Arriesgado y peligroso adelantamiento de un motociclista a un camión: ¿Qué multa le podría imponer la DGT?
A menudo, al circular por las carreteras españolas nos encontramos con situaciones en las que algunos conductores ponen en riesgo al resto de usuarios de la vía, como en el siguiente vídeo.

En los últimos años, es muy habitual encontrarnos con vídeos en las redes sociales donde es posible observar infracciones hacia la normativa de tráfico, por lo que la Dirección General de Tráfico las visualiza e investiga para dar con los conductores incumplidores.
Un ejemplo de ello, lo publicó @carlotti2.0 en su cuenta de TikTok, donde muestra un vídeo captado desde su cabina del camión en el que un motorista le adelanta de forma peligrosa, ya que pasa a escasos metros de otro tráiler que circulaba por el carril contrario. Por tanto, la DGT podría investigar las imágenes.
¿Qué sanción le podría caer a este motorista?
En este caso, la Dirección General de Tráfico podría investigar al conductor de la motocicleta por una supuesta conducción temeraria, debido a que el motorista pone en claro peligro a los dos camioneros. Por ejemplo, se observa como @carlotti2.0 tiene que frenar para dejar algo de margen al motorista en el adelantamiento.
En definitiva, la conducción temeraria está calificada por la DGT como una infracción muy grave, lo que supone una sanción de 500 euros con la detracción asociada de seis puntos del carnet de conducir. Además, puede incurrir en un delito contra la Seguridad Vial tipificado en el Código Penal.
Consecuencias penales de la conducción temeraria
El artículo 380 del Código Penal español especifica que "el que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años". Además, en caso de que dicha conducción supone un manifiesto desprecio por la vida de los demás, el castigo es mayor.
Consecuencias de la conducción temeraria con desprecio por la vida de los demás
Para ello hay que acudir al artículo 381, que precisa que el conductor "será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años, multa de doce a veinticuatro meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de seis a diez años".
Aunque, refleja también que "cuando no se hubiere puesto en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, las penas serán de prisión de uno a dos años, multa de seis a doce meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por el tiempo previsto en el párrafo anterior".