todas las especies autóctonas están estrictamente protegidas por ley, lo que significa que no pueden mantenerse en cautividad bajo ninguna circunstancia, aunque hayan sido adquiridas en el extranjero o nacidas en un núcleo zoológico. La normativa prohíbe su tenencia, comercio y traslado, con el objetivo de preservar la biodiversidad y evitar la propagación de enfermedades entre la fauna silvestre. Es decir, y utilizando un ejemplo práctico, no se puede poseer en España un tritón jaspeado (Triturus marmoratus), presente de forma natural en buena parte de nuestra geografía, ni aunque se adquiera en Alemania con toda su documentación en regla y proceda de la cría en cautividad.

En cambio, sí es posible tener anfibios exóticos no amenazados como mascotas, siempre que se adquieran a través de un comercio autorizado y con las garantías legales correspondientes. Es el caso de especies populares entre los aficionados, como las ranas Pacman (Ceratophrys spp.), los sapos de vientre de fuego (Bombina spp.) o las ranas de uñas enanas africanas (Hymenochirus spp.).

El listado positivo

La tenencia de anfibios en cautividad podría experimentar cambios significativos en España en los próximos años con la entrada en vigor del listado positivo, una iniciativa impulsada por la Dirección General de Derechos de los Animales en el marco de la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales. Este listado establecerá qué especies, incluidas las de anfibios, podrán mantenerse legalmente como animales de compañía.

Actualmente, dicho listado se encuentra en una fase preliminar, con un borrador inicial pero sin avances significativos en su contenido ni acuerdos con comunidades autónomas o expertos, según ha explicado a otros medios José Ramón Becerra, director general de Derechos de los Animales, en diciembre de 2024. No obstante, ha señalado que el trabajo se intensificará a lo largo de 2025, con el objetivo de definir un procedimiento claro para determinar qué especies serán permitidas.

El plazo legal para completar el listado de especies silvestres, como muchos anfibios exóticos, es marzo de 2026, aunque Joserra Becerra apunta a mediados de 2025 como un horizonte ideal para presentar avances.

Cómo adquirir un anfibio de forma legal y responsable

Según Jaime Bosch, el investigador del CSIC, el primer paso es acudir siempre a un comercio autorizado y de confianza. También es imprescindible que se entregue una factura de compra, que será el único documento válido para demostrar la procedencia del ejemplar ante cualquier inspección o trámite legal. A ello se suman tres aspectos que toda persona interesada en tener un anfibio debe comprobar previamente:

1. Que no se trate de una especie exótica invasora. Algunas especies tienen la capacidad de establecerse en la naturaleza, reproducirse y desplazar a la fauna autóctona, además de transmitir enfermedades. Por ello, en España está prohibida la tenencia, transporte, tráfico y comercio de cualquier especie incluida en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.

2. Que no sea una especie autóctona. Como hemos señalado, todas las especies de anfibios propias de la fauna española están protegidas por ley, lo que significa que su tenencia está prohibida. Además, a nivel estatal, se recogen en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial las especies amenazadas, aunque cada comunidad autónoma puede tener normativas adicionales. Por tanto, es fundamental consultar la normativa autonómica a través de su consejería de medio ambiente.

3. Que no esté afectada por regulaciones CITES que impidan su comercio. Unas 200 especies de anfibios están incluidas en esta convención internacional que regula su comercio para evitar su sobreexplotación. Si se adquiere una especie amparada por CITES, debe estar acompañada de su documentación original y válida, incluyendo certificados que garanticen que ha sido criada en cautividad y que cumple los requisitos legales. En caso de duda, es posible consultar directamente con la Autoridad CITES en España.

Es necesario añadir que existen algunas especies protegidas por el convenio CITES, como el ajolote mexicano, las ranas verdes de ojos rojos o las ranas flecha, cuya tenencia está permitida bajo condiciones aún más específicas.

Identificar un criador o punto de venta legal

Carlos Cabido, doctor en biología y director del departamento de herpetología de la Sociedad de Ciencias Aranzadi del País Vasco, destaca una serie de criterios que pueden ayudarnos a identificar un punto de venta o un criador de anfibios que no solo cumpla con la legislación, sino que también sea responsable con el bienestar animal.

La primera recomendación es que el vendedor debe identificar correctamente todas las especies disponibles, utilizando su nombre científico, lo que además de aportar rigor, reduce confusiones y facilita al comprador informarse adecuadamente sobre los animales.

En segundo lugar, las especies deben mantenerse por separado, evitando mezclas innecesarias o peligrosas, y alojadas en condiciones adecuadas: terrarios o acuarios limpios, con estructuras que permitan a los animales esconderse y regular su exposición ambiental. Esto es un punto clave tanto para reducir el estrés como para prevenir enfermedades.

Además, un vendedor responsable debe ofrecer una información completa y detallada sobre las necesidades específicas de cada especie. Esa información debe incluir, entre otras cosas, los rangos óptimos de temperatura y humedad, si la especie requiere un entorno acuático total o parcial, el tipo de terrario necesario (vertical u horizontal), el sustrato adecuado y los elementos estructurales como refugios o zonas para trepar. También debe informar sobre el tipo de alimentación que requiere la especie, así como la frecuencia de las tomas, la variedad nutricional necesaria y el uso de suplementos vitamínicos o minerales.

Carlos Cabido también recalca que el establecimiento debe estar legalmente registrado, ya sea como comercio con licencia de venta o, si se trata de un particular, al menos contar con un número de registro como núcleo zoológico. Este requisito, muy importante, garantiza que el lugar cumple con las condiciones sanitarias y legales mínimas para el mantenimiento y la comercialización de animales.

Por último, todo ejemplar debe entregarse con su correspondiente factura, lo que no solo acredita su origen legal, sino que también permite mantener una trazabilidad documental del animal. Esto es especialmente importante en especies protegidas o reguladas por convenios internacionales como el CITES, y es una herramienta fundamental para combatir el tráfico ilegal de fauna.

Como apunte final a estas recomendaciones, conviene aprovechar las herramientas que nos ofrece internet para realizar una pequeña investigación previa. Buscar el nombre del criador o del establecimiento en redes sociales, foros especializados o incluso en noticias puede ayudarnos a detectar señales de alerta. Verificar si existen reseñas de otros compradores, si ha habido quejas públicas, denuncias o incluso si aparece vinculado a incautaciones de fauna silvestre, puede ofrecer pistas valiosas. En un mercado donde no siempre es fácil distinguir lo legal de lo ilegal, tomarse el tiempo de contrastar la información es una forma responsable y necesaria de asegurarnos de que estamos apoyando prácticas éticas y legales.

Riesgos de adquirir anfibios sin garantías

Además de estar cometiendo un delito, adquirir un anfibio por canales no legales puede suponer la introducción de enfermedades graves, como los hongos quitridios o los ranavirus, que afectan a otras especies en cautividad y pueden transmitirse a poblaciones silvestres.

Este tipo de comercio alimenta también la extracción ilegal de ejemplares del medio natural, contribuyendo al deterioro de ecosistemas y al declive de las poblaciones autóctonas en todo el mundo.

Qué hacer si ya no puedes cuidar de tu anfibio

Liberar un anfibio en la naturaleza nunca es una opción válida, incluso si se cree que es una especie local. El único camino responsable es entregarlo a un centro de recuperación de fauna, presentes en todas las comunidades autónomas.

Promover una tenencia responsable

Tal y como explica el herpetólogo, tener un anfibio en casa “puede ser una experiencia educativa y enriquecedora”, pero esta decisión requiere un alto nivel de compromiso y conocimientos específicos. A diferencia de otros animales destinados a la cautividad y, en particular, al mascotismo, los anfibios no son domesticables, no deben ser manipulados con frecuencia y requieren cuidados muy concretos, como alimentación con presas vivas, ambientes controlados de temperatura y humedad, y un seguimiento veterinario especializado.

En consecuencia, para evitar riesgos sanitarios y ecológicos, desde SOSanfibios indican que no se debe poner a los anfibios domésticos en contacto con ejemplares del medio natural, ni compartir agua, accesorios o cualquier otro material del terrario. En caso de introducir un nuevo ejemplar en casa, es recomendable mantenerlo aislado temporalmente hasta descartar la presencia de patógenos.

También aconsejan realizar controles periódicos del estado de salud del animal mediante análisis específicos. Si el ejemplar presenta síntomas inusuales o fallece de forma repentina, debe notificarse a entidades especializadas como SOSanfibios, que pueden orientar sobre los pasos a seguir y colaborar en la detección de posibles enfermedades emergentes.