Un magistrado del Supremo ve viable la denuncia del bufete internacional que desafía a Hacienda

Acusa a Hacienda de abusar de la sanción como un mecanismo de presión y ve motivos en la denuncia de Amsterdam & Partners

May 10, 2025 - 07:31
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Un magistrado del Supremo ve viable la denuncia del bufete internacional que desafía a Hacienda

"La utilización del procedimiento sancionador tributario como un elemento disuasorio y para el sometimiento a los criterios administrativos de la Administración incluso cuando hay dudas supone un uso estratégico para reforzar la capacidad recaudatoria que desnaturaliza el procedimiento", ha denunciado José Antonio Montero Fernández, vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

Esta conducta de Hacienda lleva al "contribuyente, consciente del riesgo de sanción, a verse impelido a la rendición procesal aunque tenga sólidos argumentos jurídicos, lo que infringe el principio de igualdad de armas", ha advertido en el I Congreso de Derecho Tributario del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) que se ha celebrado este jueves y viernes y en el que se ha advertido de que el uso sistemático del procedimiento sancionador abreviado por parte de la Administración tributaria amenaza gravemente las garantías del contribuyente.

La conducta de Hacienda lleva al "contribuyente, consciente del riesgo de sanción, a verse impelido a la rendición procesal aunque tenga sólidos argumentos jurídicos, lo que infringe el principio de igualdad de armas"

"Es un mecanismo de presión, cuando la sanción no debe ser utilizada sino como recurso excepcional ni se debe tratar al contribuyente como un adversario", ha destacado Montero en la conferencia inaugural del congreso, que ha tratado sobre "La defensa frente al Ius Puniendi fiscal administrativo y penal: cuestiones abiertas". 

"El Derecho de defensa es una garantía sustancial. El contribuyente es sujeto de Derecho y debe haber equilibrio entre las partes. Que la Administración actúe con rigor jurídico y respeto a los derechos fundamentales no menoscabaría la eficacia recaudatoria", ha remachado Montero, que ha recorrido la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre este tema.

Preguntado por los medios a la salida sobre el bufete internacional que ha desafiado a Hacienda con demandas masivas por sus abusos, ha dicho que las denuncias de esta despacho tienen motivos.

Más allá de los anuncios agresivos en prensa internacional que el bufete Amsterdam & Partners viene poniendo desde el pasado diciembre con titulares del tipo: "Carteristas españoles operando", en su informe Hacienda contra el Pueblo. España y la Ley Beckham, y en la presentación el pasado martes por Robert Amsterdam y Christopher Wales se denuncia el abuso del procedimiento sancionador por Hacienda.

Reglas manipuladas

El informe recoge distintas fórmulas. "Las peticiones corteses de una explicación sobre las investigaciones se topan con una respuesta vacía y despectiva. Resistirse a proporcionar información si la AEAT no proporciona una explicación adecuada se responde con la amenaza de una multa sustancial. En muchos casos, la amenaza es real y no tarda en llegar una notificación de sanción, que probablemente asciende a muchos miles de euros. Hemos visto de todo", reseña.

Además de criticar los bonus a cambio de recaudar más, recoge varios ejemplos de abuso en las sanciones. "El mecanismo opaco de las negociaciones y la naturaleza misma del acuerdo a menudo ponen claramente en entredicho la base jurídica completa de la "obligación tributaria". Los inspectores parecen poner en juego una combinación de cálculos tributarios oportunistas, sanciones y "descuentos" en las sanciones. Se permitirán deducciones de los ingresos y ganancias si las víctimas aceptan un acuerdo, pero no si se resisten, lo que crea lo que parece ser una gama deliberadamente confusa de posibles responsabilidades. La sanción en sí puede variar dentro de un rango enorme, sin que quede clara una consistencia entre los casos. Las normas legales sobre sanciones, manipuladas por personas sin escrúpulos, contribuyen a esta confusión", apunta. 

En la inauguración del I Congreso de Derecho Tributario del ICAM también han intervenido el decano, Eugenio Ribón, la diputada Roberta Poza y el presidente de la Sección de Derecho Tributario, Gabriel Casado, que han puesto el foco en la expansión del poder punitivo fiscal, su impacto en la seguridad jurídica y la necesidad de reforzar los mecanismos de defensa frente a una práctica que ha dejado de ser excepcional para convertirse en la estadísticamente más frecuente.

Defender al contribuyente frente a los posibles excesos del poder no es defender el fraude, es defender la legalidad, la proporcionalidad, la seguridad jurídica y el acceso a la tutela judicial efectiva"

"Defender al contribuyente frente a los posibles excesos del poder no es defender el fraude, es defender la legalidad, la proporcionalidad, la seguridad jurídica y el acceso a la tutela judicial efectiva", ha destacado el decano, que ha advertido de que la defensa del contribuyente no puede ser confundida con la complicidad con el fraude, sino entendida como una exigencia esencial de justicia y garantía en un sistema democrático.

Ribón ha alertado del uso "expansivo, compulsivo e incluso desbordante" que, en ocasiones, adopta la potestad punitiva de la Administración tributaria, una prerrogativa que se suma a otras facultades privilegiadas como "la autotutela declarativa y ejecutiva que le permiten actuar sin la intervención judicial previa". Ha denunciado que, por mucho que se haga invocación formal y propagandística de los medios alternativos de solución de controversias, en la Administración tributaria no están.


Un modelo sancionador automatizado 

El presidente de la Sección de Derecho Tributario del ICAM, Gabriel Casado, ha centrado su intervención en denunciar el avance silencioso de un modelo sancionador fiscal basado en el procedimiento abreviado que ha dejado de ser excepcional para convertirse en práctica sistemática. "La pregunta sería por qué se ha tardado tanto por la Sección de Tributario en organizar este Congreso", ha planteado, para advertir a continuación sobre "la hiperextensión de la respuesta sancionatoria y el desproporcionado recrudecimiento represivo, particularmente en el Derecho tributario sancionador".

Según ha señalado, asistimos a una especie de "usucapión funcional de nuevas competencias o de nuevas potestades por parte del poder fiscal"; o de nuevas formas más expeditivas de ejercer las que ya se tiene atribuidas y que acaban consolidándose con el consentimiento o la deferencia de los Tribunales para con la Administración fiscal en un proceso que ha definido como "más o menos silencioso, de facto", y que acaba adquiriendo carta de naturaleza legal o jurisprudencial.

El juicio de culpabilidad, que debe ser el resultado de ese procedimiento, se anticipa al inicio mismo del procedimiento sancionador abreviado, lo cual es una paradoja insalvable"

Casado ha sostenido que "la Administración tiende a hacer, y desde luego hace, todo aquello que los tribunales le consienten”, y ha señalado la responsabilidad compartida de los operadores jurídicos a la hora de marcar límites al ejercicio del poder sancionador". En este contexto, ha criticado una "sucesión interminable de paradojas" en el ámbito del procedimiento sancionador, como la práctica generalizada de imponer sanciones en expedientes abreviados sin un verdadero juicio contradictorio. "El juicio de culpabilidad, que debe ser el resultado de ese procedimiento, se anticipa al inicio mismo del procedimiento sancionador abreviado, lo cual es una paradoja insalvable".

Apoyándose en cifras estimadas, ha advertido de que en el periodo entre 2019 y 2025 el 100% de los procedimientos sancionadores derivados de los Órganos de Gestión Tributaria se tramitaron y resolvieron por el procedimiento abreviado; mientras que los Órganos de Inspección tramitaron por esta vía el 96% de los expedientes sancionadores. Esta práctica, en la que la prueba para liquidar se convierte, sin más, en prueba para sancionar, desvirtúa las garantías procesales básicas y constituye otra "falacia insalvable", al anticiparse el juicio de culpabilidad al inicio mismo del procedimiento. El resultado, alertó, es una tramitación masiva de expedientes sancionadores abreviados sin verdadero debate contradictorio ni separación real entre la función liquidatoria y la sancionadora.

En una de las mesa sobre "La instrucción y resolución del procedimiento sancionador. Los expedientes sancionadoresde tramitación abreviada", Diego Loma-Osorio Lerena, abogado del Estado, director del Servicio Jurídico de la Agencia Tributaria, ha detallado que entre 2019 y 2025 se han impuesto 10 millones de sanciones. El 47% en lo contencioso y el 60% en los Tribunales Económico-Administrativos. Sólo un 1,1% se recurren en reposición y de éstas, el 26,46% se estiman.

Falta de seguridad jurídica y abuso del Decreto-ley

La diputada responsable de Relaciones Institucionales del ICAM, Roberta Poza, ha alertado sobre la progresiva erosión de la seguridad jurídica en el ámbito tributario, un terreno en el que resulta "especialmente necesario" reafirmar los principios garantistas del Estado de Derecho. "Desde la aprobación de las normas hasta la ejecución de los procedimientos inspectores y sancionadores, estamos asistiendo a situaciones que no son, desde luego, las más deseables", ha advertido, señalando como ejemplo el abuso en el uso de los Reales Decretos-ley y su impacto en la estabilidad del ordenamiento.

El exceso de duración de los procedimientos de revisión y la ausencia de medios alternativos de resolución de disputas terminan por debilitar la confianza en el sistema"

Poza también ha lamentado la creciente aplicación expansiva de medidas sancionadoras y antiabuso -frecuentemente basadas en criterios subjetivos y difíciles de prever- así como la falta de mecanismos claros de interpretación normativa, que traslada al contribuyente la carga de aplicar correctamente el tributo sin una orientación jurídica suficientemente sólida. "El exceso de duración de los procedimientos de revisión y la ausencia de medios alternativos de resolución de disputas terminan por debilitar la confianza en el sistema", ha afirmado, destacando la necesidad de reformas estructurales que garanticen mayor previsibilidad y proporcionalidad.