Fiscalía asevera que la responsable de avisar a la población el día de la DANA era Salomé Pradas y exculpa a Pilar Bernabé
El fiscal de la causa de la DANA, Cristobal Melgarejo, no ha podido ser más claro ante el recurso presentado por el abogado de la exconsellera de Emergencias de Carlos Mazón el día de la catástrofe, Salomé Pradas. Asegura el titular del Ministerio Público que la responsable ese día, es decir, la que debía haber alertado en tiempo y forma a los ciudadanos era Pradas. Pero, es más, como ya lleva meses haciendo la magistrada del caso que investiga 228 muertes por negligencia, Nuria Ruíz Tobarra, el fiscal deja fuera de cualquier responsabilidad penal a la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé. Así, según consta en el escrito remitido al Juzgado de Catarroja Número 3 por el fiscal, y al que ha tenido acceso ElPlural.com, "en atención a lo expuesto anteriormente, y previo examen de la documentación aportada a la causa por la Conselleria de Emergencias e Interior de la Generalitat Valenciana concerniente a la información remitida al Centro de Coordinación de Emergencias, entre los días 26 a 30 de octubre de 2024, por la Agencia Estatal de Meteorología y por la Confederación Hidrográfica del Júcar, y a los avisos emitidos, las alertas activadas y las situaciones de emergencia declaradas por el primero de los citados organismos, cabe concluir que la titular de la mencionada conselleria, en su condición de directora del plan especial frente al riesgo de inundaciones, declaró la situación de emergencia dos, y, por ende, le competía la dirección de dicho plan, y, consustancialmente, la función de determinar las medidas de protección a la población que debían adoptarse". Pilar Bernabé no tenía responsabilidad ese día Por tanto, "el cometido de la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé, al no ser declarada la situación de emergencia de interés nacional, era de estricta coordinación de la administración estatal con la autonómica, sin que, respecto al resultado generado -fallecimientos o lesiones de personas como consecuencia de las inundaciones descritas anteriormente-, y al no hallarse en la posición de garante ni tener un dominio funcional del riesgo, pueda imputársele, desde la perspectiva del principio de culpabilidad que rige el derecho penal, la falta de adopción de decisiones que hubieren evitado o atenuado el referido resultado", prosigue diciendo el fiscal. Súmate a Apoya nuestro trabajo. Navega sin publicidad. Entra a todos los contenidos. hazte socio
El fiscal de la causa de la DANA, Cristobal Melgarejo, no ha podido ser más claro ante el recurso presentado por el abogado de la exconsellera de Emergencias de Carlos Mazón el día de la catástrofe, Salomé Pradas. Asegura el titular del Ministerio Público que la responsable ese día, es decir, la que debía haber alertado en tiempo y forma a los ciudadanos era Pradas. Pero, es más, como ya lleva meses haciendo la magistrada del caso que investiga 228 muertes por negligencia, Nuria Ruíz Tobarra, el fiscal deja fuera de cualquier responsabilidad penal a la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé. Así, según consta en el escrito remitido al Juzgado de Catarroja Número 3 por el fiscal, y al que ha tenido acceso ElPlural.com, "en atención a lo expuesto anteriormente, y previo examen de la documentación aportada a la causa por la Conselleria de Emergencias e Interior de la Generalitat Valenciana concerniente a la información remitida al Centro de Coordinación de Emergencias, entre los días 26 a 30 de octubre de 2024, por la Agencia Estatal de Meteorología y por la Confederación Hidrográfica del Júcar, y a los avisos emitidos, las alertas activadas y las situaciones de emergencia declaradas por el primero de los citados organismos, cabe concluir que la titular de la mencionada conselleria, en su condición de directora del plan especial frente al riesgo de inundaciones, declaró la situación de emergencia dos, y, por ende, le competía la dirección de dicho plan, y, consustancialmente, la función de determinar las medidas de protección a la población que debían adoptarse". Pilar Bernabé no tenía responsabilidad ese día Por tanto, "el cometido de la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé, al no ser declarada la situación de emergencia de interés nacional, era de estricta coordinación de la administración estatal con la autonómica, sin que, respecto al resultado generado -fallecimientos o lesiones de personas como consecuencia de las inundaciones descritas anteriormente-, y al no hallarse en la posición de garante ni tener un dominio funcional del riesgo, pueda imputársele, desde la perspectiva del principio de culpabilidad que rige el derecho penal, la falta de adopción de decisiones que hubieren evitado o atenuado el referido resultado", prosigue diciendo el fiscal. Súmate a Apoya nuestro trabajo. Navega sin publicidad. Entra a todos los contenidos. hazte socio
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