Las defensas de los cuatro condenados por el crimen de Samuel tratan de aligerar sus penas tachando la sentencia de «incoherente» y «carente de pruebas»
Uno a uno, los abogados de los cuatro condenados por el crimen de Samuel Luiz en julio de 2021 insistieron durante la vista de apelación por el crimen en que no hay «carga probatoria» para afirmar los puntos claves que permitieron condenarlos. En la sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, y ante la atenta mirada de los cuatro procesados, sus letrados calificaron de «irracional» e «incoherente» la sentencia de los hechos para exigir la rebaja de las penas . Incluso, en el caso de Kaio Amaral, la libre absolución del acusado. La falta de pruebas de cargo, la volatilidad de algunos de los testigos y la interpretación de los jurados populares que condenaron a los integrantes del grupo a condenas de hasta 24 años de prisión han sido la constante de una mañana en la que está en juego el horizonte vital de los procesados por la muerte. « No existe base para indicar que el ataque se inicie de manera sorpresiva . Hay una actitud agresiva en la que Diego amenaza a Samuel y esto se acompaña de un acercamiento físico. Entiendo que si alguien me están amenazando, se acerca a mí subiendo una bancada, puede ser posible que pase de las expresiones a los actos» introdujo el letrado de Diego Montaña, considerado cabecilla del grupo, para que el tribunal de apelación rebaje su pena, de 24 años de prisión. También insistió en que Samuel logró incorporarse y consiguió abandonar el lugar y dos ciudadanos senegaleses trataron de ayudarle, por lo que es incuestionable la posibilidad de defensa, criticando los agravantes impuestos. Además, intentó que se aprecie la atenuante de consumo de alcohol , reseñando que esa noche Diego consumió una botella de whisky, «que son 17 copas, durante dos horas». «Todos los testigos declararon que Diego estaba borracho, que pierde el equilibrio» expuso su abogado. En sintonía, la defensa de Alejandro Freire, acusado de tirar al suelo a Samuel con un mataleón, afirmó que la única acción probada es la subida de las escaleras y el agarre por el cuello de Samuel. «Es el hecho debidamente acreditado. A partir de aquí, la posibilidad de imponer 20 años por asesinato solo se hace con menoscabo a su derecho a la presunción de inocencia». Para el abogado de Kaio Amaral «hay un manifiest o error en la valoración de la prueba ». «Los hechos probados no deberían ser tales porque hay unas conclusiones contradictorias. Son incorrectas porque están en contra de las reglas de la lógica» introdujo el letrado al sostener que no hay pruebas de que Kaio le diese una patada a Samuel. Se abraza a que el vídeo que debería demostrarlo no es nítido , porque una farola oculta la presunta acción. Un hecho que el veredicto del jurado recoge y que el propio letrado aprovecha para indicar que no hay pruebas de su comportamiento y exigir la libre absolución. Sobre el robo del móvil de Samuel, aclara que «lo cogió del suelo y cuando lo hizo no sabía de quién era». En el caso de Míguez, condenado a diez años como cómplice, su defensa reconoció que «el recurso de apelación es el más extenso que he presentado jamás, aunque esto no vaya a peso». En mi opinión, es la primera vez que me encuentro con una condena en la que la participación de mi defendido carece de toda prueba« asumió el letrado. Ahondando en su apreciación, volvió a poner el foco en la supuesta falta de carga probatoria para preguntarse si « basta mi presencia en un lugar para que se me condene o es necesaria una acción ». «Será moralmente deleznable, pero legalmente no se puede hablar de un homicidio» concluyó. En su turno, el fiscal defendió la condena firmada por la Audiencia provincial de La Coruña, eludiendo el peso mediático en este proceso y en las sentencias. «Desde nuestro punto de vista tanto el jurado como la sentencia son impecables» remató el representante del Ministerio Público.
Uno a uno, los abogados de los cuatro condenados por el crimen de Samuel Luiz en julio de 2021 insistieron durante la vista de apelación por el crimen en que no hay «carga probatoria» para afirmar los puntos claves que permitieron condenarlos. En la sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, y ante la atenta mirada de los cuatro procesados, sus letrados calificaron de «irracional» e «incoherente» la sentencia de los hechos para exigir la rebaja de las penas . Incluso, en el caso de Kaio Amaral, la libre absolución del acusado. La falta de pruebas de cargo, la volatilidad de algunos de los testigos y la interpretación de los jurados populares que condenaron a los integrantes del grupo a condenas de hasta 24 años de prisión han sido la constante de una mañana en la que está en juego el horizonte vital de los procesados por la muerte. « No existe base para indicar que el ataque se inicie de manera sorpresiva . Hay una actitud agresiva en la que Diego amenaza a Samuel y esto se acompaña de un acercamiento físico. Entiendo que si alguien me están amenazando, se acerca a mí subiendo una bancada, puede ser posible que pase de las expresiones a los actos» introdujo el letrado de Diego Montaña, considerado cabecilla del grupo, para que el tribunal de apelación rebaje su pena, de 24 años de prisión. También insistió en que Samuel logró incorporarse y consiguió abandonar el lugar y dos ciudadanos senegaleses trataron de ayudarle, por lo que es incuestionable la posibilidad de defensa, criticando los agravantes impuestos. Además, intentó que se aprecie la atenuante de consumo de alcohol , reseñando que esa noche Diego consumió una botella de whisky, «que son 17 copas, durante dos horas». «Todos los testigos declararon que Diego estaba borracho, que pierde el equilibrio» expuso su abogado. En sintonía, la defensa de Alejandro Freire, acusado de tirar al suelo a Samuel con un mataleón, afirmó que la única acción probada es la subida de las escaleras y el agarre por el cuello de Samuel. «Es el hecho debidamente acreditado. A partir de aquí, la posibilidad de imponer 20 años por asesinato solo se hace con menoscabo a su derecho a la presunción de inocencia». Para el abogado de Kaio Amaral «hay un manifiest o error en la valoración de la prueba ». «Los hechos probados no deberían ser tales porque hay unas conclusiones contradictorias. Son incorrectas porque están en contra de las reglas de la lógica» introdujo el letrado al sostener que no hay pruebas de que Kaio le diese una patada a Samuel. Se abraza a que el vídeo que debería demostrarlo no es nítido , porque una farola oculta la presunta acción. Un hecho que el veredicto del jurado recoge y que el propio letrado aprovecha para indicar que no hay pruebas de su comportamiento y exigir la libre absolución. Sobre el robo del móvil de Samuel, aclara que «lo cogió del suelo y cuando lo hizo no sabía de quién era». En el caso de Míguez, condenado a diez años como cómplice, su defensa reconoció que «el recurso de apelación es el más extenso que he presentado jamás, aunque esto no vaya a peso». En mi opinión, es la primera vez que me encuentro con una condena en la que la participación de mi defendido carece de toda prueba« asumió el letrado. Ahondando en su apreciación, volvió a poner el foco en la supuesta falta de carga probatoria para preguntarse si « basta mi presencia en un lugar para que se me condene o es necesaria una acción ». «Será moralmente deleznable, pero legalmente no se puede hablar de un homicidio» concluyó. En su turno, el fiscal defendió la condena firmada por la Audiencia provincial de La Coruña, eludiendo el peso mediático en este proceso y en las sentencias. «Desde nuestro punto de vista tanto el jurado como la sentencia son impecables» remató el representante del Ministerio Público.
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