Déjense de letras, lo importante son los números
El concepto de la credibilidad es de los más subjetivos que hay. Uno puede creer en algo o alguien sin ninguna prueba de su existencia y negar la existencia de alguien o algo a quien puede ver con sus propios ojos (verlo con los de otros siempre resulta raro e incluso puede estar perseguido por la ley). Así que no es de extrañar que cada uno haga uso de su capacidad de creer según mejor le convenga. Pero que el concepto de credibilidad sea subjetivo no debería hacerse extensivo al mundo de la justicia y, sin embargo, ocurre con frecuencia. Esta semana hemos tenido dos ejemplos de ello. Dos tribunales de una misma provincia (Barcelona) han interpretado de manera muy diferente lo que se debe o no creer. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha decidido no creer la versión de la mujer que acusó a Dani Alvés de violación, pese a que es una persona real a la que los magistrados podían ver y oír. Sin embargo, un juez de la misma provincia decidía, casi al mismo tiempo, aceptar el procesamiento de unos dibujantes de la revista Mongolia, que habían publicado una portada burlándose de un ser, Dios en este caso, del que no hay ninguna prueba empírica de su existencia. Sé que ustedes me dirán que en el primer caso, el de la mujer que acusa a Dani Alvés de violación, hay otro ser, el acusado, que también es real. No voy a entrar en cuál de las dos versiones es más creíble, aunque que Alvés cambiara cinco veces el relato de los hechos debería haber levantado sospechas entre los señores magistrados. En todo caso, entiendo que ante la duda los jueces del tribunal hayan seguido aquel viejo lema de que más vale cien culpables fuera de la cárcel que un inocente dentro. Esa idea ha provocado que no hayan tomado en consideración que ese veredicto supone un tremendo varapalo para las mujeres que se atreven a denunciar a sus agresores, sabedoras del penoso recorrido que les va a suponer su acción. Lo que me resulta curioso de estos dos casos es que se libere a un presunto violador por falta de credibilidad de la denunciante y se admita a trámite una denuncia por haberse burlado de un ser al que nadie ha visto ni oído nunca. Sé que la denuncia se ha admitido a trámite porque el señor juez interpreta que se pueden haber ofendido los sentimientos religiosos de quienes creen que ese ser existe. Pero considero yo, y desde luego no soy un experto en leyes, que si no hay pruebas de la existencia de Dios, el que quienes crean en él se ofendan no debería ser motivo para poder procesar a nadie real. Incluso en el caso de que estos seres sean dibujantes, porque, por muy raros que sean, hay claras evidencias de su existencia. Me da por pensar que quizá todo se limite a una cuestión de cantidad. Imagínemos que yo creo en...
El concepto de la credibilidad es de los más subjetivos que hay. Uno puede creer en algo o alguien sin ninguna prueba de su existencia y negar la existencia de alguien o algo a quien puede ver con sus propios ojos (verlo con los de otros siempre resulta raro e incluso puede estar perseguido por la ley). Así que no es de extrañar que cada uno haga uso de su capacidad de creer según mejor le convenga. Pero que el concepto de credibilidad sea subjetivo no debería hacerse extensivo al mundo de la justicia y, sin embargo, ocurre con frecuencia. Esta semana hemos tenido dos ejemplos de ello. Dos tribunales de una misma provincia (Barcelona) han interpretado de manera muy diferente lo que se debe o no creer. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha decidido no creer la versión de la mujer que acusó a Dani Alvés de violación, pese a que es una persona real a la que los magistrados podían ver y oír. Sin embargo, un juez de la misma provincia decidía, casi al mismo tiempo, aceptar el procesamiento de unos dibujantes de la revista Mongolia, que habían publicado una portada burlándose de un ser, Dios en este caso, del que no hay ninguna prueba empírica de su existencia. Sé que ustedes me dirán que en el primer caso, el de la mujer que acusa a Dani Alvés de violación, hay otro ser, el acusado, que también es real. No voy a entrar en cuál de las dos versiones es más creíble, aunque que Alvés cambiara cinco veces el relato de los hechos debería haber levantado sospechas entre los señores magistrados. En todo caso, entiendo que ante la duda los jueces del tribunal hayan seguido aquel viejo lema de que más vale cien culpables fuera de la cárcel que un inocente dentro. Esa idea ha provocado que no hayan tomado en consideración que ese veredicto supone un tremendo varapalo para las mujeres que se atreven a denunciar a sus agresores, sabedoras del penoso recorrido que les va a suponer su acción. Lo que me resulta curioso de estos dos casos es que se libere a un presunto violador por falta de credibilidad de la denunciante y se admita a trámite una denuncia por haberse burlado de un ser al que nadie ha visto ni oído nunca. Sé que la denuncia se ha admitido a trámite porque el señor juez interpreta que se pueden haber ofendido los sentimientos religiosos de quienes creen que ese ser existe. Pero considero yo, y desde luego no soy un experto en leyes, que si no hay pruebas de la existencia de Dios, el que quienes crean en él se ofendan no debería ser motivo para poder procesar a nadie real. Incluso en el caso de que estos seres sean dibujantes, porque, por muy raros que sean, hay claras evidencias de su existencia. Me da por pensar que quizá todo se limite a una cuestión de cantidad. Imagínemos que yo creo en...
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