Saldos a favor por impuesto PAIS: la respuesta definitiva de ARCA

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió hasta el 30 de abril la posibilidad de que los bancos informen los saldos a favor del impuesto PAIS. El trasfondo de cómo se gestó la medida y la visión de los tributaristas.

Abr 3, 2025 - 16:03
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Saldos a favor por impuesto PAIS: la respuesta definitiva de ARCA

A pesar de que el impuesto PAIS finalizó el 22 de diciembre pasado, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tomó una decisión clave que beneficia a los bancos, pero también los ingresos del estado. El pedido y la nueva fecha.

Por los tiempos de la Ley 27.541 (vigente por cinco periodos fiscales) y la decisión del presidente Javier Milei de no renovarlo, a fin del año pasado dejo de esta vigente el impuesto que se creó en la gestión de Alberto Fernández en la pandemia.

Que se aplica sobre los consumos en el exterior del país. Ya que la cotización del dólar tarjeta se componía del dólar oficial más un 30% de percepciones del impuesto a las Ganancias o Bienes Personales -según el contribuyente- y otro 30% del impuesto PAIS.

Esto llevó a que agentes de percepción y liquidación ingresaran percepciones en exceso, cuyos saldos a favor no pueden -por la finalización de la vigencia del impuesto- compensarse en declaraciones futuras del impuesto.

Frente a ello, este martes, por medio de la Resolución 5669/2025, el director ejecutivo de la ARCA, Juan Pazo, tomó la decisión de extender el plazo para que agentes de percepción y liquidación exterioricen los mencionados saldos a favor del Impuesto PAIS.

"La exteriorización del saldo a favor del impuesto PAIS mediante la presentación del formulario de declaración jurada F.744 correspondiente a los meses de diciembre 2024 y enero a abril de 2025, generado a través del "Sistema de Control de Retenciones (SICORE)" en los términos del artículo 8° de la Resolución General N° 4.659, sus modificatorias y complementarias, permitirá acceder a su devolución simplificada."

Así, tendrán tiempo hasta el 30 a abril para informar por medio del formulario de declaración jurada F.744 los saldos a favor del impuesto PAIS. Los cuales podrán computar hasta el 31 de mayo contra el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.

"Es una prórroga para que las tarjetas de crédito puedan procesar toda la información. Hicieron un pedido de extensión del plazo al fisco porque tenían una gran cantidad y no llegaban", comentaron fuentes oficiales de la ARCA a El Cronista.

Lo que está en juego ahora son los saldos a favor del impuesto, que en su momento los bancos devolvieron a sus clientes porque no correspondía la percepción del impuesto PAIS, pero ahora solicitan que les reintegre a ellos el fisco.

"Les conviene a los dos", afirmó el socio del Departamento de Impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, Martín Caranta, en conversación con este medio en referencia a los agentes de percepción y liquidación como a fisco nacional.

"Si la ARCA no hiciera esto tendría que salir a devolverlo. Es lo más conveniente para ARCA porque es más fácil trabajar la compensación, pero también para los bancos porque los tiempos de la devolución suelen ser mayores que los de computar contra otro impuesto", explicó Caranta.

La medida también fue celebrada por el contador Marcos Felice. "La resolución extiende un mes más el plazo para que los agentes de percepción del impuesto exterioricen sus saldos a favor generados por la eliminación del impuesto. Es impuesto que se ingresó demás y ahora se puede solicitar la devolución o compensación", afirmó.