Qué es el nivel 3 de emergencias que solicitan tras el apagón ocho comunidades
Tras el histórico apagón eléctrico que ha afectado a toda la España peninsular, así como ha Portugal, hay cuatro comunidades autónomas que han solicitado la intervención del Estado a través de la declaración del nivel 3 de emergencia. Estas comunidades son Madrid, Extremadura, Andalucía, La Rioja, Galicia, Castilla-La Mancha, Murcia y Comunidad Valenciana, la mayoría gobernadas por dirigentes del Partido Popular. Un hecho, cuanto menos, llamativo, pues el presidente de la Comunidad Valenciana, el también popular, Carlos Mazón, se ha negó a solicitarlo tras el paso de la DANA que costó 228 vidas humanas, y miles de millones en pérdidas económicas. Pero qué es el nivel 3 de emergencia, tambien conocido como emergencias de interés nacional. Dicha emergencia se rige a través de lo estipulado en los artículos 28, 29 y 30 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. Una ley que fue aprobada durante la presidencia de otro popular, Mariano Rajoy. Según el artículo 28 de dicha ley, se consideran emergencias de interés nacional aquellas que requieran para la protección de personas y bienes la aplicación de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio. Aquellas en las que sea necesario prever la coordinación de Administraciones diversas porque afecten a varias Comunidades Autónomas y exijan una aportación de recursos a nivel supraautonómico. Y las que por sus dimensiones efectivas o previsibles requieran una dirección de carácter nacional. Sobre la declaración del nivel 3 de emergencia, dice el artículo 29 que, "corresponderá la declaración de interés nacional al titular del Ministerio del Interior, bien por propia iniciativa o a instancia de las Comunidades Autónomas o de los Delegados del Gobierno en las mismas". Y, en cuanto a los efectos, el artículo 30 expone que, "declarada la emergencia de interés nacional, el titular del Ministerio del Interior asumirá su dirección, que comprenderá la ordenación y coordinación de las actuaciones y la gestión de todos los recursos estatales, autonómicos y locales del ámbito territorial afectado, sin perjuicio de lo dispuesto en la ley para los estados de alarma, excepción y sitio, y en la normativa específica sobre seguridad nacional. El Ministro del Interior podrá, en función de la gravedad de la situación, requerir la colaboración de las diferentes Administraciones Públicas que cuenten con recursos movilizables, aunque la emergencia no afecte a su territorio". Por el momento, desde el Ministerio del Interior también se ha informado que, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska ya ha firmado las órdenes por las que se ha declarado la emergencia de interés nacional en aquellas comunidades que lo han solicitado.
Tras el histórico apagón eléctrico que ha afectado a toda la España peninsular, así como ha Portugal, hay cuatro comunidades autónomas que han solicitado la intervención del Estado a través de la declaración del nivel 3 de emergencia. Estas comunidades son Madrid, Extremadura, Andalucía, La Rioja, Galicia, Castilla-La Mancha, Murcia y Comunidad Valenciana, la mayoría gobernadas por dirigentes del Partido Popular. Un hecho, cuanto menos, llamativo, pues el presidente de la Comunidad Valenciana, el también popular, Carlos Mazón, se ha negó a solicitarlo tras el paso de la DANA que costó 228 vidas humanas, y miles de millones en pérdidas económicas. Pero qué es el nivel 3 de emergencia, tambien conocido como emergencias de interés nacional. Dicha emergencia se rige a través de lo estipulado en los artículos 28, 29 y 30 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. Una ley que fue aprobada durante la presidencia de otro popular, Mariano Rajoy. Según el artículo 28 de dicha ley, se consideran emergencias de interés nacional aquellas que requieran para la protección de personas y bienes la aplicación de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio. Aquellas en las que sea necesario prever la coordinación de Administraciones diversas porque afecten a varias Comunidades Autónomas y exijan una aportación de recursos a nivel supraautonómico. Y las que por sus dimensiones efectivas o previsibles requieran una dirección de carácter nacional. Sobre la declaración del nivel 3 de emergencia, dice el artículo 29 que, "corresponderá la declaración de interés nacional al titular del Ministerio del Interior, bien por propia iniciativa o a instancia de las Comunidades Autónomas o de los Delegados del Gobierno en las mismas". Y, en cuanto a los efectos, el artículo 30 expone que, "declarada la emergencia de interés nacional, el titular del Ministerio del Interior asumirá su dirección, que comprenderá la ordenación y coordinación de las actuaciones y la gestión de todos los recursos estatales, autonómicos y locales del ámbito territorial afectado, sin perjuicio de lo dispuesto en la ley para los estados de alarma, excepción y sitio, y en la normativa específica sobre seguridad nacional. El Ministro del Interior podrá, en función de la gravedad de la situación, requerir la colaboración de las diferentes Administraciones Públicas que cuenten con recursos movilizables, aunque la emergencia no afecte a su territorio". Por el momento, desde el Ministerio del Interior también se ha informado que, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska ya ha firmado las órdenes por las que se ha declarado la emergencia de interés nacional en aquellas comunidades que lo han solicitado.
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