Prestación por Desempleo ANSES: con aumento confirmado, ¿cuánto cobro en marzo?
Este beneficio del organismo previsional volverá a escalar en el tercer mes de 2025. Los detalles.

La Prestación por Desempleo es un beneficio que otorga la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para aquellas personas que hayan sido despedidas sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas al trabajador/a.
Siendo que el programa está ajustado al salario mínimo y este monto volverá a escalar en marzo, los valores de la ayuda económica se modificarán para el tercer mes de 2025.
Al igual que la mayoría de las que distribuye el organismo previsional, esta prestación se abona de forma mensual de acuerdo al número de DNI del beneficiario.
Prestación por Desempleo: ¿cuánto se cobra en marzo?
El Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) determina los montos que se acreditarán para la Prestación por Desempleo. Según la última actualización de este indicador en marzo, así quedarán los nuevos montos:
- Monto mínimo: la prestación mensual nunca será inferior al 50% del salario mínimo vigente, que será de $148,416.
- Monto máximo: no puede superar el 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, que llegará a $ 296.832.
Cabe recordar que el pago de esta ayuda oficial equivale al 75% del mejor salario en los seis meses previos a que la persona sea despedida, conforme los topes establecidos. Los pagos se realizan directamente en las cuentas de los beneficiarios. Prestación por Desempleo ANSES: con aumento confirmado, ¿cuánto cobro en marzo?
Prestación por desempleo ANSES: los requisitos para cobrar el extra
Para acceder al pago, el único requisito es realizar el trámite dentro de los 90 días hábiles posteriores a la desvinculación laboral:
- Trabajadores permanentes: deberán tener al menos seis meses de trabajo con aportes en los últimos tres años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos tres años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

Quienes quieran acceder deben solicitar la prestación dentro de los 90 días posteriores al despido.
Cómo anotarme en ANSES para recibir las Prestación por desempleo
La gestión se realiza de forma presencial en los puntos de atención ANSES o de forma virtual mediante el sitio oficial del organismo. Si se hace a distancia, es necesario contar con la Clave de la Seguridad Social y utilizar el servicio Atención Virtual.
Necesitarás contar con:
- DNI (original y copia).
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
- En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
El plazo máximo de cobro es de 12 meses. Sin embargo, las personas de 45 años o más reciben un adicional de seis cuotas con el objetivo de fomentar la reinserción laboral.
¿Cuándo se cobra la Prestación por Desempleo?
El calendario de pagos para la Prestación Por Desempleo en febrero de 2025 es el siguiente:
- DNI terminados en 0 y 1: 20 de febrero
- DNI terminados en 2 y 3: 21 de febrero
- DNI terminados en 4 y 5: 24 de febrero
- DNI terminados en 6 y 7: 25 de febrero
- DNI terminados en 8 y 9: 26 de febrero