El Supremo retrasa a 2028 el recurso contra la absolución del brasileño
La Sala Segunda de lo Penal tramita ahora recursos de sentencias dictadas en 2022, hace tres años.

El colapso de expedientes que atraviesa el Tribunal Supremo impedirá a los magistrados revisar y resolver los recursos que se presenten contra la absolución del futbolista Dani Alves, previsiblemente, hasta el año 2028.
La Sala Segunda de lo Penal, que sería la encargada de su resolución, tiene señaladas para esta semana la revisión de un total de nueve recursos relativos a sentencias por abuso sexual o agresión sexual dictadas en 2022, es decir, hace tres años. Esto significa que el caso de Dani Alves podría ser revisado, como mínimo, en el año 2028. Según el calendario del Tribunal Supremo, esta semana se conocerán recursos relativos a delitos sexuales correspondientes a 2022.
La Sala Segunda también analizará recursos sobre otras materias de los años 2023 y 2024 en los que no se especifica si se refieren a incidentes de nulidad, cuestiones de competencia o asuntos menores de los procedimientos.
La Fiscalía y la víctima recurrirán la anulación
El colapso de la resolución de recursos y apelaciones en los tribunales podría prolongar la resolución final del caso Alves, así como de diferentes expedientes cursados desde hace años, de forma indefinida. En ese sentido, fuentes jurídicas hacen hincapié en el "colapso total" de la Sala Segunda, una situación que está "vulnerando" el derecho fundamental de los ciudadanos a un procedimiento sin dilaciones indebidas.
Tanto la Fiscalía como la víctima han anunciado que recurrirán ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que absolvió la pasada semana al futbolista Dani Alves y anuló su condena de cuatro años y medio de prisión impuesta por la Audiencia de Barcelona por un delito de agresión sexual. Según el TSJC, el testimonio de la víctima no era suficiente para mantener la pena y dijo apreciar incongruencias en su relato.
Ante los recursos, el Supremo puede considerar que el TSJC aplicó correctamente el principio de presunción de inocencia y entonces la absolución sería definitiva. Por otra parte, también podría anular esa exoneración y mantener la condena si encuentra fallos en la argumentación del TSJC y considera que el testimonio de la víctima es argumento suficiente para decidir una condena. La tercera vía, de apreciar errores en la valoración de priebas, el Alto Tribunal podría ordenar la repetición del juicio bajo un tribunal diferente.
La Fiscalía considera que esta sentencia del TSJC sienta un precedente peligroso en la lucha contra la violencia de género y la protección de las víctimas de agresión sexual. El Ministerio Público abogará por la coherencia de la declaración de la víctima en los hechos fundamentales y pondrá en valor el informe forense, que confirmó que la víctima presentaba lesiones compatibles con una agresión sexual y que sufrió estrés postraumático. Igualmente, destacará el testimonio de los Mossos y de los empleados de la discoteca que la atendieron en primera instancia.