Condenan a una pareja a 14 años de prisión por intentar matar a su bebé porque no dejaba de llorar

La menor tenía "la cara hinchada y heridas que le impedían la apertura ocular", asegura la abuela paterna.

Abr 11, 2025 - 15:42
 0
Condenan a una pareja a 14 años de prisión por intentar matar a su bebé porque no dejaba de llorar

La Audiencia de Córdoba ha condenado a 14 años y tres meses de prisión a cada uno de los miembros de una pareja que intentó matar a su bebé, de entre dos y tres meses de edad, que presentaba un llanto constante tras haber nacido de forma prematura a las 28 semanas.

Según la sentencia, hecha pública este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la pareja, que permanece en prisión provisional desde marzo de 2023, "actuando de común acuerdo y siendo conscientes de la indefensión de su hija" le causaron diversas lesiones de carácter grave.

La menor fue atendida en el Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba gracias a la intervención de su abuela paterna. Esta encontró al bebé, cuando apenas llevaba un mes después del alta hospitalaria por el nacimiento prematuro en la casa que compartía la pareja, con "la cara hinchada así como heridas que le impedían la apertura ocular".

La resolución judicial, que puede ser recurrida ante el TSJA, declara probado que el padre y la madre "le tiraron con fuerza y violencia de las cuatro extremidades" y la apretaron y golpearon de forma reiterada y en diversas partes de su cuerpo.

"Consciente desprecio por la vida"

De esta forma consiguieron irritarla aun más, lo que provocó que para callarla y con "consciente desprecio por la vida" de la menor, asumiendo que con tales hechos podrían provocar su muerte, le propinaran también golpes en la cara.

La sentencia entiende que las lesiones que presentaba la bebé cuando llegó al hospital fueron "a causa de las palizas recibidas, durante apenas un mes de convivencia con sus progenitores". El tribunal condena a cada uno de los acusados por un delito de homicidio agravado en grado de tentativa, con la circunstancia agravante de parentesco. Por ello les impone 11 años y tres meses de prisión en cada caso. Por el delito de maltrato habitual en el ámbito de la violencia doméstica los condena a tres años de cárcel.

En ambos casos se les prohíbe comunicarse y aproximarse a menos de 500 metros de su hija, por un periodo de 15 años por el delito de homicidio, y otros seis por el del maltrato, además de que por este último se los inhabilita para el ejercicio de la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento durante cinco años.

Situación de riesgo y desamparo

La Sección Tercera de la Audiencia cordobesa entiende que "desde el 28 de enero de 2023 hasta el 6 de marzo de 2024, a pesar de lo manifestado por las defensas, los acusados y los abuelos paternos, la menor siempre estuvo en situación de riesgo y desamparo".

De hecho, la Consejería de Inclusión Social, Juventud e Igualdad de la Junta de Andalucía declaró esta situación el 8 de marzo de 2023 y decidió "la medida de acogimiento familiar de urgencia a cargo de la familia seleccionada por la entidad pública".

Por ello, también se condena a la pareja en concepto de responsabilidad civil a indemnizar a Junta con 15.079 euros. La sentencia absuelve, en un documento de 28 folios, a la pareja del delito de asesinato en grado de tentativa, lesiones agravadas, abandono de familia y contra la salud pública de los que eran acusados por el Ministerio Fiscal.