Vía libre al instrumento clave para reformar las indemnizaciones

Los nuevos instrumentos financieros buscan "revolucionar la forma en las que se implementan y acuerdan las indemnizaciones". Reemplazarán a la antigüedad.

May 10, 2025 - 00:38
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Vía libre al instrumento clave para reformar las indemnizaciones

La Comisión Nacional de Valores (CNV) llamó a consulta pública para implementar Fondos de Cese Laboral en el mercado de capitales que buscan "revolucionar la forma en las que se implementan y acuerdan las indemnizaciones". El organismo presidido por Roberto Silva detalló cómo serían esos instrumentos financieros especiales que reemplazarían a la antigüedad como método de liquidación de las relaciones laborales.

La normativa tiene como objetivo reglamentar el Sistema de Cese Laboral, previsto en el Anexo II del Decreto N° 847/2024, reglamentario de la Ley N° 27.742, así como también a cualquier otro rubro indemnizatorio cuyo cálculo tome como base a la referida indemnización.

El Sistema de Fondo de Cese se establecerá por medio del Convenio Colectivo de Trabajo y deberá administrarse a través de Fondos Comunes de Inversión Abiertos ("FCI") o Fideicomisos Financieros ("FF").

"Hemos trabajado con el ministro Federico Sturzenegger y el equipo del Gobierno Nacional en esta propuesta que tiene la potencialidad de revolucionar la forma en las que se implementan y acuerdan las indemnizaciones, a la vez que integra inversores institucionales de largo plazo en el mercado de capitales", aseguró Silva.

Entre los principales términos que propone el régimen se destacan: las cuotapartes o los valores fiduciarios podrán ser a nivel individual, empresa o sectorial; las partes podrán establecer libremente el porcentaje de la remuneración o monto fijo que aportará el empleador para dicha cuenta individual o colectiva y la periodicidad de ese aporte; el Fondo de Cese Laboral será inembargable; los instrumentos creados bajo este régimen solamente podrán recibir suscripciones en el marco de contribuciones y/o aportes de empleadores y/o trabajadores. En caso de aporte por parte de los empleadores, las cuotapartes y los valores fiduciarios estarán cedidos con condición suspensiva a favor de los trabajadores, de la empresa o del sector.

En el caso particular de los FCI, sus órganos podrán determinar libremente tanto las políticas y los objetivos de inversión, como la nómina de activos elegibles, dentro de las reglas de diversificación aplicables a los Fondos Comunes de Inversión Abiertos; debiendo ajustar los textos reglamentarios de acuerdo a las características del régimen.

El trabajador podrá disponer libremente de las cuotapartes en oportunidad de producirse el cambio de titularidad de las mismas a su favor, pero no podrá realizar nuevas suscripciones.

Los Fideicomisos Financieros no tendrán que preparar, presentar o publicar un prospecto en el sitio web de CNV; ii) las políticas de inversión que se establezcan en cada FF deberán resultar consistentes con la naturaleza del presente régimen especial y el propio objeto del vehículo, iii) se admitirá la posibilidad de incorporación de fiduciantes y iv) se podrán emitir valores fiduciarios adicionales.