El TSJ catalán avala la legitimidad del padre de un solicitante de eutanasia para intentar frenarla por la vía judicial
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado que el padre de un solicitante de eutanasia está legitimado para tratar de frenarla por la vía judicial. Así reza un fallo de la Sala de lo Contencioso al respecto del recurso que el progenitor interpuso contra la decisión de la Comisión de Garantías y Evaluación que dio luz verde a la muerte asistida de su hijo. Fue un juzgado el que lo desestimó al entender que el hombre carecía de legitimación activa para interferir en la decisión de su hijo, y ahora el TSJC indica que sí la tiene, y precisa además que ello no significa que se estime la petición última de paralizar la eutanasia. Así, en una sentencia avanzada por la Cadena Ser y consultada por este diario, los magistrados indican que el riesgo existiría en caso contrario, es decir, «en la imposibilidad de revisión de la decisión administrativa» que avala la muerte asistida. Además, el tribunal rechaza que la legitimidad del familiar pueda medirse por la calidad de la relación con el solicitante o por el número de horas que pasan juntos. «Incluso en situaciones de desencuentro o conflictos podría permanecer la esencia de la preocupación paternofilial», precisa y por ello estima el recurso del padre. Ahora, los magistrados devuelven el caso al juzgado para que se inicie el proceso para determinar si el paciente cumple o no con los requisitos para acceder a la muerte asistida.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado que el padre de un solicitante de eutanasia está legitimado para tratar de frenarla por la vía judicial. Así reza un fallo de la Sala de lo Contencioso al respecto del recurso que el progenitor interpuso contra la decisión de la Comisión de Garantías y Evaluación que dio luz verde a la muerte asistida de su hijo. Fue un juzgado el que lo desestimó al entender que el hombre carecía de legitimación activa para interferir en la decisión de su hijo, y ahora el TSJC indica que sí la tiene, y precisa además que ello no significa que se estime la petición última de paralizar la eutanasia. Así, en una sentencia avanzada por la Cadena Ser y consultada por este diario, los magistrados indican que el riesgo existiría en caso contrario, es decir, «en la imposibilidad de revisión de la decisión administrativa» que avala la muerte asistida. Además, el tribunal rechaza que la legitimidad del familiar pueda medirse por la calidad de la relación con el solicitante o por el número de horas que pasan juntos. «Incluso en situaciones de desencuentro o conflictos podría permanecer la esencia de la preocupación paternofilial», precisa y por ello estima el recurso del padre. Ahora, los magistrados devuelven el caso al juzgado para que se inicie el proceso para determinar si el paciente cumple o no con los requisitos para acceder a la muerte asistida.
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