En medio de los anuncios, el juez Cormick emplazó al Gobierno a informar sobre el acuerdo con el FMI
Le dio cinco días hábiles; lo hizo en el marco de una cautelar que busca hacer caer el DNU que habilita el endeudamiento; sin embargo, el magistrado no avaló neutralizar los efectos de la medida
En el marco de una presentación que tramita en el fuero administrativo y busca hacer caer al DNU dictado por presidente Javier Milei para sortear al Congreso en materia de endeudamiento, el juez Martín Cormick le corrió vista al Gobierno y le dio un plazo de cinco días hábiles para que entregue documentación al respecto. Por ahora, el magistrado no avaló la cautelar que busca pausar los efectos de la medida.
La presentación fue realizada por el abogado del Observatorio de la Ciudad, Jonatan Baldiviezo, y el economista y exdirector del Banco Nacion, Claudio Lozano. Solicitaron que, por inconstitucional, se declare la nulidad “absoluta e insanable” del DNU 179/2025 y “de cada uno de los actos que derivan de su vigencia o usados a cabo en su cumplimiento”, además de que se ordene al Poder Ejecutivo a no firmar con el FMI ninguna operación de crédito público.
“El DNU 179/2025 tiene por objeto -dice la demanda- autorizar la toma de nueva deuda con el FMI para pagar vencimientos de la deuda con el FMI derivados del acuerdo del año 2022 que refinanció los acuerdos con el FMI del año 2018″. Y agrega: “la nueva deuda que el Poder Ejecutivo acordará con el FMI será para pagar la deuda que el Poder Ejecutivo acordó con el FMI en el año 2022 cuando refinanció y amplío la deuda derivada de los acuerdos realizados por el Poder Ejecutivo con el FMI en el año 2018″.
En cumplimiento de la ley 26.854, que regula el tratamiento de medidas cautelares contra el Estado, el juez le corrió vista al Gobierno y le dio un plazo de cinco días hábiles para que se expida. Consideró que no hay urgencia probada y por ello optó por hacer el traslado sin avalar la medida cautelar. “La medida cautelar interina no puede prosperar atento que no se conforman los supuestos establecidos en el artículo 2do, inciso 2do de la ley 26854 para su otorgamiento”, sostuvo.
“Por ello –como medida para mejor proveer y en ejercicio de las facultades que surgen del artículo 36- corresponde suspender el llamado de autos y dar vista a las demandadas por el termino de cinco días a fin de que se manifiesten en relación a la nueva norma vigente –acompañando toda la documentación que consideren oportuna y procedente”, agregó el juez.
El DNU de Milei autoriza la toma de nueva deuda con el FMI para pagar vencimientos del acuerdo de 2022, que refinanció la deuda original contraída en 2018.
Con el apoyo de Pro, la UCR, la Coalición Cívica, el Movimiento de Integración y Desarrollo (MID), Innovación Federal, parte de Encuentro Federal, y otro puñado de diputados que responden a los gobernadores, el oficialismo alcanzó hace una semana los votos necesarios para blindar la medida. Por su parte, el kirchnerismo y la izquierda se opusieron al DNU y pidieron que se respete la “Ley Guzmán”, que exige una ley, es decir, la intervención del Congreso, para nuevas tomas de deuda en moneda extranjera.
Movilización
El juez Cormick cobró notoriedad pública cuando rechazó la medida cautelar por la cual se pidió anular el “protocolo antipiquetes” en la movilización que siguió a los incidentes del 12 de marzo. El juez sostuvo que pronunciarse hubiera sido inmiscuirse en una esfera de competencias ajenas a la del Poder Judicial. Sin embargo, indicó que iría presencialmente a la marcha para supervisar.
Dijo que el tribunal “observará presencialmente con suma atención todo lo que allí suceda a efectos de incorporar de oficio toda prueba relativa a cualquier conducta, hecho y/o acto que resulte procedente para resolver” el plateo de inconstitucionalidad del protocolo de Patricia Bullrich realizado por la Asociación Civil Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).