El Supremo obliga a los bancos a reponer el dinero de los estafados por ‘phishing’
La Sentencia del Alto Tribunal da la razón a un cliente de Ibercaja al que robaron más de 83.000 euros


El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que establece que si un cliente ha sufrido una estafa de phishing u otro engaño similar, las entidades bancarias deberán reponer el dinero sustraído en cuanto tengan conocimiento del delito, salvo en algunas circunstancias concretas.
Qué es el phishing. Como te explicamos en Newtral.es, se trata de una técnica en la que el estafador envía un correo electrónico a una persona simulando ser una red social, banco o institución pública con el objetivo de robarle información privada, realizarle un cargo económico o infectar su dispositivo.
Contexto. La sentencia del Alto Tribunal, a la que ha tenido acceso Newtral.es, desestima un recurso de casación presentado por el banco Ibercaja contra un fallo emitido por la Audiencia de Zaragoza en noviembre de 2022.
- El juez de la audiencia provincial dio la razón a un cliente de este banco que sufrió varias retiradas de efectivo y pagos con su tarjeta por un importe de más de 83.000 euros sin que hubiera autorizado ninguna de ellas y habiéndose dirigido a la entidad financiera de forma inmediata para denunciar lo ocurrido.
- El afectado, a través de Ibercaja, consiguió recuperar unos 27.000 euros, pero acudió a los tribunales para exigir que la entidad le devolviera el resto del dinero estafado.
La decisión del Supremo. El Alto Tribunal señala que en estos casos es el banco el que debe “responder del reintegro de las cantidades dispuestas de forma fraudulenta”.
- El cliente estafado solo deberá responder ante lo ocurrido en caso de que haya actuado por negligencia grave o de forma fraudulenta. “Un ejemplo sería el guardar las credenciales usadas para la autorización de una operación de pago junto al instrumento de pago, en un formato abierto y fácilmente detectable para terceros”, señala la sentencia.
- Además, el Supremo recuerda que el usuario debe notificar a su banco cualquier movimiento sospechoso de estafa.
- El Supremo indica que es el banco el que debe demostrar que el cliente ha actuado con negligencia. En caso de no poder aportar pruebas, deberá ingresar al estafado el dinero sustraído.
- Además, para dar garantías al usuario, el banco debería contar con sistemas de seguridad capaces de detectar anomalías en los movimientos de sus usuarios, así como de bloquear o verificar operaciones de alto riesgo.
- Tribunal Supremo
- Organización de Consumidores y Usuarios (OCU)