El Constitucional de Conde-Pumpido sale ahora al rescate de Podemos: avala la ‘Ley Trans’ de Montero

El Tribunal Constitucional (TC) estudiará en su Pleno de la próxima semana el recurso del PP contra la llamada ‘Ley Trans’ impulsada por la entonces ministra de Igualdad, Irene Montero, en base a una ponencia que aboga por avalar la parte sustancial aunque realizando modificaciones. Los magistrados analizarán el recurso presentado por el PP contra … Continuar leyendo "El Constitucional de Conde-Pumpido sale ahora al rescate de Podemos: avala la ‘Ley Trans’ de Montero"

Abr 27, 2025 - 21:37
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El Constitucional de Conde-Pumpido sale ahora al rescate de Podemos: avala la ‘Ley Trans’ de Montero

El Tribunal Constitucional (TC) estudiará en su Pleno de la próxima semana el recurso del PP contra la llamada ‘Ley Trans’ impulsada por la entonces ministra de Igualdad, Irene Montero, en base a una ponencia que aboga por avalar la parte sustancial aunque realizando modificaciones.

Los magistrados analizarán el recurso presentado por el PP contra varios artículos de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

La ponencia, redactada por el magistrado progresista Juan Carlos Campo, propone estimar parcialmente la impugnación de los ‘populares’, pero las fuentes consultadas subrayan que se trata de «algún cuestionamiento» menor, por lo que aboga por avalar lo fundamental de la ley.

En concreto, el PP ha recurrido el artículo 19.2, que permite la modificación genital en menores de entre 12 y 16 años cuando lo pida el propio menor y «siempre que, por su edad y madurez, pueda consentir de manera informada».

Los de Alberto Núñez Feijóo han impugnado también los dos primeros apartados del artículo 43, que permite que los menores de 15 y 16 años puedan pedir el cambio de sexo en el Registro Civil asistidos de sus representantes legales y que las personas mayores de 16 años puedan pedirlo por sí mismas.

De la misma forma, han atacado los apartados 3 y 9 del artículo 44, que para realizar dicho trámite exime de presentar informe médico o psicológico y de «la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole».

Han recurrido también el artículo 47, según el cual «transcurridos seis meses desde la inscripción en el Registro Civil de la rectificación de la mención registral relativa al sexo, las personas que hubieran promovido dicha rectificación podrán recuperar la mención registral del sexo que figuraba previamente» siguiendo el mismo procedimiento.

Las tachas del PP se han dirigido asimismo contra el apartado 3.b) del artículo 79, que señala como infracción administrativa «la realización de actos o la imposición de disposiciones o cláusulas en los negocios jurídicos que supongan, directa o indirectamente, un trato menos favorable» para las personas ‘trans’ «en relación con otra persona que se encuentre en situación análoga».

Y contra los apartados 4 e) y f) del mismo precepto, que definen como infracciones administrativas graves «la elaboración, utilización o difusión en centros educativos de libros de texto y materiales didácticos que presenten a las personas como superiores o inferiores en dignidad humana en función de su orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales»; y «la convocatoria de espectáculos públicos o actividades recreativas que tengan como objeto la incitación a realizar conductas tipificadas como graves o muy graves».

Las fuentes preguntadas indican que se espera debate sobre este recurso porque incluso desde la mayoría progresista del TC ven con suspicacia la facilidad de los cambios registrales al considerar que puede generar inseguridad jurídica.

AYUSO CONTRA EL REPARTO DE MIGRANTES
Por otro lado, el Pleno examinará la admisibilidad del recurso presentado por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso en la Comunidad de Madrid contra el Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias.

Se trata del real decreto que acordó el reparto de los menores migrantes no acompañados por comunidades autónomas. Según explicó entonces el consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de Madrid, Miguel Ángel García Martín, para el PP es un reparto «discrecional» acordado con Junts «con el único propósito de conseguir esos siete votos que necesita Pedro Sánchez para quedarse en La Moncloa».

El informe de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid sostiene que el real decreto es inconstitucional por «invadir las competencias exclusivas del Gobierno regional», ya que la recepción y acogimiento inicial de un extranjero menor de edad corresponde a las comunidades autónomas que las tengan asumidas estatutariamente en materia de protección y tutela de menores.

Aduce también que es «contrario al principio de solidaridad y lealtad entre administraciones» porque el criterio de reparto «se ha realizado sin contar con las comunidades autónomas»; y al principio de autonomía financiera, «ya que el Ejecutivo central no garantiza la aportación económica necesaria para atender con garantías a los menores desplazados».

Con todo, para el PP el real decreto «carece de justificación» porque desplaza a los menores migrantes no acompañados «desplazándolos por cuotas subjetivas y sin priorizar la garantía de su asistencia».

FUNCIONARIOS EN PAÍS VASCO
El TC también decidirá si admite a trámite el recurso del PP contra el segundo apartado de la disposición final séptima de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

Este apartado deja en manos de País Vasco la gestión de los funcionarios de la administración local con habilitación de carácter nacional, incluidas las facultades de selección y aprobación de la oferta pública de empleo para cubrir las vacantes existentes.

El PP considera que se trata de una cesión de competencias que son exclusivas del Estado, con la que el Ejecutivo estaría provocando una «fractura o destrucción del carácter uniforme de la escala de funcionarios de la administración local con habilitación de carácter nacional».

Los magistrados estudiarán igualmente la admisión a trámite del recurso de amparo del secretario general de Junts, Jordi Turull, contra sendas resoluciones por las que el Tribunal Supremo (TS) se negó a amnistiarle la malversación del ‘procés’. Al igual que el ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras y los ex consejeros Raul Römeva y Dolors Bassa, pide que de forma cautelar se le levante la pena de inhabilitación.

En los recursos referidos a Junqueras, Römeva y Bassa, el Constitucional los admitió a trámite y abrió pieza separada para estudiar las medidas cautelares, a las que la Fiscalía se ha opuesto.

Las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press avanzan que las ponencias sobre estos tres recursos proponen admitirlos a trámite y que, previsiblemente, así se hará para estudiarlos a fondo.