La juez de la DANA insiste en que no se ha agotado la instrucción de la causa para imputar a Mazón
La jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja (Valencia), que investiga la gestión de la DANA del pasado 29 de octubre, ha vuelto a rechazar atribuir a la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, la condición de investigada en la causa. De la misma manera, ha descartado elevar una exposición razonada y trasladar las actuaciones al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para la imputación del 'president' de la Generalitat, Carlos Mazón. La magistrada responde así en un auto, de fecha de este lunes y al que ha tenido acceso Europa Press, a la petición formulada en este sentido por una acusación particular que alegaba que ninguno de los dos había solicitado la declaración de emergencia nacional por la DANA que el 29 de octubre dejó 228 víctimas mortales y daños multimillonarios en la provincia de Valencia. En el caso de Bernabé, la magistrada reitera lo sostenido en resoluciones previas: que la protección civil es competencia autonómica, según establecen el Estatuto de Autonomía y la ley autonómica 13/2010 "y la patente inactividad, conectada con los fallecimientos y lesiones del 29 de octubre, se produjo en el ámbito autonómico". En esta línea, incide en que la atribución de la condición de investigado "solo se puede sustentar en la existencia de un nexo causal entre la inactividad de quienes se atribuye la condición de investigados, su posición de garantes y los fallecimientos". Y subraya que, cuando la declaración de emergencia de interés nacional se realice a iniciativa del Ministerio del Interior, "se precisará, en todo caso, previa comunicación con la comunidad autónoma o comunidades autónomas afectadas, por medios que no perjudiquen la rapidez de la declaración y la eficacia de la respuesta pública". La magistrada recalca que ni se declaró estatalmente ni se propuso por la administración autonómica valenciana, de la que formaban parte los investigados Salomé Pradas y Emilio Argüeso, como consellera y secretario autonómico. Así, sostiene que existió consenso a nivel autonómico y central en que no procedía la declaración de emergencia nacional ni el día 29 de octubre ni en los días posteriores y tampoco se declaró la situación de emergencia catastrófica al amparo de lo dispuesto en el artículo 12.4 de la Ley Valenciana de Protección Civil, competencia que se atribuye al 'president' de la Generalitat Valenciana. En todo caso, mantiene que la declaración de emergencia nacional no era precisa para alertar a la población y que se adoptaran medidas de autoprotección y añade que el análisis de lo sucedido después del 29 de octubre no es objeto de este procedimiento. "Lo que se produjo en los días posteriores, la devastación de las poblaciones, la falta de recursos esenciales como luz, agua, teléfono, la tardanza en la ayuda es una cuestión distinta a aquello que se dilucida en el presente procedimiento", reitera. Continúa la instrucción en el juzgado de Catarroja Respecto a Mazón, la magistrada indica que no es procedente elevar una exposición razonada al TSJCV para...
La jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja (Valencia), que investiga la gestión de la DANA del pasado 29 de octubre, ha vuelto a rechazar atribuir a la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, la condición de investigada en la causa. De la misma manera, ha descartado elevar una exposición razonada y trasladar las actuaciones al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para la imputación del 'president' de la Generalitat, Carlos Mazón. La magistrada responde así en un auto, de fecha de este lunes y al que ha tenido acceso Europa Press, a la petición formulada en este sentido por una acusación particular que alegaba que ninguno de los dos había solicitado la declaración de emergencia nacional por la DANA que el 29 de octubre dejó 228 víctimas mortales y daños multimillonarios en la provincia de Valencia. En el caso de Bernabé, la magistrada reitera lo sostenido en resoluciones previas: que la protección civil es competencia autonómica, según establecen el Estatuto de Autonomía y la ley autonómica 13/2010 "y la patente inactividad, conectada con los fallecimientos y lesiones del 29 de octubre, se produjo en el ámbito autonómico". En esta línea, incide en que la atribución de la condición de investigado "solo se puede sustentar en la existencia de un nexo causal entre la inactividad de quienes se atribuye la condición de investigados, su posición de garantes y los fallecimientos". Y subraya que, cuando la declaración de emergencia de interés nacional se realice a iniciativa del Ministerio del Interior, "se precisará, en todo caso, previa comunicación con la comunidad autónoma o comunidades autónomas afectadas, por medios que no perjudiquen la rapidez de la declaración y la eficacia de la respuesta pública". La magistrada recalca que ni se declaró estatalmente ni se propuso por la administración autonómica valenciana, de la que formaban parte los investigados Salomé Pradas y Emilio Argüeso, como consellera y secretario autonómico. Así, sostiene que existió consenso a nivel autonómico y central en que no procedía la declaración de emergencia nacional ni el día 29 de octubre ni en los días posteriores y tampoco se declaró la situación de emergencia catastrófica al amparo de lo dispuesto en el artículo 12.4 de la Ley Valenciana de Protección Civil, competencia que se atribuye al 'president' de la Generalitat Valenciana. En todo caso, mantiene que la declaración de emergencia nacional no era precisa para alertar a la población y que se adoptaran medidas de autoprotección y añade que el análisis de lo sucedido después del 29 de octubre no es objeto de este procedimiento. "Lo que se produjo en los días posteriores, la devastación de las poblaciones, la falta de recursos esenciales como luz, agua, teléfono, la tardanza en la ayuda es una cuestión distinta a aquello que se dilucida en el presente procedimiento", reitera. Continúa la instrucción en el juzgado de Catarroja Respecto a Mazón, la magistrada indica que no es procedente elevar una exposición razonada al TSJCV para...
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