¿Quién paga las reparaciones de una casa alquilada?

Tanto si vives de alquiler como si tienes una segunda vivienda como propietaria que alquilas, seguro que muchas veces te has preguntado: ¿Quién se encarga de pagar un grifo roto? ¿Y la caldera? Es normal tener dudas sobre este tipo de reparaciones muy habituales y la respuesta va a variar, y habrá cosas que tenga que pagar el inquilino y, otras veces, la propiedad. ¿Quién paga las reparaciones de una casa alquilada? ¿Inquilino o propietario?“En la Ley de Arrendamientos Urbanos, el artículo 21 regula las obligaciones de la propiedad y la parte inquilina en el momento de realizar obras de conservación y de mantenimiento”, explica Sonia Sánchez, abogada de ARAG. Según este artículo: Las obras de conservación y las reparaciones le corresponden a la propiedad, ya que tiene la obligación de mantener la habitabilidad de la vivienda. Las obras de mantenimiento y sus reparaciones le corresponden al inquilino o inquilina por el uso ordinario de los elementos que forman parte de la vivienda alquilada, por el mal uso de las instalaciones o lo que el artículo señala como pequeñas reparaciones.Con esta descripción puede haber dudas de qué es conservación y qué es mantenimiento, por lo que vamos a revisar quién paga qué.Lo que debe pagar la propiedad“Según el Tribunal Supremo, son reparaciones necesarias o de conservación las que son indispensables para mantener la vivienda en uso y las impuestas por la autoridad competente”, indica Sonia Sánchez. Algunos ejemplos son: La renovación o sustitución de instalaciones de agua y desagüe Las instalaciones de gas y electricidadLa supresión de goterasLa reparación del tejado para evitar filtracionesLas necesarias en puertas y ventanas para que la vivienda esté cerrada y se facilite la seguridad de las personas que residan en ella“Eso sí, son obligatorias para la propiedad, siempre que la causa no sea provocada por un mal uso del inquilino, quien deberá demostrar que no ha sido culpable”, advierte Sonia Sánchez.Si los daños vienen ocasionados por un elemento común de la Comunidad de Propietarios, la propiedad deberá asumir la reparación o realizar la reclamación a la Comunidad. Únete a nuestro canal de Whatsapp y descubre nuevas ideas muy El Mueble para tu casa. Lo que debe pagar la parte inquilinaComo hemos comentado antes, el mantenimiento ordinario de la vivienda, así como las pequeñas reparaciones, le corresponden a la parte inquilina. Es decir, todo aquello que se estropee por el uso ordinario: Grifos, cisterna del inodoro o sellado de bañerasPersianas y sus cintasCerradurasAtascos en tuberíasRotura de cristales y vidrios de puertas y ventanasPuertas de armarios de cocina; Sustitución del colchón o del somier Caldera por un mal uso Agujeros en las paredes o pintura en mal estado Electrodomésticos estropeados por un mal uso Enchufes sueltosPlagasCambio de bombillas¿Qué se considera pequeña reparación?“Dado que la ley no especifica claramente qué se considera pequeña reparación, los Tribunales han establecido dos criterios”, indica Sonia Sánchez. Son estos:Duración del contrato. Si se estropea algo en los primeros meses del contrato de alquiler, lo repara la propiedad. Después ya se presume que se ha producido un mal uso y, por tanto, la parte inquilina tendría que demostrar lo contrario para que asuma la reparación la propiedad.Coste de la reparación. Que no supere los 150€ o que el coste no supere el 50% de valor del bien nuevo.También hay que tener en cuenta si el bien es nuevo o ya está usado. En el primer caso, habría que demostrar que es un defecto de fábrica para que el inquilino o inquilina no tuviera que repararlo. Si no, se considerará que se ha producido un mal uso. En el caso de bienes ya usados y que finalizan su vida útil, le corresponderá a la propiedad.Si quieres estar al día de todo lo que publicamos en www.elmueble.com, suscríbete a nuestra newsletter.¡Contenido exclusivo! Hazte con este ebook gratis “100 trucos fáciles de orden” para tener tu casa siempre a punto con los mejores consejos.

Abr 5, 2025 - 15:42
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¿Quién paga las reparaciones de una casa alquilada?

Tanto si vives de alquiler como si tienes una segunda vivienda como propietaria que alquilas, seguro que muchas veces te has preguntado: ¿Quién se encarga de pagar un grifo roto? ¿Y la caldera? Es normal tener dudas sobre este tipo de reparaciones muy habituales y la respuesta va a variar, y habrá cosas que tenga que pagar el inquilino y, otras veces, la propiedad. 

¿Quién paga las reparaciones de una casa alquilada? ¿Inquilino o propietario?

“En la Ley de Arrendamientos Urbanos, el artículo 21 regula las obligaciones de la propiedad y la parte inquilina en el momento de realizar obras de conservación y de mantenimiento”, explica Sonia Sánchez, abogada de ARAG. Según este artículo: 

  • Las obras de conservación y las reparaciones le corresponden a la propiedad, ya que tiene la obligación de mantener la habitabilidad de la vivienda. 
  • Las obras de mantenimiento y sus reparaciones le corresponden al inquilino o inquilina por el uso ordinario de los elementos que forman parte de la vivienda alquilada, por el mal uso de las instalaciones o lo que el artículo señala como pequeñas reparaciones.

Con esta descripción puede haber dudas de qué es conservación y qué es mantenimiento, por lo que vamos a revisar quién paga qué.

Lo que debe pagar la propiedad

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“Según el Tribunal Supremo, son reparaciones necesarias o de conservación las que son indispensables para mantener la vivienda en uso y las impuestas por la autoridad competente”, indica Sonia Sánchez. Algunos ejemplos son: 

  • La renovación o sustitución de instalaciones de agua y desagüe 
  • Las instalaciones de gas y electricidad
  • La supresión de goteras
  • La reparación del tejado para evitar filtraciones
  • Las necesarias en puertas y ventanas para que la vivienda esté cerrada y se facilite la seguridad de las personas que residan en ella

“Eso sí, son obligatorias para la propiedad, siempre que la causa no sea provocada por un mal uso del inquilino, quien deberá demostrar que no ha sido culpable”, advierte Sonia Sánchez.

Si los daños vienen ocasionados por un elemento común de la Comunidad de Propietarios, la propiedad deberá asumir la reparación o realizar la reclamación a la Comunidad. 

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Lo que debe pagar la parte inquilina

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Como hemos comentado antes, el mantenimiento ordinario de la vivienda, así como las pequeñas reparaciones, le corresponden a la parte inquilina. Es decir, todo aquello que se estropee por el uso ordinario

  • Grifos, cisterna del inodoro o sellado de bañeras
  • Persianas y sus cintas
  • Cerraduras
  • Atascos en tuberías
  • Rotura de cristales y vidrios de puertas y ventanas
  • Puertas de armarios de cocina; 
  • Sustitución del colchón o del somier 
  • Caldera por un mal uso 
  • Agujeros en las paredes o pintura en mal estado 
  • Electrodomésticos estropeados por un mal uso 
  • Enchufes sueltos
  • Plagas
  • Cambio de bombillas

¿Qué se considera pequeña reparación?

“Dado que la ley no especifica claramente qué se considera pequeña reparación, los Tribunales han establecido dos criterios”, indica Sonia Sánchez. Son estos:

  • Duración del contrato. Si se estropea algo en los primeros meses del contrato de alquiler, lo repara la propiedad. Después ya se presume que se ha producido un mal uso y, por tanto, la parte inquilina tendría que demostrar lo contrario para que asuma la reparación la propiedad.
  • Coste de la reparación. Que no supere los 150€ o que el coste no supere el 50% de valor del bien nuevo.

También hay que tener en cuenta si el bien es nuevo o ya está usado. En el primer caso, habría que demostrar que es un defecto de fábrica para que el inquilino o inquilina no tuviera que repararlo. Si no, se considerará que se ha producido un mal uso. En el caso de bienes ya usados y que finalizan su vida útil, le corresponderá a la propiedad.

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