Valencia endurece las sanciones por orinar en la calle o abandonar muebles: hasta 3.000 euros de multa
Las conductas incívicas relacionadas con la limpieza urbana (o la falta de ella) tendrán una sanción más dura en la ciudad de Valencia, cuyo ayuntamiento...

Las conductas incívicas relacionadas con la limpieza urbana (o la falta de ella) tendrán una sanción más dura en la ciudad de Valencia, cuyo ayuntamiento acaba de endurecer las multas por orinar en la calle o abandonar muebles junto a contenedores. En concreto, la modificación de la ordenanza de Limpieza aprobada este viernes por la Junta de Gobierno Local establece multas que oscilarán entre los 750 euros para las faltas leves hasta los 3.000 euros para las muy graves, con una graduación en función de sus efectos en la salud, la salubridad y la seguridad de las personas y del medio ambiente. También se castigará con mayor dureza la acumulación de restos de obras, no limpiar los excrementos de animales, verter residuos de manera descontrolada o realizar pintadas en edificios o monumentos protegidos patrimonialmente.
El portavoz del Gobierno municipal, el concejal Juan Carlos Caballero, ha explicado que la iniciativa se asienta sobre los principios de seguridad jurídica e interés público. Y el objetivo, ha señalado, es "adecuar la norma al contexto actual en materia de limpieza, ornato, salud y salubridad pública y protección del patrimonio histórico-artístico". Para ello, la modificación incluye de forma más precisa y concisa el régimen de infracciones ante comportamientos incívicos que ya se recogen en la ordenanza en vigor, "pero que no se califican como leves, graves y muy graves, con sus correspondiente correlación en cuanto al régimen de sanciones que los mismos lleven aparejados", ha explicado.
La actual ordenanza no recogía de forma explícita el régimen sancionador de las infracciones en función de su gravedad, y únicamente remite, de manera genérica, a la legislación en vigor. Por ello, la Junta de Gobierno ha aprobado esta modificación de su Título VII, que prevé multas por importes que oscilarán desde los 750 euros para las faltas leves hasta 3.000 euros para las muy graves, con una graduación en función de su trascendencia en la salud, salubridad, seguridad de las personas y el medio ambiente. También se detallan los casos de afecciones a bienes que gocen de protección patrimonial, así como a circunstancias del infractor responsable, grado de intencionalidad, participación y reincidencia.
Caballero ha explicado que en lo referente a la limpieza de los espacios y a la recogida de residuos, la modificación "pretende visibilizar también la necesidad de un comportamiento adecuado y de respeto al espacio urbano por parte de la ciudadanía, así como la importancia del conocimiento y cumplimiento de unas normas cívicas que preserven nuestro entorno y mejoren nuestra calidad de vida en la ciudad". La vigente Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana fue aprobada por acuerdo plenario el 30 de enero de 2009, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el 14 de mayo del mismo año, "por lo que consideramos que tras 16 años de vigencia desde su entrada en vigor ha llegado el momento de adecuar el texto de la misma, en particular el Título VII, denominado bajo el epígrafe Régimen Sancionador", ha explicado el portavoz municipal.
Conductas sancionables
Como ejemplo de infracciones que se verán agravadas tras la modificación aprobada, el nuevo texto recoge la realización de obras o el almacenamiento de material de construcción que ocasione suciedad en los espacios públicos, así como la realización de necesidades fisiológicas en vías o espacios públicos. También se agravan el abandono de muebles y de grandes electrodomésticos y enseres en los espacios y entornos de contenedores destinados a los residuos domésticos, así como en contenedores o sacos de obra o junto a estos. Y, de la misma manera, se sancionan la realización de pintadas en edificios, inmuebles y monumentos que estén patrimonialmente protegidos en el catálogo municipal.
Otras conductas que se especifican como sancionables son: no limpiar los orines de animales y con agua que no contenga productos contaminantes, tóxicos o corrosivos, o verter residuos de forma descontrolada en los lugares no destinados para ello, promoviendo la aparición o crecimiento de vertederos y escombreras ilegales.