Adiós a la pensión por fallecimiento: el Gobierno confirmó que dará de baja a este grupo de personas
ANSES explicó que algunos beneficiarios que cobren el acompañamiento económico podrían quedarse sin el beneficio.

La pensión por fallecimiento de un trabajador de ANSES se otorga a los familiares para acompañarlos económicamente ante la dura pérdida. Sin embargo, el Gobierno informó que un grupo de personas podría dejar de cobrarlo en mayo de 2025.
En los casos en que un trabajador muere, existe la posibilidad de que el organismo previsional le otorgue esta asistencia a su cónyuge, conviviente o hijos del fallecido. Ahora bien, para no ser dados de baja, deberán cumplir ciertos requisitos.
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Chau pensión por fallecimiento de ANSES: ¿a quién se la sacan?
De acuerdo a la página de ANSES, el Gobierno dará de baja la pensión por fallecimiento a trabajadores que no hayan cumplido las siguientes condiciones:
- Registrar 30 años de aportes para el régimen común.
- Como aportante regular:
- tener aportes 30 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su muerte.
- Como aportante irregular:
- tener aportes 18 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
- dentro de los últimos 60 meses antes de su fallecimiento, haber aportado 12 meses y tener la mitad del total de años exigidos por el régimen ordinario o diferencial. Pueden regularizar los años faltantes con alguna de las Moratorias Previsionales.

Pensión por fallecimiento de ANSES: ¿quién la puede solicitar?
Aparte del trabajador, los solicitantes también deben contar con determinados requisitos para solicitar la pensión por fallecimiento de ANSES:
- Hijo: tener menos de 18 años, estar soltero y no cobrar otra prestación. Si se encuentra incapacitado para trabajar y estuvo a cargo del trabajador fallecido, no hay límite de edad.
- Cónyuge: deben tener partida de casamiento actualizada (posterior a la fecha de fallecimiento).
- Conviviente: tener al menos 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tuvieron un hijo, el plazo se reduce a 2 años.
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Pensión por fallecimiento de ANSES: ¿cómo pedirla y qué documentos necesito?
Los solicitantes deben tener esta documentación para asistir a ANSES:
Del trabajador fallecido
Trabajador autónomo: Formularios 558/A, 558/B y 558/C de ARCA (ex AFIP). Originales y copias de los pagos autónomos y monotributistas.
En relación de dependencia: Formularios PS.6.2, PS.6.1 y PS.5.7. Si se desempeñó como personal de casas particulares, además, se deberá presentar: recibos de sueldos, ticket de aportes, Declaración Jurada Régimen Especial.
Del solicitante
- Hijo huérfano: original y copia de tutoría o curatela.
- Cónyuge o conviviente: DNI y formularios PS.6.284 y PS.6.9.
- Hijos incapacitados para trabajar: original y copia de certificado de alumno regular, estudios, diagnósticos y certificados médicos que acrediten la incapacidad a la fecha del fallecimiento del trabajador. Formularios PS.6.9, PS.6.12 y PS.6.13.
Hacer el trámite
- Ingresar a mi ANSES con el CUIL y Clave de Seguridad Social
- Deben contar con el número de CUIL del fallecido
- Controlar que esté correcta la información personal y también vínculos familiares
- Tendrán que sacar turno por la página y acercarse a la sucursal elegida con la documentación correspondiente.