El Supremo rechaza que Sánchez cometiera un delito al utilizar a la Abogacía del Estado para querellarse contra el juez Peinado

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha archivado tres querellas distintas que apuntaban a que Pedro Sánchez prevaricó al utilizar a la Abogacía del...

May 7, 2025 - 16:49
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El Supremo rechaza que Sánchez cometiera un delito al utilizar a la Abogacía del Estado para querellarse contra el juez Peinado

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha archivado tres querellas distintas que apuntaban a que Pedro Sánchez prevaricó al utilizar a la Abogacía del Estado para querellarse contra el juez que investiga a su mujer, Juan Carlos Peinado, cuando este le tomó declaración como testigo en la causa.

Las tres querellas -de Vox, Iustitia Europa y Hazte Oír- se presentaron por delitos de prevaricación y malversación. La de la formación de Santiago Abascal se dirigía también contra el Ministro de Justicia, Félix Bolaños, y contra el Abogado General del Estado, David Vilas. Los magistrados Manuel Marchena, Antonio del Moral, Andrés Palomo, Vicente Magro y Susana Polo no han apreciado indicios de delito alguno.

El julio pasado, cuando Juan Carlos Peinado citó como testigo al presidente del Gobierno, este solicitó que se le permitiera declarar por escrito. El segundo apartado del artículo 412 de la ley de enjuiciamiento criminal (LeCrim) ofrece esa posibilidad a los cargos del Ejecutivo que deban testificar por un asunto que han conocido por razón de su cargo. No obstante, el instructor Peinado le había citado en calidad de "esposo de la investigada", y se agarró al apartado tercero de esta misma norma, que establece que estos declararán en su despacho cuando testifiquen por asuntos no relacionados con su cargo.

El 30 de julio, por tanto, Peinado acudió a La Moncloa a interrogar al presidente, que al ser esposo de Begoña Gómez se acogió a su derecho a no declarar contra la investigada, su cónyuge. Minutos después de la declaración, la abogada del Estado Zaida Isabel Fernández presentó una querella en nombre de Sánchez acusando a Peinado de prevaricación judicial.

Al día siguiente, el Supremo recibió las querellas de Vox, Hazte Oir e Iustitia Europa y, más tarde, trasladó las actuaciones a la Fiscalía, que pidió "el archivo de las mismas, por no ser los hechos constitutivos de delito".

El Supremo, tras analizar los tres escritos, concluye que todos ellos comparten un objetivo común y "fijan la atención en unos mismos hechos: el uso de la Abogacía del Estado para una acción que, en su valoración, tendría un cariz puramente particular y no relacionado con la condición de autoridad" de Pedro Sánchez.

El tribunal rechaza que el presidente prevaricara, porque parte de la idea de que "la querella en sí no es un acto administrativo" y "no puede dar vida a un delito de prevaricación administrativo". El Tribunal Supremo subraya que, tal y como sentenció ya el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Peinado no prevaricó al tomar declaración al presidente en Moncloa.

Pero, igualmente, la Sala de lo Penal sostiene que "no es arbitrario, ni puede ser tachado de disparatado" que Sánchez tratara de defender al Ejecutivo de lo que consideraba "infundadamente" una merma de la institución que preside. "Es dato significativo que la querella se presentó en representación no de Pedro Sánchez, sino del presidente del Gobierno", apunta el auto.

A ojos de la Sala de lo Penal, lo denunciado por Vox, Iustitia Europa y Haztge Oir "puede ser discutible jurídicamente, pero no resulta groseramente ilegal". La resolución denunciada no es "arbitraria, ni dictada a sabiendas de su injusticia". Con lo cual, el Tribunal Supremo no aprecia malversación en la actuación de Sánchez. Así, decreta "el archivo de la causa por no revestir los hechos de apariencia de delito".