TJUE: Está prohibida la publicidad mediante declaraciones de propiedades saludables de sustancias botánicas
Política y Normativa soledadvalle Mié, 30/04/2025 - 13:17 Respuesta El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado sobre la empresa alemana Novel Nutriology y su actividad de comercialización de un complemento alimenticio que contiene extractos de azafrán y de zumo de melón. En su publicidad, alegaban que dichos extractos mejoraban el humor y reducían los sentimientos de estrés y de fatiga. Una asociación profesional alemana demandó a Novel Nutriology ante los tribunales alemanes para que se le prohibiera hacer uso de estas declaraciones. Considera que son contrarias al Derecho de la Unión. El Tribunal Supremo de lo Civil y Penal alemán ha preguntado al Tribunal de Justicia sobre esta cuestión, que ha resuelto que, según el Reglamento (CE) 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos, el uso de declaraciones de propiedades saludables en la publicidad, así como en el etiquetado y la presentación, de alimentos y complementos alimenticios está, en principio, prohibido. Aclara el tribunal que el uso de esta publicidad podría autorizarse "siempre que se trate de declaraciones validadas por la Comisión, que estén incluidas en las listas de declaraciones de propiedades saludables autorizadas".Sin embargo, la Comisión no ha terminado aún de examinar las declaraciones de propiedades saludables relativas a las sustancias botánicas. Por lo tanto, todavía no las ha incluido en las listas de declaraciones de propiedades saludables autorizadas. El TJUE resuelve sobre la publicidad de descuentos en fármacos de prescripción, El TJUE anula la negativa de la EMA a autorizar 'Hopveus' contra el alcoholismo por conflicto de intereses de un evaluador, El TJUE abre la puerta a plataformas de venta 'on line' de medicamentos no sujetos a prescripción con el caso Doctipharma El examen -que realiza la Comisión en en colaboración con la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA)- y la exigencia de una autorización por El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) responde a una consulta del Tribunal Supremo alemán en relación a la demanda de una asociación contra la firma Novel Nutriology. Off Redacción Off


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado sobre la empresa alemana Novel Nutriology y su actividad de comercialización de un complemento alimenticio que contiene extractos de azafrán y de zumo de melón. En su publicidad, alegaban que dichos extractos mejoraban el humor y reducían los sentimientos de estrés y de fatiga.
Una asociación profesional alemana demandó a Novel Nutriology ante los tribunales alemanes para que se le prohibiera hacer uso de estas declaraciones. Considera que son contrarias al Derecho de la Unión.
El Tribunal Supremo de lo Civil y Penal alemán ha preguntado al Tribunal de Justicia sobre esta cuestión, que ha resuelto que, según el Reglamento (CE) 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos, el uso de declaraciones de propiedades saludables en la publicidad, así como en el etiquetado y la presentación, de alimentos y complementos alimenticios está, en principio, prohibido.
Aclara el tribunal que el uso de esta publicidad podría autorizarse "siempre que se trate de declaraciones validadas por la Comisión, que estén incluidas en las listas de declaraciones de propiedades saludables autorizadas".
Sin embargo, la Comisión no ha terminado aún de examinar las declaraciones de propiedades saludables relativas a las sustancias botánicas. Por lo tanto, todavía no las ha incluido en las listas de declaraciones de propiedades saludables autorizadas.