Toledo contará con un centro comercial en el Polígono industrial pese a la oposición de 'Luz del Tajo'
La Comisión de Planeamiento del Ayuntamiento de Toledo tiene previsto abordar hoy la aprobación definitiva del Plan Especial de Reforma Interior (PERIM) que permitirá la construcción de un nuevo centro comercial en la calle Torviscal del polígono industrial. Sus instalaciones albergarán, entre otras actividades, un hipermercado, locales de restauración, gimnasio y gasolinera. El expediente llega con el visto bueno de los técnicos municipales que, en su informe definitivo, rechazan la alegación presentada por la empresa que gestiona 'Luz del Tajo', contra un Plan Especial que lleva aparejado la presencia de un nuevo competidor en las proximidades de sus instalaciones. En su escrito, los representantes de Sonae Sierra, empresa que gestiona 'Luz del Tajo', piden al Ayuntamiento que desista de aprobar el PERIM «por ser contrario a derecho». En su alegación, 'Luz del Tajo' sostiene que el PERIM aprobado vulnera la normativa urbanística vigente al «limitar su ámbito de aplicación a una sola parcela», incumpliendo así la «dimensión mínima exigida por el artículo 87 del Reglamento de Planeamiento» que, según entiende esta parte, «establece que el ámbito de estos planes debe comprender como mínimo una manzana». Asimismo, considera que «la memoria del PERIM carece de la más mínima justificación» y que no se expone con claridad «cuál es la mejora concreta que se pretende obtener con la eliminación de las restricciones relativas a la implantación del uso terciario comercial en la parcela». Por último, advierte de que «el PERIM no justifica que se acomode a nuevas circunstancias sobrevenidas urbanísticamente relevantes» y que, en realidad, «se trata de una estrategia de su promotor para implantar en la parcela un centro comercial a toda costa». Los técnicos municipales rechazan estos argumentos punto por punto. En su informe, sostienen que la delimitación del ámbito del PERIM «atiende a criterios de racionalidad» y que la primera memoria presentada por el promotor fue subsanada tras la primera revisión. «Se ha realizado un estudio de la manzana donde se encuentra la parcela objeto de este PERIM, valorando la afección de las modificaciones aquí planteadas en la totalidad de la manzana y concluyendo que no afecta a los usos, ni accesos ni a la movilidad existente en la misma», señala la memoria reformada. Además, señalan que «el artículo 87 del Reglamento de Planeamiento establece de forma genérica los ámbitos para la redacción de los PERI, indicando que puede ser desde una manzana hasta un núcleo urbano completo, aunque el ámbito deberá limitarse atendiendo a criterios de racionalidad». Respecto a la supuesta falta de justificación de la mejora, el informe municipal defiende que el PERIM presentado «pretende incluir única y exclusivamente el uso terciario-comercial como compatible dentro de una zona industrial», en un área que se encuentra en el entorno del barrio residencial de Santa María de Benquerencia, «bien comunicada, de fácil acceso y con plazas de aparcamiento suficientes en un suelo clasificado como urbano consolidado». La contestación a la alegación recalca que «la mezcla de usos es uno de los principios básicos del urbanismo sostenible» , y que la iniciativa «satisface el interés general al dotar de un uso comercial como compatible en una zona industrial y muy próxima a la residencial». «Por otro lado, en los terrenos delimitados en el PERIM se encontraban edificaciones hoy demolidas consistentes en naves que habían sido destinadas a higienización de leche de vaca, almacenaje, palets, cámaras frigoríficas, que llevaban años sin actividad y en circunstancias de abandono incompatibles con el objetivo de dotar de uso efectivo a los suelos, máxime promoviendo la implantación de actividades económicas hoy demandadas», concluyen los técnicos municipales. En relación con la tercera objeción planteada, el Ayuntamiento señala que el planeamiento vigente en el municipio data de 1986 y que su actualización es imprescindible . «La regulación del año 1986 resulta excesivamente estricta en cuanto a los usos de diferentes zonas, entendiéndose que sí responde al interés general su flexibilización», señalan los técnicos que ven con buenos ojos que esas modificaciones lleguen «mediante la redacción y tramitación de instrumentos de ordenación urbanística legalmente previstos que se adapten a las nuevas circunstancias sobrevenidas». El nuevo centro comercial, que ocupará una parcela en forma de 'L' de 19.689 m2, albergará un hipermercado, locales de ocio y restauración, un gimnasio en la planta superior y una gasolinera . El proyecto plantea también la construcción de un aparcamiento en superficie con capacidad para 300 vehículos. El estudio básico depositado en el Ayuntamiento prevé que el espacio destinado al supermercado sea una planta diáfana con acceso directo desde el aparcamiento, aunque no se descarta que esta pueda dividirse en dos o más locales para acoger tiendas más pequeñas..
La Comisión de Planeamiento del Ayuntamiento de Toledo tiene previsto abordar hoy la aprobación definitiva del Plan Especial de Reforma Interior (PERIM) que permitirá la construcción de un nuevo centro comercial en la calle Torviscal del polígono industrial. Sus instalaciones albergarán, entre otras actividades, un hipermercado, locales de restauración, gimnasio y gasolinera. El expediente llega con el visto bueno de los técnicos municipales que, en su informe definitivo, rechazan la alegación presentada por la empresa que gestiona 'Luz del Tajo', contra un Plan Especial que lleva aparejado la presencia de un nuevo competidor en las proximidades de sus instalaciones. En su escrito, los representantes de Sonae Sierra, empresa que gestiona 'Luz del Tajo', piden al Ayuntamiento que desista de aprobar el PERIM «por ser contrario a derecho». En su alegación, 'Luz del Tajo' sostiene que el PERIM aprobado vulnera la normativa urbanística vigente al «limitar su ámbito de aplicación a una sola parcela», incumpliendo así la «dimensión mínima exigida por el artículo 87 del Reglamento de Planeamiento» que, según entiende esta parte, «establece que el ámbito de estos planes debe comprender como mínimo una manzana». Asimismo, considera que «la memoria del PERIM carece de la más mínima justificación» y que no se expone con claridad «cuál es la mejora concreta que se pretende obtener con la eliminación de las restricciones relativas a la implantación del uso terciario comercial en la parcela». Por último, advierte de que «el PERIM no justifica que se acomode a nuevas circunstancias sobrevenidas urbanísticamente relevantes» y que, en realidad, «se trata de una estrategia de su promotor para implantar en la parcela un centro comercial a toda costa». Los técnicos municipales rechazan estos argumentos punto por punto. En su informe, sostienen que la delimitación del ámbito del PERIM «atiende a criterios de racionalidad» y que la primera memoria presentada por el promotor fue subsanada tras la primera revisión. «Se ha realizado un estudio de la manzana donde se encuentra la parcela objeto de este PERIM, valorando la afección de las modificaciones aquí planteadas en la totalidad de la manzana y concluyendo que no afecta a los usos, ni accesos ni a la movilidad existente en la misma», señala la memoria reformada. Además, señalan que «el artículo 87 del Reglamento de Planeamiento establece de forma genérica los ámbitos para la redacción de los PERI, indicando que puede ser desde una manzana hasta un núcleo urbano completo, aunque el ámbito deberá limitarse atendiendo a criterios de racionalidad». Respecto a la supuesta falta de justificación de la mejora, el informe municipal defiende que el PERIM presentado «pretende incluir única y exclusivamente el uso terciario-comercial como compatible dentro de una zona industrial», en un área que se encuentra en el entorno del barrio residencial de Santa María de Benquerencia, «bien comunicada, de fácil acceso y con plazas de aparcamiento suficientes en un suelo clasificado como urbano consolidado». La contestación a la alegación recalca que «la mezcla de usos es uno de los principios básicos del urbanismo sostenible» , y que la iniciativa «satisface el interés general al dotar de un uso comercial como compatible en una zona industrial y muy próxima a la residencial». «Por otro lado, en los terrenos delimitados en el PERIM se encontraban edificaciones hoy demolidas consistentes en naves que habían sido destinadas a higienización de leche de vaca, almacenaje, palets, cámaras frigoríficas, que llevaban años sin actividad y en circunstancias de abandono incompatibles con el objetivo de dotar de uso efectivo a los suelos, máxime promoviendo la implantación de actividades económicas hoy demandadas», concluyen los técnicos municipales. En relación con la tercera objeción planteada, el Ayuntamiento señala que el planeamiento vigente en el municipio data de 1986 y que su actualización es imprescindible . «La regulación del año 1986 resulta excesivamente estricta en cuanto a los usos de diferentes zonas, entendiéndose que sí responde al interés general su flexibilización», señalan los técnicos que ven con buenos ojos que esas modificaciones lleguen «mediante la redacción y tramitación de instrumentos de ordenación urbanística legalmente previstos que se adapten a las nuevas circunstancias sobrevenidas». El nuevo centro comercial, que ocupará una parcela en forma de 'L' de 19.689 m2, albergará un hipermercado, locales de ocio y restauración, un gimnasio en la planta superior y una gasolinera . El proyecto plantea también la construcción de un aparcamiento en superficie con capacidad para 300 vehículos. El estudio básico depositado en el Ayuntamiento prevé que el espacio destinado al supermercado sea una planta diáfana con acceso directo desde el aparcamiento, aunque no se descarta que esta pueda dividirse en dos o más locales para acoger tiendas más pequeñas..
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