En qué casos sería lícita una filtración de mensajes privados

Los expertos explican que hay que analizar por separado si una noticia es de interés público o no y si esa información se ha conseguido por medios lícitos.

May 17, 2025 - 00:04
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En qué casos sería lícita una filtración de mensajes privados
es legal la filtración de mensajes privados o no

Chats privados de políticos, sumarios bajo secreto que acaban en todos los medios, imágenes personales… ¿En qué casos una filtración de información es legal y en qué casos puede suponer un ilícito? Analizamos de la mano de expertos los límites entre el derecho a la información y el derecho a la intimidad dependiendo del interés público.

  • Contexto. La reciente publicación, por parte del diario El Mundo, de conversaciones de WhatsApp entre el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el exministro y exsecretario de organización del PSOE, José Luis Ábalos, han hecho que se cuestionen los límites de qué es legal o no publicar. El propio Gobierno ha llegado a considerar que puede ser delito y ha indicado que si no se abre una investigación judicial al respecto, emprenderán “acciones legales”.

Filtraciones legales o ilegales: ¿Qué se publica, cómo se publica y de dónde sale la información?

Para Ángela Moreno, profesora de derecho constitucional en la Universidad de Ciencias de la Información de la UCM, “habría que empezar por analizar, por separado, qué se publica, cómo se publica y de dónde sale la información”.

¿Qué se ha publicado? 

En primer lugar sería necesario analizar el contenido de las filtraciones para determinar si son legales y entran en los términos del derecho a la información. “En mi opinión personal, cuando Sánchez y Ábalos tratan el rescate de Air Europa en sus mensajes, es un tema de interés público”, explica Moreno. La experta hace hincapié en que ambos son personajes públicos tratando un tema que interesa a los ciudadanos. En este caso concreto, “el derecho a la información prevalecería frente al derecho a la intimidad, indica. Siempre que la información esté debidamente contrastada y “sea veraz”, como recoge el artículo 20 de la Constitución Española.

“Esto no quiere decir que un presidente del Gobierno no tenga derecho a la intimidad”, añade Moreno, y recuerda que “si se publican opiniones personales, sin ningún tipo de interés público, es el derecho a la intimidad el que domina”. En este caso sería la persona agraviada quien debería interponer una demanda por la vía civil ante los tribunales.

¿Debo o no debo como ciudadano conocer esa información de interés público porque me afecta? 

El interés público es, por lo tanto, lo primero a determinar. En este punto, ambos expertos coinciden en que suele prevalecer el derecho a la información, aunque Eduard Blasi, abogado digital en Data Guardians y experto en protección de datos, cree que conviene preguntarse también “si era necesario e indispensable dar esta información, de esta manera concreta, para publicar lo que queríamos contar”. 

“Si la respuesta es sí, es que probablemente estoy habilitado y no hay intromisión ilegítima en la intimidad de la otra persona”, dice Blasi, “pero si la respuesta fuera no, estaríamos en esa zona de grises en la que podríamos estar cometiendo alguna irregularidad”.

¿De dónde sale la información? ¿Cómo se filtraron esos mensajes privados? 

Cuando aparecen publicados en prensa unos mensajes privados a través de una filtración, lo más difícil de saber casi siempre es el origen de la información. Y esto es clave para saber si una filtración es legal o no. 

Moreno cree que independientemente de que la información publicada sea de interés público o no “habría que preguntarse en paralelo si el procedimiento por el cual yo la he conocido es lícito o es ilícito”. Esta experta indica que ahora “habría que investigar si en efecto podría estarse cometiendo un delito de revelación de secretos por filtración de secreto de sumario”, recogido en el Código Penal, “y si se puede llegar a saber quién lo ha filtrado”. 

Esto último, algo bastante complejo de saber, ya que, entre otras cosas, “el periodista tiene el derecho de acogerse al secreto profesional” para no revelar sus fuentes si fuera preguntado sobre ello ante un tribunal”, recuerda esta experta. “De hecho, la protección de las fuentes es una de las formas de asegurar el derecho a la información”, añade Moreno.

El peligro de normalizar compartir conversaciones privadas

Más allá de la legalidad de una filtración a un medio de comunicación, entre particulares también hay matices. Blasi cree que “se está normalizando compartirlo absolutamente todo, como por ejemplo conversaciones de WhatsApp, y es algo que no deberíamos hacer en ningún caso”.

De hecho, este experto recuerda que “cuando una persona se comunica por Whatsapp existe una expectativa razonable de privacidad, ya que si esa persona quisiera que ese mensaje fuera público lo habría emitido por otros canales públicos, como serían las redes sociales, por ejemplo”.