Cambian las licencias de conducir en todo el país: cuáles son las novedades y cómo se renovará desde ahora
A través del Decreto 196/2025 publicado este martes en el Boletín Oficial, se oficializaron los cambios en la denominada Ley de Tránsito. Todos los detalles.

Tal como había adelantado el vocero Manuel Adorni a mediados de febrero, el Gobierno avanzó con la reforma de la denominada Ley de Tránsito, en una iniciativa que incluye cambios en la licencia de conducir.
Lo hizo a través del Decreto 196/2025 publicado este martes en el Boletín Oficial, que moderniza una normativa con casi 30 años de antigüedad.
La medida responde al plan de desregulación que impulsa el ministro Federico Sturzenegger desde su cartera, en un trabajo conjunto con la Secretaría de Transporte, "con el objetivo de facilitar trámites, aumentar la seguridad en las rutas y reducir la burocracia", se informó.
En el caso de la licencia para poder conducir vehículos dentro del territorio argentino, ya no será necesario tener el documento físico ni gestionar su renovación presencialmente. En el caso de la licencia, ya no será necesario tener el documento físico ni gestionar su renovación presencialmente.
Cambian las licencias de conducir: las novedades que confirmó el Gobierno de Milei
Una de las mejoras es que la licencia nacional de conducir será digital y válida en todo el país.
Si la persona así lo desea, también podrá pedir la licencia física, que será opcional. Ambas versiones serán igualmente válidas para la conducción del tipo de vehículo autorizado.
Para su renovación los conductores deberán presentar un certificado de aptitud psicofísica de manera online, en los siguientes plazos:
- Cada 5 años si son menores de 65 años
- Cada 3 años en mayores de 65
- Anualmente después de los 70 años.
Para los casos en que la persona posea antecedentes por infracciones graves, la revalidación requerirá también la aprobación del examen teórico práctico.
A su vez, los conductores principiantes seguirán utilizando el cartel identificatorio de su condición durante los primeros 6 meses de expedida la licencia y, de incurrir en faltas graves durante los primeros 2 años, se les suspenderá la licencia. De esta manera, se elimina la renovación al año de la primera licencia.
Además, la gente que cambie de jurisdicción no deberá volver a emitir la licencia.
Tanto los cursos teórico-prácticos como los exámenes de aptitud psicofísica, necesarios al momento de la obtención de la licencia, podrán realizarse en forma descentralizada por prestadores públicos y/o privados, con estándares y exigencias previamente definidos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Los certificados, por su parte, podrán presentarse de manera online, agilizando y modernizando los procesos. En el caso de la licencia, ya no será necesario tener el documento físico ni gestionar su renovación presencialmente.
Cuál es la vigencia de la nueva licencia de conducir
La nueva normativa modifica las vigencias:
- Las personas menores de 21 años podrán obtener una licencia con vigencia de cinco años, pudiendo acceder a las clases A, B y G.
- Las personas entre 21 y 65 años también tendrán una vigencia de cinco años y podrán acceder a todas las categorías de licencias nacionales.
- Las personas mayores de 65 años con licencias de categorías A, B y G deberán revalidarlas cada tres años, mientras que quienes tengan licencias C, D y E deberán renovarlas cada dos años.
- A partir de los 70 años, la renovación de la licencia será anual.