Condenan a 17 años al preso marroquí de la cárcel de Morón que ahorcó a su compañero de celda por fumar

La Audiencia de Sevilla ha condenado a 17 años de cárcel al preso marroquí de la cárcel de Morón de la Frontera (Sevilla) que un jurado popular declaró culpable de asesinar a su compañero de celda estrangulándolo y ahorcándolo con un cordón. El tribunal le impone también una indemnización de 258.000 euros a la familia de … Continuar leyendo "Condenan a 17 años al preso marroquí de la cárcel de Morón que ahorcó a su compañero de celda por fumar"

Mar 26, 2025 - 14:38
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Condenan a 17 años al preso marroquí de la cárcel de Morón que ahorcó a su compañero de celda por fumar

La Audiencia de Sevilla ha condenado a 17 años de cárcel al preso marroquí de la cárcel de Morón de la Frontera (Sevilla) que un jurado popular declaró culpable de asesinar a su compañero de celda estrangulándolo y ahorcándolo con un cordón. El tribunal le impone también una indemnización de 258.000 euros a la familia de la víctima que, en caso de no poder pagarla, deberá afrontar el Estado.

En el juicio celebrado en febrero, el acusado, O. E. K., de 29 años y en situación administrativa irregular de residencia en España, reconoció los hechos. Según declaró, aquella tarde estaba viendo la televisión mientras su compañero, recién llegado, fumaba tabaco. «No quería fumadores en la celda», dijo. Relató que discutieron y se enzarzaron en una pelea: «Pasó lo que pasó, tenía que defenderme». Habló del ambiente «hostil» en la cárcel de Morón, donde se había peleado ya unas «20 veces», pero nunca con intención de asesinar: «Yo no mato por la espalda», alegó. Paradójicamente, el acusado explicó que a raíz de los hechos arrastra «secuelas» y ahora es él quien se ha «echado a fumar».

En la sentencia, el tribunal sevillano condena a O. E. K. por un delito de asesinato con la circunstancia atenuante de confesión. El acusado tenía múltiples incidencias en el centro y su trayectoria en distintas prisiones auguraba «una cierta peligrosidad», según el fallo.

En su veredicto, el jurado consideró probado que los hechos se produjeron el 28 de febrero de 2023, en el módulo cinco de la prisión. Una vez finalizada la comida de mediodía, el acusado subió a la celda que compartía en ese momento con la víctima. Sobre las 15:30 horas, aprovechando que su compañero se encontraba sentado en una silla de espaldas, se aproximó por detrás y se abalanzó sobre él «de forma súbita y sorpresiva». Le apretó el cuello con las manos y brazos ejerciendo presión, y también usó un cordón a modo de lazo para asfixiarlo. Una vez inconsciente en el suelo, le anudó el cordón al cuello por un extremo y a la barra de la litera por el otro, y lo ahorcó.

El jurado consideró probado que la víctima no tuvo posibilidad de defenderse ni de huir, ya que en ese momento estaba activado el cierre automático de las puertas de las celdas y el ataque letal se produjo de forma «sorpresiva y repentina».

Responsabilidad del Estado

Además de los 17 años de prisión, la Audiencia de Sevilla le impone el pago de una indemnización de 257.809 euros a la familia de la víctima (E. V. P., español de 31 años) por el daño moral producido, y considera responsable civil subsidiario a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, órgano dependiente del Ministerio del Interior. Es decir, en caso de impago, la cantidad deberá ser asumida por el Estado, como habían solicitado las acusaciones particulares.

El preso marroquí acumulaba un gran número de incidencias en el centro penitenciario sevillano y una dilatada trayectoria de traslados. Estas circunstancias, subraya la Audiencia, podrían sugerir «algún atisbo de agresividad», por lo que Instituciones Penitenciarias debe asumir su responsabilidad por no tomar medidas.

El tribunal sostiene que el centro penitenciario tiene el deber de salvaguardar la vida e integridad física de los internos. Concretamente, señala que el centro tiene la «inexcusable función» de garantizar la custodia del interno y su indemnidad mientras permanece en prisión.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).