En vigor el nuevo impuesto a vapeadores y bolsas de nicotina

Desde el 1 de abril de 2025 se encuentra en vigor el nuevo impuesto a vapeadores y bolsas de nicotina. El objetivo de esta tasa es equiparar su fiscalidad a la del tabaco y favorecer que se reduzca su consumo. En concreto, se trata de la Ley 7/2024, que traspone la directiva europea 2022/2523 y establece un nuevo impuesto con el objetivo de gravar los líquidos utilizados en los cigarrillos electrónicos y equiparar la fiscalidad del vapeo con la del tabaco tradicional, reducir su consumo y alinearse con otros países europeos. Con ello, se grava todos los líquidos de vapeo, con o sin nicotina, así como las bolsas de nicotina, chicles, inhaladores, pastillas y parches cutáneos no considerados medicamentos. Y se aplicará en los productos fabricados en España, importados desde fuera de la Unión Europea, introducidos desde otros países comunitarios y de venta irregular en el mercado nacional. Cómo aumentan los precios El tipo impositivo dependerá de la concentración de nicotina y el tipo de producto, motivo por el cual el incremento de precio no será siempre el mismo. La base imponible estará constituida por el volumen, expresado en mililitros, para los líquidos de cigarrillos electrónicos, y por el peso del contenido del producto, en gramos, para las bolsas de nicotina. Así, se establece un 0,15 euros/ml más IVA para líquidos con menos de 15 mg/ml o sin nicotina y 0,20 euros/ml más IVA para líquidos con más de 15 mg/ml. De esta forma, un envase de cien mililitritos con una concentración de 5 mg/ml aumentará su precio en 15 euros. Y si el producto contuviera una concentración alta de nicotina podría ascender hasta los 20 euros. En el caso de las bolsas y otros productos de nicotina, su precio se gravará con 0,10 euros/ml más IVA. El objetivo: desincentivar su consumo Con este nuevo impuesto, el Gobierno persigue que se reduzca el consumo de estos productos. Se busca desincentivar su consumo y equiparar los impuestos que le afectan a los de otros productos relacionados con el tabaco. El impuesto no se aplicará en Canarias, Ceuta y Melilla ni a productos considerados medicamentos. Además, estarán exentos los viajeros mayores de 17 años con hasta 20 ml de líquidos de vapeo, 200 bolsas de nicotina o 200 gramos de otros productos de nicotina, los envíos ocasionales entre particulares sin intercambio económico —hasta 10 ml de líquidos, 30 bolsas de nicotina o 150 gramos de otros productos de nicotina— y los productos adquiridos en tiendas libres de impuestos con destino al extranjero. Tampoco tendrán que pagar el impuesto los productos destinados a investigación o control de calidad y las entregas diplomáticas o a organizaciones internacionales. Súmate a Apoya nuestro trabajo. Navega sin publicidad. Entra a todos los contenidos. hazte socio

Abr 3, 2025 - 21:54
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En vigor el nuevo impuesto a vapeadores y bolsas de nicotina
Desde el 1 de abril de 2025 se encuentra en vigor el nuevo impuesto a vapeadores y bolsas de nicotina. El objetivo de esta tasa es equiparar su fiscalidad a la del tabaco y favorecer que se reduzca su consumo. En concreto, se trata de la Ley 7/2024, que traspone la directiva europea 2022/2523 y establece un nuevo impuesto con el objetivo de gravar los líquidos utilizados en los cigarrillos electrónicos y equiparar la fiscalidad del vapeo con la del tabaco tradicional, reducir su consumo y alinearse con otros países europeos. Con ello, se grava todos los líquidos de vapeo, con o sin nicotina, así como las bolsas de nicotina, chicles, inhaladores, pastillas y parches cutáneos no considerados medicamentos. Y se aplicará en los productos fabricados en España, importados desde fuera de la Unión Europea, introducidos desde otros países comunitarios y de venta irregular en el mercado nacional. Cómo aumentan los precios El tipo impositivo dependerá de la concentración de nicotina y el tipo de producto, motivo por el cual el incremento de precio no será siempre el mismo. La base imponible estará constituida por el volumen, expresado en mililitros, para los líquidos de cigarrillos electrónicos, y por el peso del contenido del producto, en gramos, para las bolsas de nicotina. Así, se establece un 0,15 euros/ml más IVA para líquidos con menos de 15 mg/ml o sin nicotina y 0,20 euros/ml más IVA para líquidos con más de 15 mg/ml. De esta forma, un envase de cien mililitritos con una concentración de 5 mg/ml aumentará su precio en 15 euros. Y si el producto contuviera una concentración alta de nicotina podría ascender hasta los 20 euros. En el caso de las bolsas y otros productos de nicotina, su precio se gravará con 0,10 euros/ml más IVA. El objetivo: desincentivar su consumo Con este nuevo impuesto, el Gobierno persigue que se reduzca el consumo de estos productos. Se busca desincentivar su consumo y equiparar los impuestos que le afectan a los de otros productos relacionados con el tabaco. El impuesto no se aplicará en Canarias, Ceuta y Melilla ni a productos considerados medicamentos. Además, estarán exentos los viajeros mayores de 17 años con hasta 20 ml de líquidos de vapeo, 200 bolsas de nicotina o 200 gramos de otros productos de nicotina, los envíos ocasionales entre particulares sin intercambio económico —hasta 10 ml de líquidos, 30 bolsas de nicotina o 150 gramos de otros productos de nicotina— y los productos adquiridos en tiendas libres de impuestos con destino al extranjero. Tampoco tendrán que pagar el impuesto los productos destinados a investigación o control de calidad y las entregas diplomáticas o a organizaciones internacionales. Súmate a Apoya nuestro trabajo. Navega sin publicidad. Entra a todos los contenidos. hazte socio