Reforma en telecom trastocaría la competencia en México: industria
Forbes México. Reforma en telecom trastocaría la competencia en México: industria La propuesta presidencial establece la asignación directa de concesiones de espectro radioeléctrico para uso comercial a dependencias y entidades del Ejecutivo sin contraprestaciones, dice la Canieti. Reforma en telecom trastocaría la competencia en México: industria Forbes Staff

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Reforma en telecom trastocaría la competencia en México: industria

La propuesta de reforma en telecomunicaciones y radiodifusión trastoca el régimen de competencia económica, y establece la asignación directa de concesiones de espectro radioeléctrico para uso comercial a dependencias y entidades del Ejecutivo sin contraprestación, según representantes del sector.
La Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (Canieti) expuso en un amplio posicionamiento que la iniciativa presidencial, en proceso legislativo en el Senado, prevé el otorgamiento de concesiones comerciales al Ejecutivo federal para que compita directamente en el mercado minorista.
La propuesta, explicó, sugiere que el gobierno provea servicios a usuarios finales con fines comerciales por sí, o a través de una asociación pública privada, lo que refiere que nada impide que el gobierno pueda prestar servicios sin fines de lucro a usuarios finales mediante concesiones de uso público.
Afirmó que lo anterior significaría trastocar el régimen de competencia económica porque se permitiría destinar recursos públicos para competir en condiciones preferenciales únicamente por su condición de entidad gubernamental y regulatoria, en perjuicio de la inversión privada.
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Además daría ventajas y sin previo análisis de impacto regulatorio, en el pago de derechos por el uso o aprovechamiento de la banda de 700 MHz del espectro radioeléctrico frente al resto de los prestadores de servicios públicos de telecomunicaciones, que tienen que pagar 10 veces más por el uso de bandas similares del espectro radioeléctrico de
telecomunicaciones.
Sostuvo que se permitiría la explotación comercial de espectro radioeléctrico sin haberse realizado el proceso de licitación pública ordenado por el artículo 28 constitucional, lo que estaría en conflicto con estándares de protección de tratados de inversión celebrados con más de 30 países, el TMEC y el TPP, lo que haría imposible que el Estado provea servicios en condiciones equitativas.
La cámara agregó que la Red Mayorista podría obtener descuentos en costos de espectro y acceso a presupuestos y bienes públicos, de los que no gozan sus competidores en el mercado.
Apuntó que la iniciativa establece la asignación directa de concesiones de espectro radioeléctrico para uso comercial a dependencias y entidades del Ejecutivo, sin contraprestación.
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En este punto la Canieti explicó que el gobierno podría obtener de forma directa concesiones y bandas del espectro para uso público, a efecto de que pueda dar servicios para el cumplimiento de sus fines y atribuciones, pero esas concesiones y bandas del espectro de uso público no se pueden explotar comercialmente, dada su naturaleza de proveer servicios sin fines de lucro.
Añadió que la Constitución señala que “las concesiones del espectro radioeléctrico serán otorgadas mediante licitación pública” y que el TMEC establece que “cuando se atribuya el espectro para servicios de telecomunicaciones comerciales, cada parte procurará contar con un proceso abierto y transparente que considere el interés público, incluida la promoción de la competencia”.
Sostuvo que el otorgamiento de concesiones de bandas del espectro radioeléctrico para uso comercial mediante asignación directa, sin un proceso licitatorio, que conlleva el pago de una contraprestación derivado del proceso competitivo, implica un tratamiento preferencial no justificado en favor del gobierno y en perjuicio del sector privado, lo que es violatorio del principio de neutralidad a la competencia que debe regir a la actuación estatal y que está protegido por la Constitución y tratados internacionales.
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El sector representado en la Canieti señaló que la propuesta de reforma prevé la definición de plataformas digitales de forma general y ambigua y, de forma discrecional, el bloqueo de las mismas, proponiendo que la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (que sustituirá al Instituto Federal de Telecomunicaciones) emita lineamientos para ese efecto ante el incumplimiento de “normativas aplicables”.
Argumentó que la Constitución establece como un derecho humano el acceso a Internet, a la libertad de expresión sin censura previa y el derecho a la libre búsqueda de información.
Por ello, el bloqueo de plataformas digitales debiera estar claramente normado en la propia legislación con criterios objetivos y proporcionales sustentados en la Constitución, y no sujetos a discrecionalidad administrativa, ni ser considerado como una sanción disponible.
Apuntó que al establecerse un marco regulatorio específico para las plataformas digitales, podría darse el caso de que se les asimile como si fueran operadores de servicios de telecomunicaciones. Una situación que puede vulnerar principios constitucionales y tratados internacionales, como el TMEC, que prohíben imponer requisitos regulatorios discriminatorios o excesivos a servicios de valor agregado.
Consideró que establecer una definición rígida para un sector en constante evolución, puede limitar la innovación, distorsionar la competencia y afectar la competitividad de México en el entorno digital global.
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