Cambian las jubilaciones: estas personas podrán jubilarse antes de los 60 y con menos de 30 años de aportes

Los trabajadores de estas profesiones podrán retirarse antes de la edad promedio establecida.

May 3, 2025 - 20:30
 0
Cambian las jubilaciones: estas personas podrán jubilarse antes de los 60 y con menos de 30 años de aportes

Cada vez más trabajadores en Argentina buscan anticipar su fecha de retiro y acceder a la jubilación antes de la edad legal. En este sentido, ciertos profesionales pueden hacerlo gracias a regímenes especiales que contemplan condiciones laborales específicas, e incluso con menos años de aportes.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) es el organismo encargado de gestionar los haberes jubilatorios y establecer los requisitos según cada caso. Existen regímenes diferenciales de jubilación anticipada, que permiten retirarse antes, dependiendo del tipo de actividad desarrollada, la antigüedad, el lugar de trabajo y los convenios colectivos aplicables a cada profesión.

La edad para jubilarse dependerá de la profesión a la que se pertenezca.

¿Por qué algunas profesiones se jubilan antes?

 La edad jubilatoria diferenciada de una profesión puede relacionarse con varios factores. Específicamente, algunos trabajadores pueden acceder a la jubilación anticipada por prestar servicios en "condiciones laborables insalubres y de alto riesgo". 

En casos donde se hayan combinado modalidades comunes con insalubres o riesgosas, se realizará un cálculo para determinar la edad jubilatoria y los años de aportes necesarios.

¿Qué profesiones pueden acceder a la jubilación anticipada?

A diferencia del requisito general de jubilarse a los 65 años para hombres y 60 para mujeres, con 30 años de aportes, existen categorías de trabajadores que tienen requisitos de edad y aportes diferentes para acceder al retiro.

Según se estableció, se contemplan edades de retiro más bajas o requisitos de aportes diferenciados para:

Ambientes Insalubres

Se aplica a trabajadores en lugares o ambientes declarados insalubres por la autoridad nacional competente, según los Decretos 4257/68 y Decreto 121/77.

  • Requisito de edad: 55 años para hombres y 52 años para mujeres
  • Requisito de servicio: 30 años de servicios.

Antártida e Islas del Atlántico Sur

Incluye a personas que trabajaron en la Antártida o desempeñan tareas establecidas en el Decreto 4257/68, como personal embarcado, estibadores portuarios y capataces, entre otros.

  • Requisito de edad: 55 años para hombres y mujeres.

Ferroviarios

Trabajadores que realizaron tareas específicas como maquinista o equivalente, foguista o equivalente, cambista o capataz de cambista, aspirante de conducción o señaleros ferroviarios.

  • Requisito de edad: 55 años para hombres y 52 años para mujeres.
  • Requisito de servicio: 30 años de servicio.

Metalúrgicos

Personal expuesto a la radiación del calor en procesos de producción como laminación, acería y fundición realizadas de forma manual o semimanual en ambientes de alta temperatura.

  • Requisito de edad: 50 años.
  • Requisito de servicio: 25 años de servicio. (Esta categoría requiere menos de 30 años de servicio).

Personal de Salud

Considera a personas que tuvieron contacto directo con pacientes en leproserías, salas o servicios de enfermedades infecto-contagiosas, hospitales de alienados o establecimientos de asistencia de diferenciados mentales. También a quienes trabajaron en sanatorios y hospitales en tareas de radioscopia.

  • Requisito de edad: 55 años para hombres y 52 años para mujeres.
  • Requisito de servicio: 30 años de aportes.

Recolectores de Residuos

Profesionales afectados a la recolección de residuos, incluyendo personal de la Administración General de Puertos.

  • Requisito de edad: 55 años.
  • Requisito de servicio: 25 años de servicios. (Esta categoría requiere menos de 30 años de servicio).