El Tribunal de Cuentas multa a Vox con más de 862.000 euros por recibir donaciones no identificadas
El Tribunal de Cuentas (TCu) ha sancionado con más de 862.000 euros a Vox por haber recibido o aceptado donaciones no identificadas en efectivo durante los años 2018, 2019 y 2020. El Pleno del órgano fiscalizador ha tomado la decisión con el voto particular de dos consejeros. El partido presidido por Santiago Abascal, que puede recurrir por la vía de lo contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo, ha anunciado que lo hará, considerándola «injusta y contraria a la propia Ley, a las resoluciones del Tribunal de Cuentas y a sus antecedentes, pues en otras ocasiones el mismo TCu ha archivado asuntos idénticos». La sanción se corresponde con el resultado de los informes de fiscalización de las cuentas de los partidos políticos correspondientes a los años 2018 y 2019. Respecto al segundo, el organismo ya consideró, en octubre de 2023, que Vox no había aportado documentación que justificara correctamente ingresos recibidos en concepto de cuotas de afiliados, aportaciones y donaciones. Por un lado, el supremo órgano fiscalizador de las cuentas públicas puso la lupa en más de 300.000 euros recaudados en mesas promocionales de la formación que se ingresaron en efectivo a través de cajeros y no se justificaron: «No se ha podido verificar la naturaleza de los registros contables en concepto de ingresos por actividades promocionales que han ascendido a 311.947,05 euros en 2019, al no haberse aportado justificantes de los mismos. Este saldo ha sido recaudado en efectivo a través de 'mesas informativa' e ingresado en las cuentas bancarias de la formación mediante sucesivas entradas por cajero automático», se pudo leer en el informe de 2018 y 2019. Por otro, el informe también se centró en que la formación de Abascal no aportó información clara sobre sus donantes: «El registro contable de los ingresos de origen privado se realiza mediante asientos de importes agregados que dificultan la identificación de la procedencia individual, naturaleza y seguimiento de este tipo de ingresos, así como la verificación del cumplimiento de la normativa aplicable a los mismos». El Tribunal de Cuentas apuntó a un desajuste entre las aportaciones, las cuentas de afiliados y las donaciones: «La formación no ha aportado documentación justificativa que permita verificar el importe de las correcciones realizadas sobre el saldo contable de los ingresos obtenidos por la formación en concepto de cuotas de afiliados, aportaciones y donaciones. Estos ajustes han supuesto un incremento en las aportaciones por 165.531,24 euros y una minoración en las cuotas de afiliados por 81.578,69 euros y en las donaciones por 83.952,55 euros». La formación política espera que «tanto esta resolución como otra anterior por supuestas donaciones para cubrir la fianza contra los separatistas» serán anuladas. Vox considera que «no existe base legal para la sanción». La sanción del Tribunal de Cuentas es la segunda impuesta al partido por su financiación. En julio recibió la primera, de 233.000 euros , por por dos vías de financiación que el organismo consideró "finalistas" y, por lo tanto, irregulares puesto que no están previstas en la Ley de Financiación. Aquella decisión también contó con dos votos particulares. El importe que se exigió al partido en aquella ocasión fue la suma de dos sanciones por dos campañas de 'crowdfunding': una iniciada por la formación para recaudar fondos con los que querellarse contra el expresidente catalán Quim Torra y otra para pagar la fianza de un joven que fue procesado por la muerte de un atracador al que se enfrentó. Se denominó «Ayúdanos con la fianza de Borja». En ambos casos, el órgano fiscalizador consideró que se había incumplido el artículo 4 de la Ley de Financiación de Partidos Políticos (LFPP), en el que se recoge que «los partidos políticos podrán recibir donaciones no finalistas, nominativas, en dinero o en especie, procedentes de personas físicas, dentro de los límites y de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidas en esta ley. Las donaciones recibidas conforme a lo dispuesto en esta ley, que tendrán carácter irrevocable, deberán destinarse a la realización de las actividades propias de la entidad donataria». En el primer caso, la sanción ascendió a 50.000 euros por presunta infracción continuada del artículo 17.dos a) de la Ley de Financiación de Partidos Políticos con el límite mínimo de sanción y, en el segundo, con 183.324 euros por presunta infracción del mismo artículo.
El Tribunal de Cuentas (TCu) ha sancionado con más de 862.000 euros a Vox por haber recibido o aceptado donaciones no identificadas en efectivo durante los años 2018, 2019 y 2020. El Pleno del órgano fiscalizador ha tomado la decisión con el voto particular de dos consejeros. El partido presidido por Santiago Abascal, que puede recurrir por la vía de lo contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo, ha anunciado que lo hará, considerándola «injusta y contraria a la propia Ley, a las resoluciones del Tribunal de Cuentas y a sus antecedentes, pues en otras ocasiones el mismo TCu ha archivado asuntos idénticos». La sanción se corresponde con el resultado de los informes de fiscalización de las cuentas de los partidos políticos correspondientes a los años 2018 y 2019. Respecto al segundo, el organismo ya consideró, en octubre de 2023, que Vox no había aportado documentación que justificara correctamente ingresos recibidos en concepto de cuotas de afiliados, aportaciones y donaciones. Por un lado, el supremo órgano fiscalizador de las cuentas públicas puso la lupa en más de 300.000 euros recaudados en mesas promocionales de la formación que se ingresaron en efectivo a través de cajeros y no se justificaron: «No se ha podido verificar la naturaleza de los registros contables en concepto de ingresos por actividades promocionales que han ascendido a 311.947,05 euros en 2019, al no haberse aportado justificantes de los mismos. Este saldo ha sido recaudado en efectivo a través de 'mesas informativa' e ingresado en las cuentas bancarias de la formación mediante sucesivas entradas por cajero automático», se pudo leer en el informe de 2018 y 2019. Por otro, el informe también se centró en que la formación de Abascal no aportó información clara sobre sus donantes: «El registro contable de los ingresos de origen privado se realiza mediante asientos de importes agregados que dificultan la identificación de la procedencia individual, naturaleza y seguimiento de este tipo de ingresos, así como la verificación del cumplimiento de la normativa aplicable a los mismos». El Tribunal de Cuentas apuntó a un desajuste entre las aportaciones, las cuentas de afiliados y las donaciones: «La formación no ha aportado documentación justificativa que permita verificar el importe de las correcciones realizadas sobre el saldo contable de los ingresos obtenidos por la formación en concepto de cuotas de afiliados, aportaciones y donaciones. Estos ajustes han supuesto un incremento en las aportaciones por 165.531,24 euros y una minoración en las cuotas de afiliados por 81.578,69 euros y en las donaciones por 83.952,55 euros». La formación política espera que «tanto esta resolución como otra anterior por supuestas donaciones para cubrir la fianza contra los separatistas» serán anuladas. Vox considera que «no existe base legal para la sanción». La sanción del Tribunal de Cuentas es la segunda impuesta al partido por su financiación. En julio recibió la primera, de 233.000 euros , por por dos vías de financiación que el organismo consideró "finalistas" y, por lo tanto, irregulares puesto que no están previstas en la Ley de Financiación. Aquella decisión también contó con dos votos particulares. El importe que se exigió al partido en aquella ocasión fue la suma de dos sanciones por dos campañas de 'crowdfunding': una iniciada por la formación para recaudar fondos con los que querellarse contra el expresidente catalán Quim Torra y otra para pagar la fianza de un joven que fue procesado por la muerte de un atracador al que se enfrentó. Se denominó «Ayúdanos con la fianza de Borja». En ambos casos, el órgano fiscalizador consideró que se había incumplido el artículo 4 de la Ley de Financiación de Partidos Políticos (LFPP), en el que se recoge que «los partidos políticos podrán recibir donaciones no finalistas, nominativas, en dinero o en especie, procedentes de personas físicas, dentro de los límites y de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidas en esta ley. Las donaciones recibidas conforme a lo dispuesto en esta ley, que tendrán carácter irrevocable, deberán destinarse a la realización de las actividades propias de la entidad donataria». En el primer caso, la sanción ascendió a 50.000 euros por presunta infracción continuada del artículo 17.dos a) de la Ley de Financiación de Partidos Políticos con el límite mínimo de sanción y, en el segundo, con 183.324 euros por presunta infracción del mismo artículo.
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