El Supremo pide autorización al Parlamento Europeo para levantar la inmunidad a Alvise por la PCR falsa de Illa
Alvise Pérez afronta un nuevo frente judicial. El Tribunal Supremo ha situado ahora el foco Europa, pidiendo así al Parlamento Europeo que le dé autorización para poder investigar al eurodiputado y líder de Se acabó la fiesta por la difusión de una PCR falsa del presidente de la Generalitat catalana, Salvador Illa. De esta manera, en el auto del magistrado del Alto Tribunal Javier Hernández, se le brinda a Alvise cinco días de plazo para que aclare si quiere declarar voluntariamente o no. De esta manera, en el mismo escrito judicial, el juez acuerda incoar diligencias previas para la investigación de presuntos delitos de falsedad e injurias contra el exministro de Sanidad. El magistrado ha señalado a su vez que debe solicitarse a la Eurocámara la correspondiente autorización para proceder "a su material inculpación y sustanciar, plenamente, en su caso, esta fase procesal, conforme al Protocolo número 7 sobre privilegios e inmunidades de la Unión Europea". En este sentido, acuerda que se inicien los trámites para solicitar la correspondiente autorización al Parlamento Europeo para proceder contra el eurodiputado. No obstante, afirma que, tal y como previene el artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), y en garantía de sus derechos de defensa, el querellado está en condición ya de ejercer sus derechos defensivos y comparecer voluntariamente a los efectos previstos en los artículos 118 y 775 de la LECrim. El plazo de cinco días también se dispone para que antes de que se pueda conceder por la Cámara Europea la correspondiente autorización para proceder, está dispuesto a comparecer ante el instructor. La personación del PSC y el caso de la PCR falsa De la misma manera, y en cuanto a la personación en el caso del PSC como acusación popular, ésta queda supeditada a que formule querella por el presunto delito de falsedad y presente una fianza de 15.000 euros para cubrir las posibles responsabilidades que pudieran derivarse del ejercicio de la acción penal. Indica así que su personación sólo puede venir dada como acusación popular y solo respecto al delito de falsedad, puesto que carece de legitimación para instar la persecución del delito de injurias por el artículo 104 de la LECrim. Por último, el instructor concede a las partes personadas un plazo de cinco días para que indiquen las diligencias de investigación que, a su parecer, procedería ordenar. Fue el pasado 11 de abril cuando trascendió que el Supremo acordó abrir una causa contra el líder de SALF al apreciar "múltiples" indicios fundados de presuntos delitos de falsedad en documento privado e injurias por la difusión de una PCR falsa de Illa. Unos hechos que llegaron a manos del Alto Tribunal después de que en 2021 el Juzgado de Instrucción Número 33 de Barcelona recibiera una querella de la Fiscalía. Ya en septiembre de 2024, se envió el caso al Supremo, cuando Alvise ya gozaba de la condición de aforado por ser eurodiputado. Por defectos formales, el tribunal reenvió el procedimiento a Barcelona, lo que...
Alvise Pérez afronta un nuevo frente judicial. El Tribunal Supremo ha situado ahora el foco Europa, pidiendo así al Parlamento Europeo que le dé autorización para poder investigar al eurodiputado y líder de Se acabó la fiesta por la difusión de una PCR falsa del presidente de la Generalitat catalana, Salvador Illa. De esta manera, en el auto del magistrado del Alto Tribunal Javier Hernández, se le brinda a Alvise cinco días de plazo para que aclare si quiere declarar voluntariamente o no. De esta manera, en el mismo escrito judicial, el juez acuerda incoar diligencias previas para la investigación de presuntos delitos de falsedad e injurias contra el exministro de Sanidad. El magistrado ha señalado a su vez que debe solicitarse a la Eurocámara la correspondiente autorización para proceder "a su material inculpación y sustanciar, plenamente, en su caso, esta fase procesal, conforme al Protocolo número 7 sobre privilegios e inmunidades de la Unión Europea". En este sentido, acuerda que se inicien los trámites para solicitar la correspondiente autorización al Parlamento Europeo para proceder contra el eurodiputado. No obstante, afirma que, tal y como previene el artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), y en garantía de sus derechos de defensa, el querellado está en condición ya de ejercer sus derechos defensivos y comparecer voluntariamente a los efectos previstos en los artículos 118 y 775 de la LECrim. El plazo de cinco días también se dispone para que antes de que se pueda conceder por la Cámara Europea la correspondiente autorización para proceder, está dispuesto a comparecer ante el instructor. La personación del PSC y el caso de la PCR falsa De la misma manera, y en cuanto a la personación en el caso del PSC como acusación popular, ésta queda supeditada a que formule querella por el presunto delito de falsedad y presente una fianza de 15.000 euros para cubrir las posibles responsabilidades que pudieran derivarse del ejercicio de la acción penal. Indica así que su personación sólo puede venir dada como acusación popular y solo respecto al delito de falsedad, puesto que carece de legitimación para instar la persecución del delito de injurias por el artículo 104 de la LECrim. Por último, el instructor concede a las partes personadas un plazo de cinco días para que indiquen las diligencias de investigación que, a su parecer, procedería ordenar. Fue el pasado 11 de abril cuando trascendió que el Supremo acordó abrir una causa contra el líder de SALF al apreciar "múltiples" indicios fundados de presuntos delitos de falsedad en documento privado e injurias por la difusión de una PCR falsa de Illa. Unos hechos que llegaron a manos del Alto Tribunal después de que en 2021 el Juzgado de Instrucción Número 33 de Barcelona recibiera una querella de la Fiscalía. Ya en septiembre de 2024, se envió el caso al Supremo, cuando Alvise ya gozaba de la condición de aforado por ser eurodiputado. Por defectos formales, el tribunal reenvió el procedimiento a Barcelona, lo que...
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