Goteo de sentencias contra Ryanair por cobrar equipaje de mano

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vitigudino (Salamanca) ha condenado a Ryanair a devolver 147 euros a una pasajera por haberle cobrado de forma indebida el transporte del equipaje de mano en cinco vuelos operados entre 2019 y 2024 tras la denuncia de Facua (Ryanair: revés judicial por cobrar el equipaje […]

May 8, 2025 - 11:29
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Goteo de sentencias contra Ryanair por cobrar equipaje de mano

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vitigudino (Salamanca) ha condenado a Ryanair a devolver 147 euros a una pasajera por haberle cobrado de forma indebida el transporte del equipaje de mano en cinco vuelos operados entre 2019 y 2024 tras la denuncia de Facua (Ryanair: revés judicial por cobrar el equipaje de mano).

La jueza del caso ha dictaminado que este tipo de equipaje “es un elemento indispensable del transporte de los pasajeros” y que, por tanto, “no puede ser objeto de suplemento de precio”. Contra la resolución no cabe recurso.

La afectada, Yolanda Garrido, realizó viajes junto a su hija en rutas como Madrid-Londres, Manchester-Madrid, Madrid-Mallorca, Mallorca-Valladolid y Madrid-Milán. En todos los trayectos tuvo que abonar el suplemento denominado “Priority” para poder llevar a bordo una maleta de pequeñas dimensiones, a pesar de que se ajustaba a los compartimentos de cabina y contenía únicamente objetos personales y ropa.

Esta sentencia se suma a otras resoluciones judiciales similares contra Ryanair y otras aerolíneas por el mismo motivo. En los últimos meses, juzgados de Huesca, Valladolid, Cádiz y San Sebastián han fallado en favor de los pasajeros, considerando ilegal el recargo por el equipaje de mano. Todas las sentencias han coincidido en que el cobro vulnera la normativa vigente.

En esta línea, cabe recordar que, en noviembre de 2023, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 impuso una sanción de 179 millones de euros a cinco compañías aéreas, incluida Ryanair, por prácticas como esta. Estas actuaciones sancionadoras se suman a las demandas judiciales individuales, que, según Facua, continúan aumentando (Equipaje de mano: España sancionará a Ryanair, Easyjet, Volotea y Vueling).

La ley de navegación aérea establece que el billete debe incluir el transporte del equipaje del viajero, salvo que existan razones de seguridad relacionadas con el peso o tamaño de los bultos, algo que no se aplicaba en este caso. Al no obtener respuesta de la compañía ante su reclamación, la usuaria optó por acudir a los tribunales, logrando finalmente una sentencia favorable.

 

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