La regla de Uscis que permite tener empleo en Estados Unidos a este tipo de inmigrantes sin permiso de trabajo
Algunos individuos no requieren una autorización laboral específica debido a su estatus migratorio, por lo que pueden desempeñar ciertas actividades sin realizar un trámite adicional.

Ciertos inmigrantes no necesitan de un Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) para trabajar en Estados Unidos en 2025. Según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, siglas en inglés), hay dos grupos que están exentos de este requisito para tener un empleo en ese país.
Estos inmigrantes no necesitan un permiso de trabajo en EE.UU.
Uscis informó en su sitio web que una de las categorías exentas al EAD corresponde a los residentes permanentes legales, es decir, los titulares de la tarjeta verde o green card. Estas personas tienen un estatus migratorio que les otorga derechos para residir y trabajar en Estados Unidos, por lo que no requieren obtener un permiso de empleo adicional.
Por otro lado, algunos no inmigrantes que se encuentran en el país norteamericano con un estatus específico tampoco necesitan un EAD: esto incluye a los titulares de diversas visas de trabajo. Es que las personas que cuentan con estos visados ya tienen autorización para tener empleo legal, aunque bajo condiciones específicas.
Tipos de visas que permiten trabajar en EE. UU. sin necesidad de un EAD
Los titulares de una visa H-1B tienen permiso para trabajar en ocupaciones que requieren un título universitario o su equivalente. De igual forma, los empleados con visa L-1B son transferidos dentro de una misma compañía a una filial estadounidense, mientras que las visas O y P están destinadas a personas con habilidades en áreas como la ciencia, arte, educación, negocios o deportes.
Es por eso que no deben solicitar un EAD, ya que el permiso de trabajo viene incorporado en su estatus migratorio. De esta manera, se facilita la posibilidad de empleo para los extranjeros que cumplen con los requisitos establecidos por las leyes de inmigración, sin la necesidad de un trámite adicional.
Los extranjeros que sí necesitan tramitar el Documento de Autorización de Empleo (EAD)
La exención del EAD no se aplica a todos los inmigrantes: aquellos que no tienen un estatus migratorio que los habilite a trabajar deberán obtenerlo antes de poder desempeñar cualquier actividad laboral.
En específico, los solicitantes del EAD deben presentar el Formulario I-765, que es la Solicitud de Autorización de Empleo. Este trámite es necesario para ciertos grupos que no cuentan con un permiso de trabajo automático:
- Refugiados y asilados.
- Solicitantes de Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés).
- Cónyuges de titulares de visas E, L, H, O y P.
- Estudiantes F-1 en programas de capacitación práctica opcional (OPT, siglas en inglés).
- Estudiantes M-1 en programas de formación práctica.
- Beneficiarios de la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA, siglas en inglés).
- Titulares de visas U (personas que han sido víctimas de ciertos delitos y ayudaron a las autoridades en la investigación).
Cómo solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD)
- Reunir la documentación necesaria: visa actual, evidencia del estatus migratorio y formularios como el I-485 o el I-589, u otros adicionales.
- Completar el Formulario I-765: es clave llenar todas las secciones requeridas y proporcionar información verídica.
- Presentar la solicitud: enviar el formulario y documentación al centro de procesamiento designado por Uscis, según el estado migratorio.
- Pagar la tarifa de procesamiento: en algunos casos se puede calificar para obtener una exención.