
En el ámbito laboral, la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (en adelante, LO 1/2025) desarrolla medidas de carácter organizativo, procedimental y sustantivo, y lo hace esencialmente modificando la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LJS) y el Estatuto de los Trabajadores (ET), sin perjuicio de otra serie de reformas que podrían considerarse «menores». La reforma organizativa, que es común a otros ámbitos jurisdiccionales, tal y como se ha analizado en otros posts de esta misma serie de nuestro blog, se concreta en la creación de una sección especializada de lo social en los nuevos tribunales de instancia, con sede, en principio, en la capital de cada provincia y con jurisdicción en toda ella, y que conocerá sobre las materias propias de esta jurisdicción en primera o única instancia, sin perjuicio de la muy trascendente atribución de competencias que se establece en favor de las secciones de lo mercantil respecto a las cuestiones de índole laboral cuando medie concurso de acreedores. Todo ello se cohonesta con la adecuación en la LOPJ del correspondiente ámbito de conocimiento jurisdiccional por parte de las […]