Siempre bajo control judicial y para delitos graves: la regulación del agente infiltrado en países de la UE

Francia, Bélgica o Países Bajos incluyen regulación específica en su normativa para regular la actividad de los policías encubiertos.

Abr 15, 2025 - 19:30
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Siempre bajo control judicial y para delitos graves: la regulación del agente infiltrado en países de la UE
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La Unión Europea (UE) no cuenta con una norma que unifique la regulación de los agentes infiltrados en los distintos Estados miembros. Mientras que en España es la Ley de Enjuiciamiento Criminal la norma que los controla, en otros países son sus propios códigos penales o leyes específicas las que regulan la actividad de estos agentes. 

Francia. El Código del Procedimiento Penal es la norma que regula la figura del agente encubierto en el país galo. La ley contempla que un policía pueda suplantar una identidad para infiltrarse en un grupo de posibles delincuentes y que se haga pasar por “uno de sus coautores, cómplices o receptores”, indica el artículo 706-81 de este texto. 

  • La ley en Francia contempla la actuación de agentes infiltrados en supuestos delitos de asesinatos cometidos por bandas organizadas, tráfico de drogas o secuestros, entre otros que se recogen en el artículo 706-73 de la norma. 

Bélgica. Aquí la ley establece que, como en España y en Francia, los agentes encubiertos tienen que ser supervisados por otra autoridad, como puede ser un juez.

  • Se contempla que el policía infiltrado pueda recurrir “brevemente” a la actuación de algún sujeto que no forme parte del cuerpo en “circunstancias excepcionales y con autorización expresa del magistrado competente”, indica la ley sobre métodos especiales de investigación. 
  • Para llevar a cabo una infiltración en este país será necesario contar con una autorización que justifique la gravedad de los presuntos delitos que se persiguen y los motivos que hacen necesario a un agente encubierto y no otros métodos de investigación, entre otros

Países Bajos. La legislación de este país recoge que la infiltración debe darse en el contexto de grupos organizados que cometen delitos y en un contexto de urgencia. La norma contempla la posibilidad de infiltrar a varios agentes en función del riesgo que implique la investigación. 

Italia. La ley contempla que los agentes de las fuerzas de seguridad del país puedan usar identidades falsas para infiltrarse en tramas de terrorismo y otros delitos organizados siempre que lo comuniquen al Ministerio Fiscal “lo antes posible” siempre en las 48 horas siguientes a haber empezado a desarrollar la actividad encubierta.  Fuentes

  • Código de Procedimiento Penal de Francia
  • Ley sobre métodos especiales de investigación de Bélgica
  • Ley de poderes especiales de investigación de Países Bajos
  • Ley 46/2006 de Italia