La clave que las multinacionales deben tener en cuenta para su planificación fiscal
El Senado de la Nación aprobó el pasado 7 de mayo el Instrumento Multilateral, casi 8 años después de su firma. Las multinacionales con presencia en Argentina deberían analizar el potencial impacto del MLI en sus transacciones.

El Senado aprobó la Convención Multilateral impulsada por la OCDE (MLI) que impacta en las planificaciones fiscales de empresas multinacionales.
Las 15 acciones del paquete "Base Erosion and Profit Shifting" o BEPS, diseñado por la OCDE por encargo del G20 que tuvo nacimiento allá por el año 2013, apuntaron a que los gobiernos cuenten con instrumentos para garantizar que las ganancias se graven donde tienen lugar la actividad económica y la creación de valor.
Recordemos que la OCDE afirmó que la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés) cuestan a los países entre 100 y 240 mil millones de dólares en ingresos perdidos anualmente, lo que equivale a entre el 4% y el 10% de los ingresos globales por impuestos a la renta corporativa.
Entre las herramientas que conformaron dicho paquete, se diseñó el instrumento multilateral conocido como la Convención Multilateral para adoptar las medidas de prevención de BEPS que "busca transponer los resultados del Proyecto OCDE/G20 BEPS en más de 2000 convenios en todo el mundo".
En ese sentido, en palabras del Organismo Internacional que nuclea hoy a las principales economías del mundo y al que Argentina ha formalizado (nuevamente) su intención de ingresar, pese a revestir desde 2014 la calidad de asociado al Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE, el Instrumento Multilateral permite a los gobiernos implementar estándares mínimos acordados para contrarrestar el abuso de tratados fiscales.
La lógica es que se diseñaron medidas para modificar los llamados convenios que negocian bilateralmente los países para evitar la doble imposición, a fin de contrarrestar prácticas como el "treaty-shopping" y otras situaciones abusivas, mediante cláusulas de carácter general o específicas.
¿Cómo funciona? El MLI permite actualizar los convenios bilaterales existentes de manera eficiente, sin la necesidad de su renegociación particular, caso a caso, para enmendarlos de manera rápida, adoptando estándares internacionales que robustezcan su texto y, como se dijo, se evite su utilización abusiva.
Más de 100 jurisdicciones han firmado el Instrumento Multilateral y, a la fecha, cubre alrededor de 1.950 tratados bilaterales en el mundo.
Argentina, como país G20, asumió este compromiso al suscribir el instrumento multilateral el 7 de junio de 2017 con la expectativa de, de ratificarse el mismo, ver impactada su red de convenios de doble imposición (por aquella época, 17, hoy nuestra red de CDIs llega a 23), permitiendo denegar los beneficios de tales convenios en circunstancias consideradas inadecuadas o ante esquemas de planificación fiscal agresiva. Ello, en la medida que exista coincidencia con las contrapartes.
La lógica del instrumento así lo exige, esto es, opera la modificación producto del Multilateral Instrument en la medida y alcance que ambas partes de un tratado bilateral identifiquen concurrencias en sus posiciones.
No olvidemos que el Plan BEPS, como se dijo en su introducción, "marca un punto de inflexión en la historia de la cooperación internacional en materia de tributación", con origen en la presión social y económica ante situaciones de evasión fiscal de algunas grandes multinacionales que, abusaban de planificaciones fiscales para no pagar impuestos.
Como dijimos, Argentina pretendió incorporar al momento de la firma del Convenio Multilateral sus tratados vigentes o suscriptos (a junio 2017), excepto el caso del CDI con Brasil y Alemania, como el de Bolivia, que sigue el modelo de Pacto Andino.
La reciente novedad es que el Senado de la Nación aprobó el pasado 7 de mayo el Instrumento Multilateral, casi 8 años después de su firma.
Una vez que la ley (que lleva el número 27.788) se publique en el Boletín Oficial, el MLI se presentará a la OCDE informando el cumplimiento de tal procedimiento constitucional de aprobación parlamentaria y entrará en vigor al vencimiento de un período de tres meses calendario, a partir de esa fecha.
Las empresas multinacionales con presencia en Argentina deberían analizar el potencial impacto del MLI en transacciones transnacionales, en tanto estas medidas evitarán situaciones como el abuso de tratados, como la elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente e instrumentos híbridos.
Si bien la aprobación de este Convenio representa un gran avance en el marco internacional, será tarea de la autoridad de aplicación que encabeza el Ministerio de Economía dar cuenta del impacto de sus medidas para su puesta en marcha de forma rápida, en tanto el objetivo primario de la Acción 15 radicó en agilizar y simplificar la implementación de las medidas BEPS previstas en los convenios, imponiéndose una consolidación clara de los convenios para evitar la doble imposición que evite situaciones de incertidumbre y aporte certeza jurídica.
En dicha línea resulta fundamental la reciente doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en el precedente Molinos Río de la Plata S.A. donde, en esencia, el Máximo Tribunal interpretó que el abuso del convenio, a través de una planificación fiscal diseñada para evitar la tributación, invalida la aplicación de los beneficios del convenio.