Cuánto cuesta cambiar de nombre un coche y qué documentos necesitas

El plazo máximo para hacer el trámite es de 30 días desde la firma del contrato de compraventaLas motos ruidosas tienen los días contados y la UE acaba de firmar su sentencia definitiva Cambiar de nombre un coche es obligatorio siempre que se produce un cambio en la titularidad del vehículo, ya sea por compraventa, herencia, donación, divorcio o fin de un contrato de leasing. Aunque el proceso puede parecer sencillo, implica varios pasos, costes y condiciones que conviene conocer antes de iniciar el trámite, para evitar errores que puedan traer consecuencias legales. En general, es el comprador quien asume el coste del cambio de titularidad, aunque las partes pueden acordar otra cosa. El plazo máximo para hacer el trámite es de 30 días desde la firma del contrato de compraventa. Por su parte, el vendedor está obligado a comunicar la transmisión a la DGT en un plazo de 10 días, con el fin de quedar exento de responsabilidades futuras. No cambiar el nombre del coche implica riesgos: multas que seguirán llegando al anterior titular, problemas para renovar la ITV, asegurar el vehículo o venderlo más adelante, y complicaciones legales si hay un accidente. Cuánto cuesta cambiar de nombre un coche El coste del trámite depende de varios factores. Por un lado, está la tasa fija que cobra la DGT: 55,70 euros para turismos y 27,85 euros para ciclomotores. A esto hay que sumar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que se paga en la comunidad autónoma del comprador y oscila entre el 4% y el 8% del valor del vehículo según las tablas oficiales del Ministerio de Hacienda. En Madrid, por ejemplo, se aplica un 4%, mientras que en la Comunidad Valenciana puede llegar al 6%. Si el trámite se realiza a través de una gestoría, hay que sumar entre 100 y 200 euros adicionales por los honorarios. En este caso, la gestoría se encarga de reunir la documentación, presentar los formularios y realizar el cambio sin que el comprador tenga que desplazarse a la Jefatura de Tráfico. Documentación necesaria Para realizar el trámite, se requiere el contrato de compraventa, el DNI del comprador y del vendedor, la ficha técnica con la ITV en vigor, el permiso de circulación, el justificante del pago del ITP y el resguardo de la tasa de Tráfico. Además, si el vehículo tiene cargas o está sujeto a una reserva de dominio (por ejemplo, por un préstamo), deberá haberse cancelado antes de iniciar el proceso. El trámite puede hacerse presencialmente en una Jefatura Provincial de Tráfico o por internet, a través de la sede electrónica de la DGT, con certificado digital o sistema Cl@ve. Casos especiales: herencia, donación o divorcio Cuando el cambio de titularidad no se produce por compraventa, sino por herencia, donación o divorcio, es necesario aportar documentación adicional. En el caso de una herencia, por ejemplo, se necesita el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, el testamento o declaración de herederos, la aceptación de la herencia y el pago del Impuesto de Sucesiones. Para donaciones, se exige el documento firmado por ambas partes donde conste la cesión gratuita del vehículo. En todos los casos, el vehículo debe estar dado de alta, sin sanciones, con el impuesto de circulación del año anterior abonado y con la ITV en vigor. Gestoría física, online o tramitación directa El cambio de nombre se puede realizar directamente con la DGT, en persona o por internet, o delegar la gestión en una gestoría física o digital. Las gestorías online permiten realizar todo el proceso sin desplazamientos, pero requieren enviar por correo o digitalizar la documentación y firmar autorizaciones por ambas partes. En compraventas profesionales, como concesionarios o empresas de automoción, el cambio de nombre lo gestiona directamente el vendedor, y el comprador solo debe firmar y entregar la documentación requerida. Si se entrega el coche a un profesional para su venta posterior, el vehículo pasa a situación de baja temporal, y se debe abonar una tasa específica. Consejos antes de hacer el cambio Antes de iniciar el trámite, es recomendable comprobar que el coche no tiene multas pendientes ni embargos, solicitar un informe reducido gratuito en la DGT y verificar que está libre de cargas. Si se realiza una compraventa entre particulares, conviene que ambas partes acudan juntas a presentar la documentación para evitar errores o retrasos. La opción más económica es hacer el trámite directamente con Tráfico, pero si se busca comodidad o se desconoce el procedimiento, contar con una gestoría puede ahorrar tiempo y complicaciones.

Abr 22, 2025 - 10:28
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Cuánto cuesta cambiar de nombre un coche y qué documentos necesitas

Cuánto cuesta cambiar de nombre un coche y qué documentos necesitas

El plazo máximo para hacer el trámite es de 30 días desde la firma del contrato de compraventa

Las motos ruidosas tienen los días contados y la UE acaba de firmar su sentencia definitiva

Cambiar de nombre un coche es obligatorio siempre que se produce un cambio en la titularidad del vehículo, ya sea por compraventa, herencia, donación, divorcio o fin de un contrato de leasing. Aunque el proceso puede parecer sencillo, implica varios pasos, costes y condiciones que conviene conocer antes de iniciar el trámite, para evitar errores que puedan traer consecuencias legales.

En general, es el comprador quien asume el coste del cambio de titularidad, aunque las partes pueden acordar otra cosa. El plazo máximo para hacer el trámite es de 30 días desde la firma del contrato de compraventa. Por su parte, el vendedor está obligado a comunicar la transmisión a la DGT en un plazo de 10 días, con el fin de quedar exento de responsabilidades futuras. No cambiar el nombre del coche implica riesgos: multas que seguirán llegando al anterior titular, problemas para renovar la ITV, asegurar el vehículo o venderlo más adelante, y complicaciones legales si hay un accidente.

Cuánto cuesta cambiar de nombre un coche

El coste del trámite depende de varios factores. Por un lado, está la tasa fija que cobra la DGT: 55,70 euros para turismos y 27,85 euros para ciclomotores. A esto hay que sumar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que se paga en la comunidad autónoma del comprador y oscila entre el 4% y el 8% del valor del vehículo según las tablas oficiales del Ministerio de Hacienda. En Madrid, por ejemplo, se aplica un 4%, mientras que en la Comunidad Valenciana puede llegar al 6%.

Si el trámite se realiza a través de una gestoría, hay que sumar entre 100 y 200 euros adicionales por los honorarios. En este caso, la gestoría se encarga de reunir la documentación, presentar los formularios y realizar el cambio sin que el comprador tenga que desplazarse a la Jefatura de Tráfico.

Documentación necesaria

Para realizar el trámite, se requiere el contrato de compraventa, el DNI del comprador y del vendedor, la ficha técnica con la ITV en vigor, el permiso de circulación, el justificante del pago del ITP y el resguardo de la tasa de Tráfico. Además, si el vehículo tiene cargas o está sujeto a una reserva de dominio (por ejemplo, por un préstamo), deberá haberse cancelado antes de iniciar el proceso. El trámite puede hacerse presencialmente en una Jefatura Provincial de Tráfico o por internet, a través de la sede electrónica de la DGT, con certificado digital o sistema Cl@ve.

Casos especiales: herencia, donación o divorcio

Cuando el cambio de titularidad no se produce por compraventa, sino por herencia, donación o divorcio, es necesario aportar documentación adicional. En el caso de una herencia, por ejemplo, se necesita el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, el testamento o declaración de herederos, la aceptación de la herencia y el pago del Impuesto de Sucesiones. Para donaciones, se exige el documento firmado por ambas partes donde conste la cesión gratuita del vehículo. En todos los casos, el vehículo debe estar dado de alta, sin sanciones, con el impuesto de circulación del año anterior abonado y con la ITV en vigor.

Gestoría física, online o tramitación directa

El cambio de nombre se puede realizar directamente con la DGT, en persona o por internet, o delegar la gestión en una gestoría física o digital. Las gestorías online permiten realizar todo el proceso sin desplazamientos, pero requieren enviar por correo o digitalizar la documentación y firmar autorizaciones por ambas partes.

En compraventas profesionales, como concesionarios o empresas de automoción, el cambio de nombre lo gestiona directamente el vendedor, y el comprador solo debe firmar y entregar la documentación requerida. Si se entrega el coche a un profesional para su venta posterior, el vehículo pasa a situación de baja temporal, y se debe abonar una tasa específica.

Consejos antes de hacer el cambio

Antes de iniciar el trámite, es recomendable comprobar que el coche no tiene multas pendientes ni embargos, solicitar un informe reducido gratuito en la DGT y verificar que está libre de cargas. Si se realiza una compraventa entre particulares, conviene que ambas partes acudan juntas a presentar la documentación para evitar errores o retrasos. La opción más económica es hacer el trámite directamente con Tráfico, pero si se busca comodidad o se desconoce el procedimiento, contar con una gestoría puede ahorrar tiempo y complicaciones.

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