Saquemos la lección aprendida, evolucionemos

Hemos vivido un debate acalorado en estos días, que viene a ser el colofón de una serie de acontecimientos (Errejón, Monedero, Rubiales...), y que no ayuda a quienes defendemos la necesidad de proteger a las víctimas de agresiones sexuales. Porque la mayoría de éstas se producen en lugares privados, donde el factor de la prueba se ubica en un plano muy difícil para la víctima.

Abr 6, 2025 - 07:42
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Saquemos la lección aprendida, evolucionemos

Hemos vivido un debate acalorado en estos días, que viene a ser el colofón de una serie de acontecimientos (Errejón, Monedero, Rubiales...), y que no ayuda a quienes defendemos la necesidad de proteger a las víctimas de agresiones sexuales. Porque la mayoría de éstas se producen en lugares privados, donde el factor de la prueba se ubica en un plano muy difícil para la víctima.

Situar en el centro del debate el consentimiento en el procedimiento judicial fue un logro colectivo y justo. Durante demasiado tiempo, el ámbito de la alcoba fue el escenario perfecto para violentar a las mujeres víctimas, sin temor a ser encausados y mucho menos condenados.

Cuando creíamos avanzar, y las víctimas conseguían superar el miedo y denunciar, enfrentándose a una realidad donde seguramente serían señaladas con los prejuicios machistas habituales, hemos recibido un nuevo jarro de agua fría.

Aquellas que se arman de valor y denuncian, en muchos casos son sometidas a escarnio público en nuestra sociedad. Lamentablemente, hemos escuchado acusaciones tales como que ella se había insinuado, que quien entra sola en un espacio con el presunto agresor sabe a lo que se expone o, peor aún, que quizás denuncie por dinero buscando sacar provecho.

En este caso concreto, la víctima se acogió al protocolo que recoge la ley, siguió los pasos que hemos marcado y fue valiente.

Ella hizo todo lo que hemos exigido a las víctimas de violencia sexual, pero en este supuesto, la "falta de fiabilidad en el testimonio", así como "las insuficiencias probatorias", son de ella, y no de Alves, que cambió hasta cinco veces su versión. Permítanme este párrafo como pataleta.

Me quedo con que el tribunal señala que el no dar por acreditada la hipótesis acusatoria no supone afirmar "que la hipótesis verdadera sea la que mantiene la defensa del acusado". Al igual que subraya que la actitud previa de la víctima no afecta a la "existencia de un consentimiento o falta de consentimiento ulterior".

Y sí, también para mí las premisas son incuestionables: el derecho penal debe ser garantista. La presunción de inocencia debe ser protegida, como principio jurídico que es, y nadie puede ser condenado sin pruebas. Incluso cuando esto suponga que podamos tener culpables sin condena. No puedo estar más de acuerdo.

Pero, al igual que las sentencias condenatorias, como dice el Tribunal, exigen un "canon reforzado de motivación"; los delitos sexuales deben ser examinados desde la perspectiva propia de que éstos se comenten en la estricta intimidad.

Por ello, debemos abordar estos procesos y la valoración de pruebas atendiendo a la especificidad de los hechos delictivos, porque de lo contrario la impunidad seguirá existiendo.

Las mujeres tienen que tener confianza en los mecanismos y procesos judiciales, sea cual sea su naturaleza. Para ello es indispensable que éstos tengan incorporada la perspectiva de género. También en los delitos sexuales.

Nuestra sociedad no puede dejarlas solas, no podemos exigirles que sean valientes y luego no tener un sistema que las acoja. Saquemos la lección aprendida, evolucionemos.