Cómo solicitar la ayuda de 100 euros al mes para madres hasta que el menor cumpla tres años

Es la manera de cobrar de forma anticipada la deducción por maternidad a la que se tendría derecho si no en la declaración de la renta.

Mar 22, 2025 - 09:56
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Cómo solicitar la ayuda de 100 euros al mes para madres hasta que el menor cumpla tres años
Cómo solicitar la ayuda de 100 euros al mes para madres hasta que el menor cumpla tres años

Las madres de menores de tres años tienen la opción de que se les pague por adelantado la deducción por maternidad en forma de ayuda de 100 euros mensuales. Pero para ello deben solicitarlo a la Agencia Tributaria mediante el modelo 140.

¿Quién tiene derecho a esta ayuda para madres de 100 euros al mes? 

  • Las madres con hijos (naturales, adoptados o acogidos) menores de tres años que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
    • Que en el momento del nacimiento del menor perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo.
    • Que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad:
      • en el momento del nacimiento del menor
      • o en cualquier momento posterior al nacimiento con un período mínimo de 30 días cotizados.
  • En caso de fallecimiento de la madre o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre o a un tutor, este tendrá derecho a la deducción siempre que cumpla los requisitos anteriores.
  • Si los progenitores son del mismo sexo, también tienen derecho.

¿Cómo se solicita el pago adelantado de la deducción por maternidad?

Hay dos modos de recibir la deducción por maternidad:

  • De forma anticipada con una ayuda de 100 para madres cada mes. Es necesario solicitarlo previamente a la Agencia Tributaria mediante el modelo 140 de cualquiera de las siguientes formas:
    • Electrónicamente: con certificado, DNI e o Cl@ve en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
    • Telefónicamente: solicitando cita, o a través de los sistemas digitales previstos válidos en cada momento, en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
    • Mediante predeclaración: en papel impreso obtenido mediante la utilización del servicio de impresión desarrollado por la Agencia Tributaria en su Sede electrónica.
  • Aplicando la deducción en la declaración de la renta, minorando la cuota diferencial del impuesto en un máximo de 1.200 euros anuales.

La Agencia Tributaria recuerda que si ya estás cobrando el abono anticipado de esta ayuda de 100 euros al mes para madres, no tienes que presentar una nueva solicitud por el mismo hijo para seguir cobrándolo, siempre aún cumplas los requisitos.

Eso sí, hay que presentar una solicitud por cada descendiente con el que se tenga derecho a la ayuda.

Importante. Hacienda recuerda que “lo que no se cobra en los meses entre que nace el niño y la madre solicita y se le concede el abono anticipado mensual se percibe a posteriori vía declaración de la renta”.