España se enfrenta a ajustes millonarios por las ayudas a víctimas de atropellos

El Supremo ha elevado una nueva cuestión prejudicial ante el TJUE para resolver si España cumple con directiva europea 2009/103

May 12, 2025 - 04:59
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España se enfrenta a ajustes millonarios por las ayudas a víctimas de atropellos

El Tribunal Supremo ha elevado una nueva cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que puede traer importantes consecuencias para España. En concreto, la Sala de lo Penal plantea al TJUE si la ley de ayudas públicas en las que se incluye a las víctimas de atropellos intencionados cumple con la normativa europea por la que se obliga a los Estados miembros a disponer de un régimen de seguro obligatorio u otro tipo de indemnizaciones similares para proteger a las víctimas de este tipo de delitos dolosos. 

En España, este tipo de casos se incluyen dentro de la Ley de Ayudas y Asistencia de las Víctimas de Delitos Violentos y contra la Libertad Sexual, lo que supone que las indemnizaciones recogidas sean un 50% inferiores a las establecidas por el seguro de responsabilidad civil para la circulación de vehículos automóviles. Los magistrados preguntan al TJUE si España estaría cumpliendo la directiva europea 2009/103, con la que los países de la Unión Europea deben contar con un sistema de aseguramiento obligatorio o, en su caso, con un sistema de compensación equivalente. 

Los expertos consultados por Vozpópuli defienden que la consulta del Supremo ante el TJUE podría traducirse en la obligatoriedad para España de cambiar la legislación vigente, lo que supondría pagar ajustes millonarios en este tipo de ayudas a víctimas de atropellos intencionados. Francisco Borge Larrañaga, director jurídico de Eurosistema Club Automovilista, explica que si el tribunal europeo considera que las indemnizaciones que se están pagando no cumplen con la normativa comunitaria, "esto puede suponer un considerable agravio económico para el Estado.

La letrada Ana I. Rodríguez defiende que el sistema que se aplica en España no protege a la víctima. Según aclara, el consorcio de compensación de seguros vigente en nuestro país no cubre aquellos casos donde el conductor ha utilizado su vehículo con la intención de matar; solo se incluyen aquellos casos donde el automovilista ha circulado, por ejemplo, sin carnet de conducir o bajo los efectos de las drogas o el alcohol. "Si yo cojo el vehículo como un arma y te atropello, no hay ninguna cobertura que se le dé a la víctima porque el consorcio dice que no lo cubre, porque la ley de contrato de seguro y toda la legislación que hay al respecto no cubre ese tipo de conducta dolosa. El consorcio no lo cubre y tampoco lo cubre el seguro", añade. 

Esto no ocurre, por ejemplo, en países como Alemania, Italia o Portugal donde el Estado tiene habilitado un fondo especial para este tipo de casos. Según explica Rodríguez, Alemania cuenta con el Fondo de Garantía Verkehrsopferhilfe con el que se dota a las víctimas de una compensación económica en situaciones donde no hay una aseguradora responsable que pueda cubrir los daños. En Italia se funciona bajo la garantía del Fondo de Garantía para las víctimas de la circulación (CONSAP); y en el país vecino, con el Fondo de Garantía Automóvel. 

Según explica el abogado Francisco Borge Larrañaga, este es un problema conocido por el Gobierno, puesto que desde hace al menos dos años se viene tramitando en el Congreso de los Diputados un proyecto de ley para reformar la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. El texto aún no cuenta con el visto bueno de las principales asociaciones de víctimas, ya que los diputados han presentado nuevas enmiendas sin contar con un grupo de trabajo que represente a las víctimas y al sector asegurador. 

Mientras las Cortes aprueban o no esta reforma legislativa, el TJUE podría emitir su veredicto sobre las indemnizaciones que reciben las víctimas de atropellos intencionados en nuestro país. Si finalmente, considera que se está incumpliendo la normativa europea, España tendría que diseñar una ley para cubrir dichas ayudas con pagos un 50% por encima, lo que supondría pagos de varios millones de euros. 

No obstante, según las voces consultadas, conseguir un efecto retroactivo en estos pagos sería una tarea complicada, puesto que la responsabilidad civil se rige por el principio de seguridad jurídica, que garantiza que las personas conozcan las consecuencias legales de sus actos en el momento en que los realizan. Según el artículo 2.3 del Código Civil, las leyes no se aplican a hechos pasados salvo que lo indiquen expresamente, y siempre que no perjudiquen derechos adquiridos. Esto evita injusticias, ya que aplicar nuevas normas a situaciones anteriores podría alterar de forma indebida las obligaciones o derechos de las partes involucradas.