La firma líder en juguetes eróticos lleva al Tribunal Supremo la apropiación de 7.000 vaginas de goma

Fleshlight Internacional tiene su sede en la localidad sevillana de Dos Hermanas.

Mar 30, 2025 - 14:46
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La firma líder en juguetes eróticos lleva al Tribunal Supremo la apropiación de 7.000 vaginas de goma

La firma Fleshlight Internacional, una de las empresas líderes mundiales en el negocio del juguete erótico con sede en Dos Hermanas, ha anunciado un recurso ante el Supremo contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla que condenó a dos exdirectivos por apropiarse indebidamente de más de 7.000 vaginas de goma.

El tribunal sevillano, según la sentencia de la Sección Séptima, condenó a cinco y cuatro meses de prisión, respectivamente, a dos exdirectivos de esta firma por llevarse de las instalaciones miles de unidades de un juguete sexual que imita los genitales femeninos.

La mercantil afectada considera que esta sentencia condenatoria no es suficiente y, en el anuncio del recurso de casación ante el Tribunal Supremo, traslada que el fallo no resulta a su juicio ajustado a derecho y es contrario a los intereses de la empresa por motivos como quebrantamientos de forma e infracciones de ley y de precepto constitucional.

La sentencia recurrida recogía como hechos probados que los acusados, ambos responsables del Departamento de Producción de la empresa Fleshlight, se "pusieron de acuerdo" para hacerse con 22 palés de productos de la empresa, unos hechos que se remontan a 2012.

A mediados del cuarto trimestre de dicho año, el administrador de la empresa, Steven Allen Shubin, había encargado una auditoría interna y tomó la decisión de prescindir de los dos acusados, que llevaron los palés a una nave de Seseña (Toledo), donde fueron guardados por los responsables de esa nave "en concepto de depósito temporal".

No obstante, uno de los acusados se quedó con 2.160 unidades, que guardó en su domicilio.

Ambos condenados borraron los inventarios en los que constaba esta mercancía, con 360 unidades en cada palé y un valor total superior a 32.200 euros.

El 23 de enero de 2013, mediante un burofax, ambos comunicaron los hechos y la ubicación de toda la mercancía, que fue llevada de nuevo a la central de la empresa, aunque nunca apareció la que estaba en un domicilio particular.

Por todo ello, además de otras absoluciones, uno de los acusados fue condenado a cinco meses y medio de prisión, y el otro a cuatro meses por delitos de apropiación indebida con las circunstancias atenuantes de reparación del daño y de dilaciones indebidas, así como a abonar a la empresa aseguradora Reale 11.500 euros.