El Gobierno utiliza a los menores como coartada contra la libertad de información

Bajo la excusa de elevar la protección a los menores, el Gobierno ha aprovechado la futura ley para reforzar la capacidad de los jueces para ordenar la retirada de contenidos de la red, habilitándoles para poder retirar de los servidores informaciones que afecten al «orden público, la investigación penal, la seguridad pública y la defensa … Continuar leyendo "El Gobierno utiliza a los menores como coartada contra la libertad de información"

Abr 20, 2025 - 07:40
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El Gobierno utiliza a los menores como coartada contra la libertad de información

Bajo la excusa de elevar la protección a los menores, el Gobierno ha aprovechado la futura ley para reforzar la capacidad de los jueces para ordenar la retirada de contenidos de la red, habilitándoles para poder retirar de los servidores informaciones que afecten al «orden público, la investigación penal, la seguridad pública y la defensa nacional», además de «la protección de la salud pública o de las personas físicas o jurídicas», «el respeto a la dignidad de la persona y al principio de no discriminación por motivos de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social» y «la protección de la infancia y la juventud».

O sea, que el Gobierno pretende ampliar el abanico de motivos por el que pueden censurarse contenidos, una iniciativa que se une a la contemplada en la ley de mejora de la gobernanza democrática. En definitiva, de lo que se trata es de dar una nueva vuelta de tuerca al acoso contra los medios de comunicación críticos con el Gobierno de Pedro Sánchez. Es difícil de entender cómo, bajo la excusa de proteger a los menores, el Ejecutivo detalla una panoplia de ámbitos que, por su seguridad, permitirían a los jueces censurar contenidos en las redes.

Y es que el Gobierno contempla que se pueda «requerir como último recurso la interrupción de un servicio de la sociedad de la información que ofrezca acceso sin límites a contenido que perjudica gravemente al desarrollo físico, mental y moral de los menores», pero también -y he aquí la clave- la «desinformación, manipulación y construcción de falsas creencias», como «contenidos falsos y sin rigor que pueden confundir a las personas menores de edad». Añade igualmente aquellos contenidos que puedan dar lugar a «conductas peligrosas, delictivas o socialmente inapropiadas», o a la «inclusión en grupos y colectivos dañinos», porque -dice el Ejecutivo- «acceder a determinados contenidos puede acercar al menor a colectivos extremistas, violentos o racistas, así como a sectas de carácter ideológico o religioso o grupos políticos radicales».

«Dado que estas medidas restrictivas pueden llegar a afectar a derechos fundamentales como la libertad de expresión o el derecho de información, que gozan de protección constitucional, una orden para la interrupción de un servicio o la retirada de contenido debe contar con la correspondiente autorización judicial», se afirma, por lo que la ley «autorizará» la interrupción de «la prestación de servicios de la sociedad de la información o que se retiren contenidos que vulneren cualquiera de los bienes jurídicos enumerados en el artículo 8 de la Ley 34/2002», antes mencionados. O sea, que bajo la excusa de proteger al menor se llevan literalmente por delante el derecho a la libertad de información