PTU. ¿Cuánto me toca de utilidades si ya no trabajo en la empresa?

El PTU no es un bono ni un favor del patrón. Las utilidades son un derecho laboral establecido por la ley Federal del Trabajo

May 12, 2025 - 13:59
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PTU. ¿Cuánto me toca de utilidades si ya no trabajo en la empresa?

PTU. ¿Cuánto me toca de utilidades si ya no trabajo en la empresa?

Cada mayo, temporada de reparto de utilidades, una de las preguntas más comunes entre exempleados es: “¿Tengo derecho a recibir utilidades si ya no trabajo ahí?” La respuesta es sí. Según lo establece la Ley Federal del Trabajo (LFT), la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) no depende de si actualmente estás contratado en la empresa, sino de si cumpliste con ciertos requisitos durante el ejercicio fiscal anterior.

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¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre las utilidades para exempleados?

De acuerdo con la LFT, los trabajadores que hayan prestado sus servicios durante el año que se calcula, tendrán derecho a participar en las utilidades, aunque ya no trabajen en la empresa al momento del reparto”.

Esto significa que sí puedes recibir utilidades aunque hayas renunciado, sido despedido o tu contrato haya terminado, siempre que hayas trabajado al menos 60 días en el año fiscal correspondiente.

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¿Qué requisitos debo cumplir para recibir PTU?

Para tener derecho al reparto de utilidades como extrabajador, debes cumplir con lo siguiente:

  • Haber trabajado al menos 60 días durante el año fiscal anterior (continuos o no).
  • Haber tenido una relación laboral subordinada (es decir, estar en nómina, no como freelance o por honorarios).
  • La empresa donde trabajaste debe haber generado utilidades y tener más de un año de operación.
  • No ser accionista, director, administrador o gerente general (estos perfiles están excluidos del reparto).

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¿Cómo se calcula lo que me toca si ya no trabajo ahí?

El cálculo del PTU se hace exactamente igual para empleados activos y para exempleados. Se divide en dos mitades:

  1. El 50% se distribuye proporcionalmente por los días trabajados en el año fiscal correspondiente.
  2. El otro 50% se reparte de acuerdo al salario base que tuviste, comparado con el resto de los trabajadores.

¿Hasta cuándo puedo reclamar mis utilidades si ya no trabajo en la empresa?

La LFT otorga un plazo de un año, contado a partir del día siguiente de la fecha límite de reparto, para reclamar esta prestación.

  • Si la empresa es una persona moral (empresa formal), la fecha límite es el 30 de mayo.
  • Si es una persona física con actividad empresarial, la fecha límite es el 29 de junio.

Por lo tanto, si no recibiste tu PTU en tiempo y forma, puedes exigirlo hasta mayo o junio del siguiente año, dependiendo del tipo de patrón.

¿Cómo puedo saber si la empresa generó utilidades?

Los patrones están obligados por ley a entregar a los trabajadores o a sus representantes una copia de la declaración fiscal anual, donde se refleje si hubo utilidades y el monto a repartir.

Si ya no trabajas ahí, puedes:

  • Solicitar la información directamente a la empresa.
  • Acudir a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) para que te orienten sobre cómo obtener dicha información y cómo reclamar.

Si cumples con los requisitos y no recibes tu parte de PTU, puedes presentar una queja formal. La ley contempla multas de entre 250 y 5,000 UMAs para los patrones que no cumplen con esta obligación.

Además, en caso de no haberse reclamado en tiempo, la utilidad no pagada se suma al fondo de utilidades del siguiente año, pero eso no elimina el derecho del trabajador a cobrarla dentro del plazo legal.

Si ya no trabajas en una empresa, pero colaboraste con ella al menos 60 días durante el año fiscal anterior, tienes derecho a recibir tu parte de utilidades. El hecho de haber terminado la relación laboral no elimina tu participación en las ganancias que ayudaste a generar.