Las tres posibles infracciones de Alquiler Seguro que podrían costarle hasta un millón
En el foco están un eventual incumplimiento de las normas reguladoras de precios, prácticas comerciales desleales y cláusulas abusivas

El expediente sancionador abierto por Consumo contra Alquiler Seguro por sus supuestas prácticas abusivas hacia los inquilinos en la gestión del alquiler indaga en tres posibles infracciones aún por determinar por el ministerio que dirige Pablo Bustinduy. Se trata de tres posibles infracciones, dos leves y una grave, aunque esta última podrían ser consideradas muy graves en caso de que se cumplieran circunstancias agravantes y que podrían hacer subir la eventual multa a la agencia inmobiliaria hasta el millón de euros.
La investigación del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 dio comienzo en octubre de 2024 contra varias inmobiliarias y ahora se ha abierto procedimiento sancionador contra Alquiler Seguro, mientras que para el resto las indagaciones siguen en marcha para saber si habrían cometido estas u otras prácticas. En todo caso, la Dirección General de Consumo precisó este jueves que la iniciación de este expediente sancionador no prejuzga el resultado final de la investigación.
La investigación parte de denuncias del Sindicato de Inquilinas-CECU, Facua Consumidores en Acción y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), las cuales relataban infracciones por cláusulas como pagar una comisión por la gestión del arrendamiento, imponer la contratación de un seguro o la obligación de contratación de servicios no solicitados por el inquilino.
La ley de vivienda "prohíbe expresamente trasladar a los inquilinos los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato" y establece que "estas cláusulas o prácticas podrían ser constitutivas de infracciones". Y de acuerdo con la ley de defensa de los consumidores y usuarios, los comportamientos descritos por los denunciantes podrían encajar en infracciones como "el incumplimiento de las normas reguladoras de precios y la imposición injustificada de condiciones sobre prestaciones no solicitadas", "el uso de prácticas comerciales desleales con consumidores o usuarios", o "la introducción o existencia de cláusulas abusivas en los contratos".
Las dos primeras infracciones están consideradas en la ley como leves, mientras que la tercera tiene la calificación de grave. En todo caso, si la investigación de Consumo arrojara agravantes, la calificación podría subir. Para las infracciones leves, la norma prevé entre 150 y 10.000 euros de multa, pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre dos y cuatro veces el beneficio ilícito obtenido. Para las graves, las sanciones oscilan entre 10.001 y 100.000 euros, pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido. Por último, en el caso de las muy graves se establecen multas entre 100.001 y 1.000.000 de euros, pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido.
Desde Alquiler Seguro señalan que estudiarán el expediente del ministerio, pero defienden su modelo de negocio y niegan que se obligue a los inquilinos a contratar un seguro. Recalcan que los gastos de gestión y formalización del contrato recaen exclusivamente en el arrendador, tal y como exige la ley de vivienda, y puntualizan que sus servicios son "voluntarios", es decir, que "los propietarios e inquilinos con los que trabaja la empresa tan solo pagan por los servicios que desean contratar".
La agencia insistió este jueves en que cumple con la ley y su consejero delegado, David Caraballo, aseguró que todas las contrataciones están auditadas y pondrán la información que sea necesaria a disposición del ministerio. "No tenemos nada que ocultar", afirmó, aunque reconoció que aún no conocen "el alcance del expediente ni los asuntos específicos a los que hace referencia". En todo caso, adelantó que analizarán la "propuesta" del ministerio para decidir si introducir "alguna modificación" en su forma de trabajar.