¿Está tu software de facturación certificado y adaptado a la Ley Antifraude? Claves para comprobarlo

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May 5, 2025 - 11:07
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¿Está tu software de facturación certificado y adaptado a la Ley Antifraude? Claves para comprobarlo

Con la entrada en vigor de la Ley Antifraude, usar un software de facturación certificado será obligatorio para miles de asesorías, empresas y autónomos. En este artículo te contamos cómo saberlo, qué exige la ley y por qué elegir un proveedor preparado puede marcar la diferencia.

  • La declaración responsable es tu garantía legal: antes de confiar en un software de facturación, exige ver su declaración responsable. Si no está disponible dentro de la aplicación o no te la entregan, es una señal de alarma.
  • No te la juegues con el último minuto: adaptarse a tiempo te evita problemas técnicos, sanciones y prisas innecesarias. Elegir un proveedor que ya cumpla es una decisión inteligente y segura.

A partir del 29 de julio de 2025, entra en vigor el nuevo reglamento que regula los programas de facturación en España. Todos los desarrolladores de software tendremos que cumplir con una serie de requisitos técnicos y legales diseñados para garantizar la transparencia, la trazabilidad y la integridad de los registros contables.

Este cambio normativo ha generado cierta inquietud entre asesorías y despachos profesionales, empresas y autónomos. Muchos se preguntan si su software actual está preparado o si tendrán que cambiarlo de forma urgente para evitar sanciones o interrupciones en su actividad.

CONTENIDO DEL POST

La declaración responsable es tu garantía de que tienes un software de facturación certificado que cumple con la Ley Antifraude. Consulta aquí las declaraciones responsables de Sage.

Esto es lo que exige la Ley Antifraude a tu software de facturación certificado

La nueva normativa nace de la Ley Antifraude (Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal), que obliga a todas las empresas a utilizar programas informáticos que garanticen la integridad, trazabilidad e inviolabilidad de los datos de facturación.

Esta ley prohíbe expresamente el uso de software que permita alterar, ocultar o eliminar facturas, y es la base sobre la que se ha construido el nuevo reglamento técnico.

Entre otras cosas, el software deberá:

  • Evitar la modificación o eliminación de facturas ya emitidas.
  • Incluir un código QR que permita la comprobación por parte del destinatario de la factura.
  • Generar un registro de facturas y, en su caso, un registro de eventos que permita auditar la actividad.
  • Permitir la remisión automática de los datos a la Agencia Tributaria, bien de forma voluntaria (Veri*factu) o en caso de requerimiento.