Un conductor ebrio se enfrenta a dos años de cárcel por el atropello mortal de un peatón en Puente Genil
El Juzgado de lo Penal 4 de Córdoba sentará en el banquillo a un conductor acusado de un delito de homicidio por imprudencia grave por el atropello mortal a un peatón cuando conducía ebrio y a una velocidad que superaba los 120 kilómetros hora cuando la vía estaba limitada a 60 kilómetros hora en una carretera de Puente Genil. La Fiscalía solicita para el acusado, en su escrito de calificación provisional, al que ha tenido acceso ABC, una pena de dos años de prisión así como la prohibición de conducir por un tiempo de tres años. El relato de hechos del Ministerio Público recoge que el acusado iba conduciendo el vehículo tras haber ingerido bebidas alcohólicas que mermaban su capacidad para la conducción y a una velocidad de entre 70 km/h superior a la establecida en la vía de 60 km/h. Como consecuencia de la previa ingesta alcohólica y de la velocidad excesiva el acusado, según el fiscal, no observó la presencia de una persona quien cruzaba la calzada desde el margen izquierdo al derecho, según el sentido de circulación del vehículo. Este peatón, según el relato del fiscal, «cruzaba la carretera por zona no habilitada para ello y sin portar vestimenta reflectante por lo que el acusado no se apercibió de su presencia y atropellando le teniendo su capacidad para la conducción reducida y sus reflejos mermados por las circunstancias indicadas«. Los agentes del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil le practicaron al acusado la prueba de alcoholemia 90 minutos después del accidente dando resultado positivo de 0,48 y 0,46 mg/l respectivamente por lo que según su atestado, una vez efectuado análisis de tasa de alcohol de carácter retrospectivo el acusado circulaba en el momento del accidente con tasa de alcohol de 0,57 y 0,51 mg/l, según el Ministerio Público.
El Juzgado de lo Penal 4 de Córdoba sentará en el banquillo a un conductor acusado de un delito de homicidio por imprudencia grave por el atropello mortal a un peatón cuando conducía ebrio y a una velocidad que superaba los 120 kilómetros hora cuando la vía estaba limitada a 60 kilómetros hora en una carretera de Puente Genil. La Fiscalía solicita para el acusado, en su escrito de calificación provisional, al que ha tenido acceso ABC, una pena de dos años de prisión así como la prohibición de conducir por un tiempo de tres años. El relato de hechos del Ministerio Público recoge que el acusado iba conduciendo el vehículo tras haber ingerido bebidas alcohólicas que mermaban su capacidad para la conducción y a una velocidad de entre 70 km/h superior a la establecida en la vía de 60 km/h. Como consecuencia de la previa ingesta alcohólica y de la velocidad excesiva el acusado, según el fiscal, no observó la presencia de una persona quien cruzaba la calzada desde el margen izquierdo al derecho, según el sentido de circulación del vehículo. Este peatón, según el relato del fiscal, «cruzaba la carretera por zona no habilitada para ello y sin portar vestimenta reflectante por lo que el acusado no se apercibió de su presencia y atropellando le teniendo su capacidad para la conducción reducida y sus reflejos mermados por las circunstancias indicadas«. Los agentes del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil le practicaron al acusado la prueba de alcoholemia 90 minutos después del accidente dando resultado positivo de 0,48 y 0,46 mg/l respectivamente por lo que según su atestado, una vez efectuado análisis de tasa de alcohol de carácter retrospectivo el acusado circulaba en el momento del accidente con tasa de alcohol de 0,57 y 0,51 mg/l, según el Ministerio Público.
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