Instrumentos, sí; patinetes eléctricos, no: los interurbanos de Madrid regulan qué objetos se pueden subir al bus

El Ejecutivo madrileño busca reducir la "incertidumbre" de la normativa actual con una orden específica y clara.

Abr 27, 2025 - 07:26
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Instrumentos, sí; patinetes eléctricos, no: los interurbanos de Madrid regulan qué objetos se pueden subir al bus

Algo tan cotidiano como subirse a un autobús puede resultar problemático en ocasiones, especialmente cuando el viajero porta algún objeto voluminoso, como puede ser una maleta, un carro de la compra o un instrumento musical. Para evitar conflictos en la prestación del servicio público, el Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM) se encuentra preparando una normativa que ordenará específicamente los objetos con los que se puede subir a las líneas interurbanas.

El organismo público que depende de la Consejería de Transportes empezó a trabajar en esta iniciativa en 2024, cuando consideró que la situación actual se presta a cierta "incertidumbre" entre los usuarios respecto a qué cosas se pueden subir a un autobús y las circunstancias en las que los conductores pueden denegar el acceso. Para solucionarlo se decidió trabajar en una orden que ayudara a clarificar el asunto, siguiendo en cierto modo la estela de un decreto que en 2017 modificó el Reglamento de Viajeros para reconocer el derecho de acceso a los buses de carritos de niño, bicicletas, dispositivos de ayuda a personas con movilidad reducida y perros de asistencia.

"Constituye la mejor alternativa para dar respuesta a las demandas de usuarios e instituciones de concretar los objetos que pueden portar los viajeros", sostiene el Consorcio, que añade que las alternativas a esta regulación, que adquirirá la forma de orden autonómica, son mantener la situación actual o bien que cada empresa concesionaria elabore un protocolo para las líneas que opera, una opción que provocaría "inseguridad jurídica" para los usuarios, por eso no las contempla.

El primer borrador de la orden que previsiblemente verá la luz en los próximos meses establece que los viajeros podrán acceder al autobús con "objetos o bultos de mano" siempre que no supongan molestias o peligro para otros viajeros. Al margen de ese 'equipaje' que es habitual, en la categoría de objetos permitidos con "carácter excepcional" aparecen bolsos, maletines o mochilas de un tamaño máximo de 50x30x10 centímetros; carritos de la compra, mochilas-carro con ruedas y maletas que no superen las medidas de 55x40x20 centímetros; patinetes infantiles y bicicletas de niños; instrumentos musicales siempre que vayan en su correspondiente funda y materiales de equipamiento deportivo, que igualmente deberán ir dentro de bolsas o fundas.

El transporte de estos objetos estará limitado a un máximo de una pieza por viajero, según se detalla a continuación, un pasaje del borrador en el que se explicita que los conductores, en todo caso, podrán "permitir o denegar" el acceso del pasajero aunque vaya con un objeto autorizado si se dan ciertas circunstancias. Estos factores que pueden condicionar la entrada al autobús son su nivel de ocupación de pasajeros y también que el vehículo cuente con bodega o con espacios específicos para el transporte de objetos excepcionales y su estado (libres u ocupados). Esos espacios tendrán que ser habilitados por las empresas adjudicatarias de la explotación de las líneas interurbanas. Es una tarea que las compañías tendrán que cumplir en el plazo de un año, tal y como recoge el borrador en una disposición adicional.

La futura normativa hará constar que en el supuesto de que el vehículo no contara en su interior con espacios libres específicos para la colocación de objetos, o que el transporte fuera susceptible de provocar "peligro o incomodidad" a otros viajeros, el conductor podrá denegar el acceso.

Sigue el veto a patinetes eléctricos y similares

La normativa que prepara el Consorcio también establecerá la prohibición de subir a los autobuses con objetos que por sus características, "y particularmente las relativas a la limpieza", puedan provocar "molestias o peligro" para el resto del pasaje. "La valoración de estas circunstancias corresponderá al conductor", se precisa. Igualmente, continúa vigente el veto de acceso a los llamados vehículos de movilidad personal (VMP), categoría a la que pertenecen los patinetes eléctricos y otros similares.

Los usuarios que porten estos vehículos no pueden usar el transporte público madrileño junto a ellos desde noviembre de 2023, cuando se prohibió el acceso tras la explosión de un patinete en el Metro de Madrid que afortunadamente se saldó sin heridos aunque con cuantiosos daños materiales en el vagón.