Una sentencia judicial obliga a Girona a volver a colgar una foto del rey Felipe VI en la sala de plenos del Ayuntamiento
El concejal de Vox presentó un contencioso que también obliga a poner la bandera española en el edificio.

Una sentencia del Juzgado Contencioso número 2 de Girona obliga el Ayuntamiento de Girona a colgar una foto del rey Felipe VI a la sala de plenos. El texto remarca que la imagen tiene que ser "en un lugar preferente" dentro de la sala y también obliga al gobierno local a colgar una bandera de España dentro del edificio consistorial, a pesar de que detalla que no tiene que ser dentro de la sala de plenos.
Esta sentencia llega después de un recurso contencioso-administrativo que presentó el regidor de Vox al Ayuntamiento de Girona, Francisco Javier Domínguez. El regidor asegura que había pedido al alcalde Lluc Salellas que pusiera una imagen del rey desde su toma de posesión, pero finalmente decidió ir a los tribunales ante la inacción del gobierno.
Los plenarios del Ayuntamiento de Girona tendrán que contar con una fotografía del rey Felipe VI, después de que una sentencia judicial obligue el consistorio a colocarla. El texto remarca que el equipo de gobierno tendrá que escoger entre una efigie o una fotografía del monarca que tendrá que situar "en un lugar preferente" dentro de la sala de plenos. A partir de aquí, deja a libre elección del consistorio decidir qué tiene que ser el lugar.
El juzgado mujer dos meses de margen al consistorio para cumplir la sentencia, que no es firme y se puede recorrer presentando un recurso de apelación al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). En este sentido, fuentes municipales aseguran que todavía no han recibido la notificación judicial, pero añaden que estudiarán "todas las vías para evitarla".
La sentencia llega después de un recurso contencioso-administrativo del regidor de Vox al Ayuntamiento de Girona, que criticaba la inacción del alcalde de la ciudad y del gobierno local para cumplir con la normativa estatal vigente. El regidor remarca que en la toma de posesión ya pidió colocar los símbolos correspondientes, pero que después de reiteradas demandas no se han cumplido las peticiones, por eso recurrió a la vía judicial.
Además, sostiene que una muestra más la "inacción" del gobierno municipal es que, ni después de recibir la interposición del contencioso, han dado marcha atrás y la imagen del rey sigue sin presidir la sala de plenos.
Por su parte, el consistorio justificó que el alcalde había pedido un informe a los técnicos municipales para determinar qué era el mejor lugar donde colocar la imagen de Felipe VI.
La sentencia, pero, pide que sea el consistorio quien determine el mejor lugar y remarca que tiene que ser una ubicación preferente, y precisa que la normativa no concreta qué. Por eso resuelve que sea el gobierno local quien evalúe cuál es el mejor lugar.
El texto también indica que el gobierno tendrá que colgar una bandera dentro del edificio, a pesar de que matiza que no necesariamente tiene que estar en la sala de plenos. Tendrá que ser, eso sí, un lugar preferente dentro del edificio. Y en este sentido, argumenta que la sala de plenos cumple este requisito, a pesar de que da margen de maniobra en el gobierno municipal para determinar si quiere colocarla en otro lugar.
De este modo, rebate el argumento que habían dado los letrados municipales, asegurando que ya había dos banderas españolas ondeando en la fachada del edificio. La sentencia concluye que la bandera también tiene que ser en el interior.