¿Qué es mejor, solicitar la prestación por hijo a cargo o una pensión no contributiva por discapacidad?

El abogado Pedro López nos ayuda a elegir la mejor opción en función de las circunstancias de cada familia.

Mar 28, 2025 - 09:09
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¿Qué es mejor, solicitar la prestación por hijo a cargo o una pensión no contributiva por discapacidad?

Cuando una persona con discapacidad llega a la mayoría de edad, tiene un grado de al menos un 65% y no está trabajando, su familia o ella misma puede acceder a algunas ayudas.

Principalmente hay dos: la prestación por hijo a cargo con discapacidad y una pensión no contributiva por discapacidad. Ambas son incompatibles, es decir, que no puede solicitarse las dos y, de cumplir los requisitos para pedir las dos, habría que elegir.

El abogado Pedro López de Cerro, en Tododiscapacidad, arroja un poco de luz sobre por cuál decidirnos en cada caso, “la primera pregunta que deberíamos hacernos es ‘¿puede esta persona trabajar?’. Porque si intuimos que no va a poder trabajar a lo largo de su vida, yo me inclinaría por la pensión no contributiva. Sin embargo, si creemos que esta persona probablemente pueda trabajar, me inclinaría por la prestación por hijo a cargo”, recomienda.

Sin embargo, además de la cuestión laboral, Pedro López advierte de que tienen que tenerse en cuenta otros factores, sobre todo los relacionados con las rentas familiares, ya que la prestación por hijo a cargo no tiene en cuenta los ingresos familiares y la pensión no contributiva sí, “habría que determinar, antes de tomar la decisión, si con las rentas que tiene la familia podría cobrar la pensión no contributiva, pues las pensiones no contributivas están sujetas, al cómputo de ingresos de la unidad familiar”.

Además, hay que estar muy atento, pues en el momento en que subieran los ingresos familiares, habría que comprobar si todavía se tiene derecho a cobrar esa pensión y, en caso de que no, avisar a la Seguridad Social. De lo contrario, se podría considerar que estamos cobrando una pensión indebidamente y exigir una devolución, con todo lo que implica.

La prestación por hijo a cargo con discapacidad, en cambio, no tiene en cuenta la renta de la unidad familiar, por lo que, de cumplir los requisitos se cobraría siempre, independientemente de si los ingresos familiares suben o bajan.

Aun así, López recomienda que, antes de decidirse por una u otra, se estudie bien cada caso, “tenemos que ver en qué situación nos encontramos, qué familia somos en cuanto a poder adquisitivo y si nuestro hijo o nuestra hija tiene posibilidades de trabajo. A partir de ahí yo tomaría una decisión, pues no es mejor ni una ni otra, sino que depende de cada situación familiar y personal”, insiste.

Si tienes alguna duda sobre discapacidad y pensiones, ni dudes en mandarlas a Tododiscapacidad, el perfil que Pedro López dedica a habla de temas sobre discapacidad.