El PP busca más poder de veto para contrarrestar al Congreso en su propuesta de cambio del reglamento del Senado
La propuesta registrada por los populares incluye 44 modificaciones al articulado de la norma.


Más vías para vetar normas y la posibilidad de apelar al Constitucional si una iniciativa tarda en tramitarse en el Congreso son algunas de las 44 propuestas de cambios que ha planteado el Partido Popular (PP) para modificar el reglamento del Senado.
- Otro de los cambios propuestos es obligar a que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, acuda una vez al mes como mínimo a las sesiones de control que se celebran en la Cámara Alta, puesto que este lleva un año sin acudir.
Nueva forma de veto. Entre los cambios propuestos por los populares al reglamento del Senado se encuentra ampliar las posibilidades de vetar normas. Si el plazo para presentar veto a una norma se ha cumplido y este no se ha presentado, ahora será posible introducir un veto a través del debate a la totalidad de la norma. Si el debate a la totalidad no resulta favorable, se entenderá que el Senado introduce veto a la iniciativa, apunta el cambio propuesto al artículo 107.
- Si se rechaza la toma en consideración de un proyecto o proposición por mayoría absoluta también se entenderá como vetado.
Procedimientos de urgencia justificados. Otra de las modificaciones es que cuando el Congreso tramite iniciativas por la vía de urgencia (que acorta los plazos de respuesta para ambas cámaras), el Senado pueda solicitar los “antecedentes necesarios” para esclarecer si está justificada la tramitación por esta vía (artículo 133).
Ausencias del Gobierno. El Senado contempla que el Gobierno avise a la Cámara Alta de los ministros que no asistirán a las sesiones de control con un cambio al artículo 163.
- El 164 se modifica para garantizar la asistencia del presidente del Ejecutivo a una sesión de control una vez al mes como mínimo.
Preguntas. Se fija un plazo de 20 días (prorrogables por otros 20) para que el Gobierno conteste por escrito a las preguntas formuladas por los senadores. Actualmente el plazo es de 30 días (artículo 169 del reglamento).
Informes sobre legislación. Con un nuevo artículo, el 107 bis, se posibilita que un grupo del Senado pueda solicitar a otros órganos informes de consulta sobre los proyectos o proposiciones enviados por el Congreso.
Apelaciones al Tribunal Constitucional. Se prevé que un grupo o 25 senadores puedan presentar un conflicto de atribuciones si se extiende en el tiempo la tramitación en el Congreso de una norma nacida en la Cámara Alta.
- A través de esta modificación del artículo 108, se abre la posibilidad de apelar ante el Constitucional esa demora.
¿Es posible modificar el reglamento del Senado? El proceso para modificar el reglamento es similar al de la presentación de una proposición de ley. El pleno debe admitir a trámite la propuesta, que se lleva a la comisión del reglamento donde se estudia la modificación y se emite un dictamen. El pleno debate y vota la iniciativa, que debe ser ratificada en su totalidad por mayoría absoluta, según indica el artículo 196 del reglamento. Fuentes
- Proposición de reforma del reglamento del Senado
- Reglamento del Senado
- Ley Orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional